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الريــم Senior Member

Si cobras la pensi?n m?xima, este a?o tendr?s que pagar un total de 8.745 euros de IRPF, 1.360 euros m?s que en el a?o 2022, seg?n datos del Colegio de Economistas. Esta es solo una de las obligaciones que los jubilados y pensionistas que reciben esta cantidad de dinero deben conocer, pero hay m?s:

  • Percibir mensualmente la cuant?a de la pensi?n en la modalidad de pago elegida. La persona podr? recibir catorce pagas anuales correspondientes a cada mes del a?o y dos extraordinarias en junio y noviembre
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  • Recibir asistencia sanitaria, en la que se incluye el pensionista y sus beneficiarios, as? como atenci?n farmacéutica gratuita. Respecto a la atenci?n farmacéutica ambulatoria, el pensionista contribuir? con un porcentaje sobre el precio de venta al p?blico, siempre con unos topes.
  • En sus desplazamientos, los pensionistas tienen derecho a recibir asistencia sanitaria mediante la presentaci?n del DNI y tarjeta sanitaria en territorio nacional y con la tarjeta sanitaria europea en el Espacio Econ?mico Europeo y Suiza
  • Percibir prestaciones familiares, siempre que se re?nan los requisitos exigidos. En ellas est?n incluidas prestaciones por hijos menores de 18 a?os a cargo y que estén afectados por una minusval?a igual o superior al 65% (independientemente del nivel de ingresos) o por acoger menores de forma permanente o en estado de preadopci?n. En este ?ltimo caso s? depender? del nivel de ingresos del pensionista
  • Disfrutar de los servicios complementarios de la Seguridad Social. Algunos de ellos son los centros orientados a la atenci?n del pensionista, programas de vacaciones dirigidos a este colectivo o servicios de ayuda a domicilio
  • Solicitar cualquier informaci?n requerida en relaci?n a la condici?n de pensionista, as? como pedir ciertos certificados respecto a esta misma condici?n, como el documento sobre retenciones en IRPF o por importe de la pensi?n
?Y las obligaciones?

Dentro de la condici?n de pensionista se enmarcan las obligaciones que estas personas deben cumplir. Cualquier variaci?n que afecte a su situaci?n existente cuando se reconoci? la pensi?n, se debe comunicar en un plazo m?ximo de 30 d?as al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Estos son los casos:

Para todas las circunstancias:
  • Cambios de estado civil, nacimientos o defunciones
  • Cambios de domicilio
  • Inicio de actividades laborales
  • Reconocimiento y/o cobro de otras pensiones, ya sean nacionales o extranjeras
En caso de percibir complementos por m?nimos:
  • Incrementos del nivel de rentas (propios o del c?nyuge) que sean incompatibles con el cobro de estos complementos
  • Inicio de actividades laborales del c?nyuge
  • Reconocimiento y/o cobro de otras pensiones, nacionales o extranjeras, por parte del c?nyuge

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