منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news El Supremo rechaza en la Comunidad Valenciana el recurso de los médicos para ser inde
الريــم Senior Member

La Generalitat de la Comunidad Valenciana no tendr? que indemnizar al colectivo médico por la falta de material durante la primera ola de la pandemia de la Covid-19. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casaci?n de la Confederaci?n Estatal de Sindicatos Médicos de la Comunidad Valenciana contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia auton?mico en el que exim?a a la Consejer?a de Sanidad de pagar indemnizaci?n alguna por da?os y perjuicios ante la falta de material sanitario.

El rechazo del Supremo al recurso presentado por los sindicatos médicos reafirma las tres sentencias del 25 de octubre del la*Sala de lo Social del TSJ de 2022 en las que exim?a a la Generalitat de indemnizar por da?os morales*ante esta falta de equipos de protecci?n porque se entend?a que la Conselleria de Sanidad*adopt? una serie de medidas para minimizar los riesgos. Esta resoluci?n de octubre lleg? tras un recurso del departamento que entonces dirig?a*Ana Barcel?*que anulaba*las sentencias de unos meses antes en las que se condenaba a la Administraci?n p?blica al pago de indemnizaciones de hasta 4.500 euros por facultativo.

Seg?n el auto al que ha tenido acceso el diario*Levante-EMV,*de Prensa Ibérica, el recurso presentado por el sindicato reclamaba la "unificaci?n de doctrinca" al haber sentencias en otros territorios donde s? que se ha obligado a la indemnizaci?n del colectivo médico como, por ejemplo, Castilla y Le?n. Sin embargo, el Alto Tribunal considera que no existe "contradicci?n" porque la "pretensi?n debatidas en ambas sentencias difieren".

As?, indica que en el caso valenciano se pide que se condene a la Generalitat al pago de unas indemnizaciones "como consecuencia de la inactividad administrativa" al no haber fijado medidas para la protecci?n del personal sanitario; mientras que en mientras que,en el caso de Castilla y Le?n reclama que se declare "el incumplimiento por parte de la Administraci?n demandada de las medidas adecuadas de previsi?n de riesgo de su personal sanitario". No es que no hicieran nada, sino que fallaron en su derecho de tener previsi?n.

Caso c?ntabro

También citan desde la Confederaci?n de Sindicatos Médicos en su recurso para tratar de revocar las sentencias que eximen del pago de indemnizaciones por parte de la Generalitat un caso del Instituto C?ntabro de Servicios Sociales en el Centro de Atenci?n a la Dependencia de Sierrallana en la que una trabajadora exige un montante de indemnizaci?n mayor al se?alado por una primera sentencia y se le concede. Sin embargo, el Supremo se?ala que en el caso de la Consejer?a de Sanidad "dicha circunstancia (la cuant?a de indemnizaci?n) no se cuestiona en la sentencia recurrida" ya que no se entra a valorar el fondo de las cuant?as sino si debe o no haber indemnizaci?n.

Por todo ello, el Tribunal Supremo desestima el recurso justificando: "Las alegaciones de la parte recurrente no desvirt?an en modo alguno las consideraciones que se hacen en los razonamientos previos de esta resoluci?n, por lo que, de conformidad con el informe del Ministerio fiscal, procede inadmitir el presente recurso de casaci?n para la unificaci?n de doctrina, sin imposici?n de costas". Contra este auto ya no cabe recurso alguno por lo que deja finalmente sin pago de indemnizaci?n a los médicos.



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