Muchos espa?oles buscan una alternativa para anticipar su jubilaci?n cuando se acercan a la edad ordinaria. La Seguridad Social establece que s? es posible acceder a la jubilaci?n anticipada sin sufrir una reducci?n de su importe, aunque solo est? disponible para profesiones espec?ficas.
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No obstante, los trabajadores que acrediten un m?nimo de tiempo cotizado pueden adelantar su jubilaci?n de forma anticipada, dos antes de la edad u ordinaria o de forma forzosa, cuatro a?os antes.
Desde la p?gina web de la Seguridad Social, apuntan cu?les son las profesiones que pueden acceder al retiro anticipado en la jubilaci?n desde los 52 a?os sin pérdida de dinero:
- Trabajadores incluidos en el Estatuto de la Miner?a.
- Personal de vuelo (pilotos, no tripulantes).
- Artistas y profesionales taurinos.
- Trabajadores ferroviarios.
- Polic?as locales.
- Cuerpo de bomberos.
- Artistas.
- Miembros de la Erzaintza.
El organismo p?blico también contempla ciertos profesionales que puedan
retirarse de forma anticipada a partir de los 56 a?os, si demuestran un grado de discapacidad que les perjudica el desarrollo profesional.
Los trabajadores que ejerzan su profesi?n como asalariados y aut?nomos, y sufran un grado de discapacidad igual o superior al 45%:
- Par?lisis Cerebral.
- Discapacidad Intelectual.
- Osteogénesis imperfecta.
- S?ndromes de Down, Prader, Willi X fr?gil.
- Acondroplasia imperfecta.
- Acondroplasia.
- Enfermedad de Wilson.
- Fibrosis Qu?sitca.
- Talidomida.
- Trastornos del espectro autista.
- Secuelas de polio o s?ndrome postpolio.
- Traumatismo craneoencef?lico, secuelas de tumores del SNC.
- Infecciones o intoxicaciones.
- Esquizofrenia.
- Trastorno Bipolar.
- Esclerosis: Lateral amiotr?fica, m?ltiple.
- Leucodistrofias.
- S?ndrome de Tourette.
- Lesi?n medular traum?tica.
En este contexto, el Ministerio bajo las ?rdenes de
Elma Saiz, busca penalizar a los que quieran acogerse a la modalidad a
nticipada, y premiar a quienes prefieren la demorada.
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