منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news El Supremo absuelve por quebrantar un alejamiento al apreciar "error": incluso arregl
الريــم Senior Member

El caso com?n de un quebrantamiento de la medida de alejamiento impuesta a un vecino de Valencia respecto de su expareja ha servido al Tribunal Supremo para fijar posici?n sobre lo que debe considerarse un error vencible, cuya existencia se debe a una precipitaci?n o falta de diligencia del sujeto. Este tipo de conductas deben condenarse siempre con pena en grado inferior, pero que en este caso se salda con una absoluci?n, al no ser consciente el sujeto del alcance de la prohibici?n que le imped?a acercarse a menos de 300 metros de su expareja o su domicilio.

En este caso concreto, el hombre se asegur? de que la mujer no se encontraba en las inmediaciones, llamando a la vivienda y preguntando a su suegra antes de acudir a la casa a por algunas de sus pertenencias. Durante el rato en el que permaneci? en el domicilio, ésta aprovech? incluso para pedirle que arreglara la persiana.

La resoluci?n, a la que ha tenido acceso EL PERI?DICO DE ESPA?A, del grupo Prensa Ibérica, tiene fecha del pasado 24 de mayo y su ponente ha sido el magistrado de la Sala de lo Penal Leopoldo Puente. Anula una condena de cuatro meses y 15 d?as de c?rcel impuesta por un juzgado de lo Penal de Valencia que fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial en abril de 2021.

Sobre el recurrente pesaba la prohibici?n de aproximarse a menos de 300 metros de su expareja, de su domicilio o cualquier lugar en el que pudiera encontrarse, as? como comunicarse con ella por cualquier medio. En marzo de 2018 el hombre llam? a la vivienda, donde habl? con su suegra para preguntar si la mujer se encontraba fuera para poder acercarse y recoger alguna de sus cosas. Part?a de la creencia, "equivocada, pero subsanable", seg?n el alto tribunal, de que la prohibici?n de aproximaci?n solamente se refer?a a la mujer o la vivienda, "pero solo cuando ella estuviera en el interior".

Tipos de error

En el plano técnico, el Supremo reconoce que no existe consenso doctrinal estable y asentado sobre los tipos de 'error', lo que dificulta su aplicaci?n pr?ctica, "para diferenciar con precisi?n quir?rgica entre uno y otro concepto." En este caso, concluyen que se trata de un tipo de error 'vencible' que permite absolver al condenado.

As?, tiene en cuenta que el hombre "telefone? primero a la madre de D. (nombre de la pareja) para cerciorarse de que ella no estar?a, acudiendo después a la vivienda, en la que, al parecer, incluso se entretuvo en reparar una persiana a requerimiento de la madre de D."

Para Supremo, lo que el acusado percibi? err?neamente fue "el alcance concreto de dicha prohibici?n". Es decir, no ignoraba lo sancionable de no observar la prohibici?n, sino que la conducta por él protagonizada se opusiera a lo concretamente ordenado, por lo que considera que su recurso debe ser estimado y le absuelve.



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