منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news La fiscal?a recurre al Supremo para que una mujer sea indemnizada por el Estado por v
الريــم Senior Member

La Fiscal?a de la Audiencia Nacional quiere que el Tribunal Supremo se pronuncie por primera vez sobre la violencia obstétrica y, de paso, sobre las recomendaciones del Comité de Naciones Unidas para la Eliminaci?n de Discriminaci?n Sobre la Mujer a través de la demanda de una mujer que pide una indemnizaci?n al Estado por la violencia que dice que sufri? durante su parto en Galicia en 2009. La demanda fue rechazada por la Audiencia y ahora la Fiscal?a ha impugnado esa decisi?n ante el Supremo.

En su recurso de casaci?n ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra la sentencia del pasado 12 de abril de la Audiencia Nacional, el fiscal Manuel Campoy argumenta que se han vulnerado los derechos fundamentales a la igualdad e integridad f?sica y moral de una mujer, con motivo de los padecimientos de salud sufridos desde 2009 a ra?z de un parto tras una gestaci?n normal, de los que culpa a la sucesi?n de intervenciones y actuaciones sanitarias.

La mujer pide una indemnizaci?n porque alega que fue sometida a "10 tactos vaginales, que generaron una infecci?n neonatal". Adem?s, "se le suministr? oxitocina sintética intravenosa para inducir el parto, se le forz? a permanecer en posici?n de litotom?a sin posibilidad de moverse y finalmente se le practic? una episiotom?a con extracci?n de su hija mediante ventosa".

Discriminaci?n

Seg?n el recurso preparado por Campoy, en su caso, al ser rechazada su demanda, también se habr?a infringido la normativa estatal e internacional sobre cumplimiento de los dict?menes del Comité de Naciones Unidas para la Eliminaci?n de Discriminaci?n Sobre la Mujer. Considera que la Sala de lo Contencioso del alto tribunal debe pronunciarse al respecto; la de la Audiencia Nacional rechaz? la demanda alegando que el organismo internacional carece de jurisdicci?n en Espa?a.

La demandante, tras haber reclamado en la v?a administrativa y judicial estatal con resultado desestimatorio, comunic? los hechos al Comité de Naciones Unidas para la Eliminaci?n de Discriminaci?n Sobre la Mujer, denunciando la existencia de violencia obstétrica. El organismo declar? la vulneraci?n de los derechos reconocidos en la Convenci?n sobre la eliminaci?n de todas las formas de discriminaci?n contra la mujer, hecha en Nueva York el 18 de diciembre de 1979.

La mujer, que reclama una indemnizaci?n de 145.000 euros, basaba su reclamaci?n al Estado también en que tras el parto "su hija recién nacida fue llevada a la Unidad Neonatal, donde estuvo ingresada durante siete d?as, sin explicaci?n alguna sobre su estado de salud, priv?ndole de su deseo de amamantarla y solo permitiendo acompa?amiento materno entre 10-15 minutos cada tres horas.

Adem?s, la episiotom?a que le fue practicada "le ocasion? una hipotimia del suelo pélvico y vaginismo con 'episiorrafia dolorosa con retracci?n', que requiri? tratamiento de fisioterapia especializada en rehabilitaci?n del suelo pélvico e imposibilit? las relaciones sexuales coitales durante dos a?os", lo que en el plano psicol?gico le gener? "un s?ndrome de estrés postraum?tico postparto, causante de ansiedad, insomnio y recuerdos reiterativos de escenas vividas durante el parto".

En la Audiencia Nacional la fiscal?a ya hab?a informado a favor de la demanda al compartir el car?cter vinculante del dictamen del Comité de Naciones Unidas para la Eliminaci?n de la Discriminaci?n sobre la Mujer de 28 de febrero de 2020, y que era conforme a la propia doctrina del Supremo la pretensi?n de la mujer y ejecutar la acci?n de responsabilidad patrimonial a través del procedimiento especial para la protecci?n de los derechos fundamentales de la persona, as? como acordar las medidas para repararlo.

El recurso argumenta la importancia de que el Supremo determine "si ante la inexistencia de un cauce espec?fico y aut?nomo, para hacer efectivas en el ordenamiento espa?ol las recomendaciones de un dictamen del Comité de Naciones Unidas para la Eliminaci?n de Discriminaci?n Sobre la Mujer, por vulneraci?n por parte del Estado espa?ol, de derechos fundamentales reconocidos en la Convenci?n sobre la eliminaci?n de todas las formas de discriminaci?n contra la mujer, puede considerarse el procedimiento para la protecci?n de los derechos fundamentales de la persona" el adecuado y eficaz para obtener la reparaci?n recomendada". Se podr?a admitir ese dictamen "como presupuesto habilitante para formular una reclamaci?n de responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento anormal de la Administraci?n de Justicia", incluye la impugnaci?n.



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