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منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news La Audiencia Nacional rechaza conceder el tercer grado al cabecilla de la Gürtel, Fra
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La Audiencia Nacional ha rechazado conceder el tercer grado al cabecilla de la Gürtel, Francisco Correa, situaci?n que ya disfruta el n?mero 2 de la trama, Pablo Crespo, a quien se lo otorg? el mismo tribunal.

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, la Sala desestima el recurso de Correa contra la decisi?n del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, que no atendi? su petici?n de acceder al tercer grado.

El caso de Correa contrasta con el de Costa, a quien la Audiencia s? le concedi? el tercer grado, tras haber cumplido m?s de nueve a?os de prisi?n, tener buena conducta y haber satisfecho la responsabilidad civil.

Porque tanto uno como otro han colaborado con la justicia en el pago de la responsabilidad civil y han llegado a acuerdos con la Fiscal?a en las ?ltimas piezas del caso reconociendo as? los hechos.

La jueza de vigilancia penitenciaria rechaz? concederle el tercer grado por la especial gravedad de los hechos, la cuant?a de la condena, el tiempo de condena pendiente de cumplimiento, por tener procedimientos abiertos, por el escaso efecto intimidativo de la condena y el riesgo de reincidencia muy alto.

En su recurso, que apoy? la Fiscal?a, Correa aleg? que los delitos fueron cometidos hace m?s de 14 a?os y algunos hace 20 a?os, que ha cumplido m?s de la mitad de la pena, que mantiene "una actitud altamente positiva" en prisi?n y que ha sido "muy importante su evoluci?n procesal desde el primer juicio de la Gürtel hasta hoy" destacando su "plena y eficaz colaboraci?n con la Justicia".

Pero la Audiencia considera que aunque existen datos que "evidencian una buena evoluci?n en el tratamiento penitenciario", recuerda que la Junta de Tratamiento advirti? el 15 de septiembre de 2022 que "su pron?stico de reincidencia se consideraba muy alto" cuando aun le restaban m?s de ocho a?os de pena.

Al respecto, ve "acertada" la decisi?n de la Junta de mantener la clasificaci?n en segundo grado de tratamiento, "sin perjuicio de que, si la evoluci?n favorable se hubiera mantenido, en pr?ximas revisiones de la clasificaci?n pueda acordarse su progresi?n o la aplicaci?n de un régimen mixto" entre el segundo y tercer grado.



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