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ÇáÑíÜÜã 09-13-2023 08:46 AM

El TC 'progresista' trata de quitarse el sambenito de ser correa del Gobierno tumband
 
"La independencia judicial deber?a ser la norma y no constituir noticia". Con estas palabras resumen desde el sector minoritario delTribunal Constitucionallas reacciones que ha suscitado en determinados ?mbitos pol?ticos y medi?ticos la tramitaci?n y resoluci?n del fallido recurso del PSOE para lograr el recuento del voto nulo en Madrid, con el que se intentaba ganar un diputado clave a los de N??ez Feij?o de cara a una eventual investidura de Pedro S?nchez. La decisi?n de rechazar el recurso de los socialistas se ha adoptado por el ?rgano de garant?as de forma un?nime, y algunos de sus miembros conf?an en que permita evidenciar que la mayor?a progresista que dej? la ?ltima renovaci?n no tiene por qué significar que exista un rodillo siempre favorable a los intereses del Gobierno.

Desde el sector mayoritario, que integran siete magistrados de sensibilidad progresista frente a cuatro conservadores -la falta de acuerdo pol?tico mantiene vacante una quinta plaza a cubrir a propuesta del PP- se coincide con este an?lisis, seg?n se?alan varios magistrados a EL PERI?DICO DE ESPA?A, del Grupo Prensa Ibérica.

Para un observador imparcial, se?alan desde este grupo, el discurrir de este recurso de amparo electoral "deber?a poner de manifiesto la autonom?a del Tribunal", pero la realidad es que esto no ha sido as?. Su mera admisi?n a tr?mite, adoptada por la Sala Segunda del ?rgano con los ?nicos votos favorables de sus cuatro magistrados progresistas -Inmaculada Montalb?n, Mar?a Luisa Balaguer, Ram?n S?ez y Laura D?ez- y la posici?n en contra de los conservadores César Tolosa y Enrique Arnaldo, fue interpretada como una nueva prueba de que del Constitucional presidido por C?ndido Conde-Pumpido no pod?a esperarse otra cosa que decisiones coincidentes con los intereses de S?nchez.

La intrahistoria de esta admisi?n a tr?mite, convenientemente filtrada desde dentro del tribunal, contribuy? a alimentar esta tesis. A través de determinados medios trascendi? que la que fuera asesora en Moncloa Laura D?ez, que fue designada ponente de este asunto, defendi? la admisi?n bas?ndose en un informe de un letrado de su confianza recientemente incorporado al tribunal, y tras hacer o?dos sordos al an?lisis de otro asesor contrario a acceder a la petici?n de los socialistas. La decisi?n motivo un voto discrepante firmado por Arnaldo.

Se carec?a de jurisprudencia

Desde los mismos ?mbitos se ha considerado que el hecho de que la decisi?n final haya frustrado la estrategia del PSOE, con una resoluci?n basada en una ponencia de la propia D?ez, ha sido una especie de rectificaci?n. Desde el sector mayoritario rechazan este an?lisis y distinguen la decisi?n adoptada este martes de la simple admisi?n a tr?mite del asunto. "Entrar en el fondo del asunto era obligado, el propio Tribunal Supremo, al rechazar el recurso del PSOE, afirmaba que no exist?a jurisprudencia constitucional al respecto", aducen.

Para abundar en la confusi?n, el PP present? un incidente de recusaci?n contra D?ez por sus vinculaciones con Moncloa, donde colabor? con el ministro Félix Bola?os, para tratar apartarla del caso. Esta pretensi?n fue rechazada de plano.

Al final, y seg?n las fuentes consultadas, la decisi?n de no permitir el recuento de votos "permite hacer la lectura positiva de que el Tribunal se debe a la primac?a de la Constituci?ny de los derechos fundamentales, como su ?ltimo intérprete", se?alan desde la parte progresista. Destacan que la sentencia ha permitido fijar como doctrina que para exigir un recuento se deben aportar indicios de irregularidades que no se dieron el 23-J, y ello afectar? a futuras contiendas electorales.

"Se ha demostrado, para quien lo quiera ver, que aqu? juzgamos en derecho", se?ala otra magistrada, que insiste en que solo existi? una ponencia y que por ello no puede hablarse de que la mayor?a se echara atr?s respecto de ninguna otra posici?n favorable al Ejecutivo. También ponen el acento en el hecho de que Arnaldo realizara un voto particular frente a la decisi?n de admitir a tr?mite, al no ser ello algo habitual, ya que si se va a entrar en el fondo de un tema el discrepante ya tendr? ocasi?n de se?alar lo que considere cuando el asunto se resuelva.

Para algunos magistrados, algunas informaciones publicadas en los ?ltimos d?as sobre la decisi?n que el Constitucional ten?a sobre la mesa buscaban "deslegitimar en lugar de participar en el debate p?blico".

Una mayor?a progresista significa "una visi?n m?s abierta y avanzada de la Constituci?n, m?s favorable a aceptar la constitucionalidad de leyes como la del aborto o la de la eutanasia, por ejemplo", reconoce a este diario otro de los magistrados de la mayor?a. Puntualiza que, en todo caso, resuelven "con independencia de criterio, aplicando estrictamente la Constituci?n, y sin tener en cuenta en absoluto la posici?n del Gobierno".

Para este sector, al fin y al cabo lo importante es que se ha fijado doctrina en el sentido de que "el hecho aislado de que el escrutinio arroje una diferencia ajustada entre las dos candidaturas en liza por el ?ltimo esca?o en una circunscripci?n no puede reputarse, sin m?s consideraciones, como un motivo v?lido para instar la revisi?n de los votos nulos". Lo contrario, seg?n se?ala la sentencia, "podr?a conducir a una reclamaci?n generalizada de recuento de sufragios".



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