Las personas que padezcan una menstruaci?n incapacitante pueden solicitar la baja desde este mismo jueves, fecha en la que entra en vigor los nuevos permisos temporales incluidos en la reforma de la ley del aborto aprobada el pasado febrero.
Para hacerlo, los pacientes deber?n contar con un diagn?stico médico de dismenorrea secundaria, es decir, una menstruaci?n dolorosa asociada a patolog?as como endometriosis, miomas, adenomiosis u otras dolencias como inflamaci?n pélvica, ?lipos endometriales, ovarios poliqu?sticos o dificultad en la salida de sangre menstrual.
A la baja por menstruaci?n incapacitante se suma el permiso por interrupci?n voluntaria o involuntaria del embarazo, y el concedido a partir de la semana 39 de gestaci?n, que no se descontar? de las 16 semanas de baja que corresponden por el nacimiento de un hijo.
En los tres tipos de permiso el subsidio se percibir? desde el primer d?a de la baja, a diferencia de otros tipos de incapacidades temporales, donde la retribuci?n empieza a partir del cuarto d?a.
Lo que no cambia son el porcentaje del sueldo percibido, que seguir? siendo inferior al 100%, y los requisitos de cotizaci?n para poder acceder a estas incapacidades, dado que es necesario haber trabajado 180 d?as en los 5 a?os previos a la baja.
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