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منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news Revés del Supremo a la Agencia Tributaria al aplicar la doctrina europea en la declar
الريــم Senior Member

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre las sanciones tributarias impuestas por Haciendapor el incumplimiento de la obligaci?n de formalizar la declaraci?n informativa de bienes y derechos situados en el extranjero, a través del conocido como modelo 720, conforme a lo establecido por el Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea, en una sentencia que fue r?pidamente esgrimida por los, seg?n el criterio seguido hasta ahora por la Agencia Tributaria, grandes defraudadores, como los Pujol, que entendieron que supon?a la anulaci?n de las sanciones a las que tuvieron que hacer frente.

En dos sentencias, una del pasado d?a 4 y otra de dos d?as después, ambos procedentes del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, el Supremo marca el criterio que seguir? en otra media docena de recursos que a?n tiene pendiente de resoluci?n y todos los tribunales espa?oles, y anula las multas impuestas por la Agencia Tributaria a dos particulares sancionados por incumplir en plazo la obligaci?n de informar en el modelo 720, sobre t?tulos, activos, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.

En los dos casos resueltos hasta ahora por el alto tribunal se trataba de bienes y derechos situados en Suiza. Anula las multas impuestas por Hacienda en aplicaci?n de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea de 27 de enero de 2022, que declar? que la Ley General Tributaria espa?ola vulnera las obligaciones que incumben a Espa?a y lesionan la libre circulaci?n de capitales, porque consider? que las sanciones que prevé resultan desproporcionadas respecto a las previstas en un contexto puramente nacional.

Car?cter vinculante

Las dos sentencias explican que el car?cter vinculante del Derecho de la Uni?n Europea obliga a los jueces y tribunales espa?oles a no aplicar la normativa nacional sancionadora en cuesti?n. Y como el derecho a que no se aplique la norma sancionadora de derecho espa?ol contraria al Derecho de la Uni?n Europea, y a que se anulen las sanciones impuestas por esa legislaci?n espa?ola, deriva de las disposiciones mismas del Derecho comunitario, y no de la sentencia del TJUE que lo declar?, la anulaci?n de las sanciones tiene efectos retroactivos.

Eso conlleva que las sanciones anteriores al pronunciamiento de la justicia europea también sean anuladas. La doctrina del alto tribunal afecta a los contribuyentes que, con posterioridad a la amnist?a fiscal del exministro Crist?bal Montoro, regularizaron su situaci?n mediante la integraci?n del valor de los activos que ten?an en el extranjero como ganancia patrimonial en el ?ltimo ejercicio no prescrito, normalmente en su IRPF.

Tras conocerse la resoluci?n europea el pasado mes de enero, la propia ministra de Hacienda, Mar?a Jes?s Montero, anunci? que se corregir?a el modelo y cifr? en un m?ximo de 230 millones de euros la cantidad que, seg?n sus c?lculos estar?a obligada a devolver Hacienda a los contribuyentes que presentan este modelo anualmente.



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