الريــم
10-15-2022, 03:00 PM
Los hermanos Mart?nez -Bordiu preparan la mudanza del pazo de Meir?s (http://uc-4u.com/tags/pazo-de-meiras/), que quieren comenzar ya la pr?xima semana y para la que prevén dedicar entre 20 y 25 d?as y emplear un cami?n, un tr?iler y tres furgonetas. As? se lo hacen saber al Juzgado de Primera Instancia n?mero 1 de A Coru?a en respuesta a un requerimiento judicial anterior a la presentaci?n de la demanda del Estado para reclamar 564 bienes muebles que considera de su propiedad, a la que se han adherido el Concello de Sada y la Xunta.
En su escrito, fechado este jueves 13 de octubre, los herederos del dictador Francisco Franco piden que se se?ale la fecha de entrega "sin m?s tr?mite y a la mayor brevedad" y califican de improcedente la solicitud que present? la Abogac?a del Estado el pasado 29 de septiembre para que el juzgado coru?és impida la retirada de todos los bienes afectados por la demanda presentada ante un juzgado de Madrid: “Esta pretensi?n trata de impedir, por enésima vez, que mis ponderantes puedan recuperar los bienes de su propiedad que se encuentran en el interior del pazo” , argumentan los abogados de los Franco, que subrayan que sus representados llevan “privados varios a?os [de los mismos] en virtud de un dep?sito anulado por la Audiencia Provincial”.
El escrito recala en el juzgado una semana antes de que el Juzgado de Primera Instancia n?mero 70 de Madrid acoja la vista para dirimir la procedencia de las medidas cautelares solicitadas por el Estado para impedir que los Franco puedan retirar de Meir?s los 564 bienes que reclama en su nueva demanda hasta que haya un pronunciamiento al respecto.
La vista sobre las cautelares se celebrar? el viernes 21 de octubre y los Franco mueven ficha y argumentan que el propio juzgado de Madrid rechaz? la petici?n estatal de autorizar esta medida cautelar por la v?a de urgencia y sin escuchar a la otra parte: “Si el propio juzgado que ha de velar por la efectividad de la eventual sentencia estimatoria al respecto ha rechazado la urgencia esgrimida por la Abogac?a del Estado, resulta del todo improcedente que sea este juzgado el que, de oficio, obvie tal pronunciamiento y adopte cualquier tipo de decisi?n en el sentido interesado de adverso”.
El mismo d?a en que los Franco presentaron el escrito, este jueves 13 de octubre, el Juzgado de Primera Instancia n?mero 1 de A Coru?a dict? una providencia en la que da diez d?as al Estado para que le indique “de forma detallada y separada” qué bienes del inventario realizado el 11 de noviembre del 2020 son objeto de la demanda que ha interpuesto en Madrid.
El magistrado Francisco Javier Garc?a Aponte pide adem?s a la Abogac?a del Estado que detalle qué bienes no han sido objeto de la demanda y que, por tanto, “no quedar?an afectados” por el pronunciamiento que pudiera dictar el juzgado de Madrid.
En su resoluci?n, el juez decreta también la suspensi?n del plazo concedido a las partes para que indicasen el tiempo que previsiblemente considerasen necesario para la pr?ctica de la diligencia de entrega de los muebles a los Franco y para que identificasen a las personas que intervendr?n y medios que van a ser empleados para la realizaci?n de la entrega de los bienes con seguridad. Contra esta providencia pueda presentarse recurso de reposici?n en el plazo de cinco d?as.
Como ya inform? este diario, el juzgado hab?a decretado antes de la presentaci?n de la demanda del Estado,que la entrega de los bienes que pertenezcan a los Franco deb?a hacerse en presencia de una comisi?n judicial y de las partes personadas y que no podr?an retirarse todos aquellos considerados inseparables del pazo de Meir?s por resoluci?n judicial ni los considerados BIC sin contar con la preceptiva autorizaci?n de la Xunta de Galicia (http://uc-4u.com/tags/xunta-de-galicia/).
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/mudanza-meiras-preparan-franco-25-77283222)
En su escrito, fechado este jueves 13 de octubre, los herederos del dictador Francisco Franco piden que se se?ale la fecha de entrega "sin m?s tr?mite y a la mayor brevedad" y califican de improcedente la solicitud que present? la Abogac?a del Estado el pasado 29 de septiembre para que el juzgado coru?és impida la retirada de todos los bienes afectados por la demanda presentada ante un juzgado de Madrid: “Esta pretensi?n trata de impedir, por enésima vez, que mis ponderantes puedan recuperar los bienes de su propiedad que se encuentran en el interior del pazo” , argumentan los abogados de los Franco, que subrayan que sus representados llevan “privados varios a?os [de los mismos] en virtud de un dep?sito anulado por la Audiencia Provincial”.
El escrito recala en el juzgado una semana antes de que el Juzgado de Primera Instancia n?mero 70 de Madrid acoja la vista para dirimir la procedencia de las medidas cautelares solicitadas por el Estado para impedir que los Franco puedan retirar de Meir?s los 564 bienes que reclama en su nueva demanda hasta que haya un pronunciamiento al respecto.
La vista sobre las cautelares se celebrar? el viernes 21 de octubre y los Franco mueven ficha y argumentan que el propio juzgado de Madrid rechaz? la petici?n estatal de autorizar esta medida cautelar por la v?a de urgencia y sin escuchar a la otra parte: “Si el propio juzgado que ha de velar por la efectividad de la eventual sentencia estimatoria al respecto ha rechazado la urgencia esgrimida por la Abogac?a del Estado, resulta del todo improcedente que sea este juzgado el que, de oficio, obvie tal pronunciamiento y adopte cualquier tipo de decisi?n en el sentido interesado de adverso”.
El mismo d?a en que los Franco presentaron el escrito, este jueves 13 de octubre, el Juzgado de Primera Instancia n?mero 1 de A Coru?a dict? una providencia en la que da diez d?as al Estado para que le indique “de forma detallada y separada” qué bienes del inventario realizado el 11 de noviembre del 2020 son objeto de la demanda que ha interpuesto en Madrid.
El magistrado Francisco Javier Garc?a Aponte pide adem?s a la Abogac?a del Estado que detalle qué bienes no han sido objeto de la demanda y que, por tanto, “no quedar?an afectados” por el pronunciamiento que pudiera dictar el juzgado de Madrid.
En su resoluci?n, el juez decreta también la suspensi?n del plazo concedido a las partes para que indicasen el tiempo que previsiblemente considerasen necesario para la pr?ctica de la diligencia de entrega de los muebles a los Franco y para que identificasen a las personas que intervendr?n y medios que van a ser empleados para la realizaci?n de la entrega de los bienes con seguridad. Contra esta providencia pueda presentarse recurso de reposici?n en el plazo de cinco d?as.
Como ya inform? este diario, el juzgado hab?a decretado antes de la presentaci?n de la demanda del Estado,que la entrega de los bienes que pertenezcan a los Franco deb?a hacerse en presencia de una comisi?n judicial y de las partes personadas y que no podr?an retirarse todos aquellos considerados inseparables del pazo de Meir?s por resoluci?n judicial ni los considerados BIC sin contar con la preceptiva autorizaci?n de la Xunta de Galicia (http://uc-4u.com/tags/xunta-de-galicia/).
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