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منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news Junta Electoral Central apercibe a Juanma Moreno
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La Junta Electoral Central ha apercibido al presidente de la Junta de Andaluc?a, Juanma Moreno, por unas manifestaciones realizadas en periodo electoral en las que ensalzaba la labor de su Gobierno y aunque no le abre expediente sancionador si le pide que "extreme su diligencia".

Esta recomendaci?n se produce para "evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes p?blicos est?n obligados a respetar durante el proceso electoral, en aplicaci?n del art. 50.2 de la LOREG", seg?n se?ala el acuerdo de la Junta Electoral Central, al que ha tenido acceso EFE.

El pronunciamiento de la Junta responde a una denuncia del PSOE contra Moreno y el consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Econom?a Azul y Portavoz del Gobierno, Ram?n Fern?ndez-Pacheco, por unas declaraciones realizadas, en per?odo electoral, durante la suelta de una tortuga boba en el paraje de Punta Candor en Rota (C?diz) y su difusi?n en la p?gina web y en las cuentas institucionales en redes sociales de la Junta de Andaluc?a.

En este acto, organizado coincidiendo con el "D?a Mundial de las Tortugas Marinas", después de agradecer la colaboraci?n que diferentes entidades mantienen con la Administraci?n Auton?mica en materia medioambiental, Moreno subray? "...la determinaci?n de una sociedad. Una determinaci?n que viene expresada en la voluntad de esa sociedad, a través de su Gobierno, del Gobierno de Andaluc?a, que tenemos un firme compromiso con la sostenibilidad medioambiental, con la defensa de nuestros valores naturales y, por supuesto, de la defensa de todas esas especies que tristemente est?n amenazadas como consecuencia especialmente del cambio clim?tico (...)".

Seg?n la Junta Electoral, estas afirmaciones "elogian la gesti?n de la Junta de Andaluc?a en materia de recuperaci?n de especies" y fueron "mayoritariamente le?das en el curso de un acto p?blico de naturaleza institucional, con lo que cabe inferir que no fueron el resultado de una intervenci?n espont?nea, o a resultas de preguntas formuladas por los periodistas, sino m?s bien que se trataba de unas manifestaciones pensadas y preparadas previamente".

Determina que estas manifestaciones conforman "un mensaje singularizado dentro del conjunto de la intervenci?n del Presidente de la Junta de Andaluc?a que se interna en el ?mbito propio de una campa?a electoral -que es precisamente lo que proh?be el art?culo 50.2 de la LOREG en los actos institucionales p?blicos- en la medida en que de la lectura de las manifestaciones referidas resulta l?gico inferir un mensaje encaminado a promover en sus destinatarios una valoraci?n favorable de la gesti?n del gobierno auton?mico en materia medioambiental, lo cual es caracter?stico de lo que habitualmente se viene conociendo como "campa?a de logros".

"La realizaci?n de apreciaciones valorativas con connotaci?n electoralista como las antes referidas podr?a resultar leg?tima en el curso de un acto de campa?a o en el ordinario ejercicio de la libertad de expresi?n, pero no en el desempe?o de la actividad institucional propia de una autoridad p?blica", se?ala el escrito.

Por ello concluye que estas manifestaciones "vulneraron la prohibici?n que dimana del art. 50.2 de la LOREG", por lo que, aunque no cree procedente "la incoaci?n de expediente sancionador al Presidente de la Junta de Andaluc?a", si le insta a que "extreme su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes p?blicos est?n obligados a respetar durante el proceso electoral, en aplicaci?n del art. 50.2 de la LOREG"

También indica que "no resulta procedente hacer extensiva una advertencia similar al Gobierno de Andaluc?a en su conjunto, como solicita la denunciante, pues no consta que se haya producido una vulneraci?n del art?culo 50.2 de la LOREG por dicho ?rgano".



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