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منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news Multa de 30.000 euros a Yelmo Cines por impedir a los usuarios acceder a sus salas co
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El Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide, ha impuesto aYelmo Cines una sanci?n de 30.001 euros por impedir a los usuarios el acceso a sus instalaciones con alimentos adquiridos en el exterior.

Este organismo inici? en enero una investigaci?n tras las reclamaciones planteadas por ocho particulares y las dos denuncias interpuestas por sendas asociaciones de consumidores: Asociaci?n de Personas y Consumidoras y Usuarias Vasca (EKA/ACUV) y Facua-Consumidores en Acci?n.

La sanci?n impuesta no es a?n firme, ya que Yelmo Cines ha presentado un recurso de alzada, con lo que a?n no ha concluido el proceso administrativo, han explicado a EFE desde Kontsumobide.

En la demanda interpuesta por EKA/ACUV se denunciaba que en los cines Megapark y Artea de Bizkaia y Boulevard de Vitoria estaba prohibido desde principios de este a?o introducir alimentos y bebidas adquiridas fuera de estos establecimientos.

La organizaci?n entend?a que se trataba de una "pr?ctica abusiva" y solicitaba la imposici?n de una sanci?n de hasta 150.000 euros, por considerar que se trata de "infracci?n grave de consumo".

"La actividad principal que presta Yelmo Films es la de exhibici?n de pel?culas y no es legal prohibir los alimentos del exterior a no ser que tu actividad principal sea la de la hosteler?a o bien que se proh?ba de forma general", ha explicado este lunes en una nota EKA/ACUV.

En esta misma l?nea Facua argumentaba en su escrito que la actividad principal de un cine es la exhibici?n de pel?culas y no la restauraci?n, por lo que no resultaba v?lido que se acogieran a esta excusa para impedir la entrada con comida y bebida del exterior cuando, adem?s, dentro del propio recinto pueden adquirirse alimentos.

En la Comunidad de Madrid esta asociaci?n de consumidores ha llevado a los tribunales a Yelmo Cines por este mismo motivo.

En sus cines, la cadena tiene carteles con el texto "la compa??a no permite el acceso a estas instalaciones con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera de Yelmo, reserv?ndonos por tanto el derecho de admisi?n", una advertencia que también realiza en su p?gina web al vender las entradas, ha explicado Facua en una nota.

La empresa "pretende ampararse en el ejercicio de un supuesto derecho de admisi?n" que, a su juicio, es contrario a la legislaci?n. El servicio de ambig? no es la actividad esencial definitoria del cine, "por lo que no puede ejercer ese derecho de admisi?n como si se tratase de un restaurante".

Facua argumenta adem?s que la actividad de exhibici?n cinematogr?fica existe "con independencia de que la empresa ofrezca un servicio de ambig?, no requiriendo a este para la existencia de aquel".

Actualmente, este procedimiento se encuentra todav?a pendiente de la celebraci?n del juicio y su posterior resoluci?n.



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