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منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news La ‘carta del miedo’: as? es la carta que Hacienda est? mandado a este grupo de espa?
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Aquellos contribuyentes que no han hecho la declaraci?n de la renta, pese a que les correspond?a realizarla, est?n en el ojo de Hacienda. No entregar el documento tributario significa recibir la llamada 'carta del miedo'.

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Aunque el per?odo para entregar la declaraci?n de la renta haya terminado, Hacienda tiene hasta cuatro a?os para enviar la famosa notificaci?n.

?Qué es la carta del miedo?

Si un individuo que est? obligado a hacer la declaraci?n de la renta no lo hace, este entrar? en el radar de Hacienda y le llegar? esta notificaci?n. La 'carta del miedo' puede conllevar recargos de entre el 50% y el 150% del total de la deuda.

Adem?s, si hay reiteraci?n por parte del contribuyente o si el Estado est? sufriendo un perjuicio econ?mico por la deuda generada, la Agencia Tributaria tiene derecho a reclamar un importe mayor.

?Se puede evitar la 'carta del miedo'?

La manera m?s efectiva de librarse de esta temida carta es la entrega en plazo de la declaraci?n de la renta. Aunque los expertos recomienden constantemente a los ciudadanos que no esperen hasta el ?ltimo d?a para entregar el documento, sigue habiendo casos en los que la declaraci?n no se entrega a tiempo. Sin embargo, todav?a quedan opciones para los rezagados.

Los contribuyentes pueden entregar la declaraci?n fuera de plazo para evitar tener una mayor deuda con Hacienda, ya que cada mes de retraso genera un punto porcentual de interés. Es decir, si la declaraci?n se presenta en julio la multa ser?a de un 1% extra, si es en agosto ser? del 2%, y as? de forma consecutiva.

Por ello, aunque no se haya entregado el documento tributario a tiempo, es preferible enviarlo tarde que esperar a que llegue la 'carta del miedo', ya que sus multas ser?an mucho mayores.

?Quién debe entregar la declaraci?n de la renta?

La norma del IRPF establece que los contribuyentes que obtengan unos rendimientos ?ntegros del trabajo menores a los 22.000 euros anuales no tiene obligaci?n de declarar. Excepto si proceden de m?s de un pagador, en cuyo caso el l?mite bajar?a hasta los 14.000 euros.

Sin embargo, los expertos aseguran que siempre es interesante presentar la declaraci?n, a menos que te salga a pagar y no estés obligado a realizarla.



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