Las personas que se quedan sin empleo sufren una complicada situaci?n posterior y el Servicio P?blico de Empleo Estatal es consciente de ello. En este sentido, el organismo ofrece una prestaci?n contributiva por desempleo, popularmente conocida como paro.
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Sin embargo, esta prestaci?n tiene fecha de caducidad y el SEPE ha confirmado quienes se quedar?n sin ella antes de final de a?o. El paro es unaayuda al desempleo por la que un empleado cotiza.
En caso de quedarse sin trabajo y ser despedido objetivamente por su empleador, puede obtener esta prestaci?n hasta un periodo m?ximo de dos a?os, seg?n el tiempo en activo. Para ello, debe haber cotizado un m?nimo de 360 d?as en el periodo de seis a?os.
Para que esta prestaci?n contributiva se extinga, se debe cumplir alguna de las nuevas situaciones que presenta el SEPE. Una de las primeras causas de extinci?n de la prestaci?n es la realizaci?n de un nuevo trabajo por m?s de 12 meses.
De la misma forma, si se agota el periodo de la prestaci?n o se caigan infracciones leves, graves y muy graves. También si "la realizaci?n de un trabajo por como aut?nomo igual o superior a 60 meses, o si cotiza en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar".
La pérdida de la prestaci?n también se produce, evidentemente, si la persona llega a la edad ordinaria de jubilaci?n. Por otro lado, en caso de trasladar la residencia al extranjero por un periodo continuado o superior a 12 meses, también se extinguir? la prestaci?n. En la misma l?nea que lo anterior, si se viaja al extranjero por un periodo superior de 90 d?as también se perder? el paro.
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