منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news La Audiencia Nacional condena a penas de hasta 4 a?os y 9 meses a la trama que adulte
الريــم Senior Member

La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 3 a?os y medio de c?rcel y 4 a?os y 9 meses a tres encausados que en 2017 y 2018 vendieron como aceite de oliva virgen extra una mezcla adulterada compuesta en un 70 por ciento por aceite de girasol y en un 30 por ciento por aceite de oliva.

En una sentencia de conformidad, los magistrados de la Secci?n Cuarta de la Sala de lo Penal condenan a los tres acusados por delitos de falsedad en documento mercantil cometido por particular, contra la propiedad intelectual y continuado de estafa. Adem?s, deber?n indemnizar a los perjudicados con las cantidades que les defraudaron.

Seg?n explican los hechos probados de la sentencia, en ejecuci?n del plan que previamente hab?an ideado, obrando con ?nimo de enriquecimiento injusto, los acusados vendieron a diversos intermediarios --con el fin de hacerlas llegar a los consumidores finales-- garrafas de cinco litros de aceite etiquetadas como aceite de oliva virgen extra, pero que en realidad conten?an una mezcla de aceite de girasol y de aceite de oliva en una proporci?n aproximada de 70% y 30%.

Para lograr obtener el mayor beneficio posible vend?an dichas garrafas a un precio inferior al del mercado y al que ellos mismos pagaban al adquirirlas, de modo que se lucraban con la diferencia de precio por litro entre la mezcla de aceite que hac?an pasar por aceite virgen extra de oliva y el verdadero coste de este tipo de aceite.

La marca inventada "Bellum olei"

Durante el a?o 2017 y atendiendo al plan criminal que previamente hab?an ideado, la sentencia relata que los acusados pusieron en el mercado garrafas de cinco litros de aceite marca 'Bellum Olei', una marca que inventaron ellos mismos y que nunca tuvo existencia real, haciendo constar en la etiqueta que era aceite de oliva virgen extra, con indicaci?n geogr?fica protegida 'aceite de Jaén'.

En realidad, indica el Tribunal, se trataba de una mezcla de aceites y, para inducir a error sobre su autenticidad, en la etiqueta se afirmaba que el aceite lo produc?a una cooperativa de ?beda, Jaén, con n?mero de registro sanitario, email y c?digo de barras, datos que eran falsos.

De igual modo, contin?a la sentencia, entre 2017 y 2018 los acusados pusieron en el mercado garrafas de cinco litros de aceite haciendo constar en ellas que se trataba de aceite de la marca Carrasque?o', aceite de oliva virgen extra que producido por la Sociedad Cooperativa Andaluza 'Virgen del Perpetuo Socorro', de Alcaudete (Jaén), "lo que no era cierto, puesto que, de nuevo, el aceite que vend?an era una mezcla adulterada".



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