الريــم
10-11-2022, 06:29 PM
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha condenado a Espa?a a indemnizar con 32.000 euros a Mar?a Isabel Garrido Herrero, la madre de una ni?a de Orihuela (Alicante) que muri? en 2013 con 6 a?os como consecuencia de un fallo en un respirador artificial.
El Tribunal de Estrasburgo ha dado la raz?n a Garrido Herrero, que hab?a denunciado el 12 de noviembre de 2019 que la justicia espa?ola no investig? de forma apropiada las causas de la muerte de la peque?a Marina.
En su dictamen, los jueces europeos se?alan que la investigaci?n dur? cinco a?os y que fue finalmente abandonada en 2019 al superarse el plazo dado para la determinaci?n de esas causas del fallecimiento una vez que expir? el tiempo para fijar una eventual responsabilidad penal.
La ni?a, que naci? el 29 de julio de 2005, qued? tetrapléjica como consecuencia de un accidente de tr?fico en marzo de 2010 y tuvo que ser conectada permanentemente a un respirador para mantener la vida. Tras ser dada de alta del centro hospitalario, fue asistida por la demandante, médico de profesi?n.
La empresa que distribu?a el aparato, a través de la seguridad Social, también era responsable de enviar técnicos al domicilio del solicitante, con el fin de dar servicio y suministrar los materiales desechables necesarios.
La ni?a entr? en coma el 4 de marzo de 2012 como consecuencia de un fallo en el sistema de respiraci?n asistida. Esto provoc? que tuviera que ser hospitalizada nuevamente. Dos meses después, tras el diagn?stico de muerte cerebral, Garrido Herrero solicit? el alta voluntaria y se llev? a Marina a casa bajo su cuidado.
En julio, el fabricante envi? un aviso al distribuidor para informarle de que podr?a haber un mal funcionamiento en ese modelo particular. En agosto, la demandante present? una denuncia penal por da?os contra el distribuidor, el fabricante y las compa??as de seguros.
Marina muri? el 2 de noviembre de 2013. Después de un periplo judicial, Garrido Herrero acudi? a la justicia europea reclamando 100.000 euros por el "indudable dolor que le produce el hecho de que una madre vea c?mo la justicia es incapaz de investigar la muerte de su hija y encontrar y juzgar a los responsables de esa muerte", una cuant?a que finalmente se reduce a 32.000 euros.
También pidi? un total de 10.765 euros por las costas y gastos incurridos ante los tribunales. Sin embargo, el tribunal ha considerado que "la demandante no ha probado suficientemente el pago efectivo de las costas del procedimiento para justificar su reembolso".
Con todo, ha conseguido que le dieran la raz?n, ya que la sentencia dictamina que "las autoridades judiciales nunca ampliaron el alcance de las investigaciones", y es m?s: "No buscaron investigar cu?l fue la falla real en el sistema de ventilaci?n o la supuesta negligencia que caus? la muerte". Por tanto, "el hecho de que ni siquiera se haya establecido con certeza la causa de la muerte demuestra una deficiencia en la forma en que el tribunal investig? el caso".
Adem?s, incide en que "los tribunales concluyeron que el testimonio de la demandante y el de los testigos eran contradictorios sin haber escuchado a ning?n experto". As?, determina que "los tribunales, en lugar de realizar una valoraci?n global, abordaron los hechos de manera m?s bien pasiva, simplemente admitiendo algunas de las pruebas solicitadas por la demandante para averiguar quién hab?a instalado el ventilador, sin esforzarse por establecer la causa de la muerte".
Incluso, subraya que "el juzgado de instrucci?n sobresey? las actuaciones en tres ocasiones, y durante los cinco a?os de investigaci?n hubo una demora importante en el examen de las pruebas". Asimismo, "las pruebas pertinentes requeridas para establecer si hubo negligencia médica nunca fueron examinadas ante el tribunal de instrucci?n".
Por todo ello la Corte concluye que "el sistema interno en su conjunto, cuando se enfrent? a un caso discutible de negligencia médica que result? en la muerte de la hija de la demandante, no brind? una respuesta adecuada, efectiva y oportuna de conformidad con la obligaci?n del Estado".
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/sociedadtrasburgo-condena-espana-indemnizar-madre-77128971)
El Tribunal de Estrasburgo ha dado la raz?n a Garrido Herrero, que hab?a denunciado el 12 de noviembre de 2019 que la justicia espa?ola no investig? de forma apropiada las causas de la muerte de la peque?a Marina.
En su dictamen, los jueces europeos se?alan que la investigaci?n dur? cinco a?os y que fue finalmente abandonada en 2019 al superarse el plazo dado para la determinaci?n de esas causas del fallecimiento una vez que expir? el tiempo para fijar una eventual responsabilidad penal.
La ni?a, que naci? el 29 de julio de 2005, qued? tetrapléjica como consecuencia de un accidente de tr?fico en marzo de 2010 y tuvo que ser conectada permanentemente a un respirador para mantener la vida. Tras ser dada de alta del centro hospitalario, fue asistida por la demandante, médico de profesi?n.
La empresa que distribu?a el aparato, a través de la seguridad Social, también era responsable de enviar técnicos al domicilio del solicitante, con el fin de dar servicio y suministrar los materiales desechables necesarios.
La ni?a entr? en coma el 4 de marzo de 2012 como consecuencia de un fallo en el sistema de respiraci?n asistida. Esto provoc? que tuviera que ser hospitalizada nuevamente. Dos meses después, tras el diagn?stico de muerte cerebral, Garrido Herrero solicit? el alta voluntaria y se llev? a Marina a casa bajo su cuidado.
En julio, el fabricante envi? un aviso al distribuidor para informarle de que podr?a haber un mal funcionamiento en ese modelo particular. En agosto, la demandante present? una denuncia penal por da?os contra el distribuidor, el fabricante y las compa??as de seguros.
Marina muri? el 2 de noviembre de 2013. Después de un periplo judicial, Garrido Herrero acudi? a la justicia europea reclamando 100.000 euros por el "indudable dolor que le produce el hecho de que una madre vea c?mo la justicia es incapaz de investigar la muerte de su hija y encontrar y juzgar a los responsables de esa muerte", una cuant?a que finalmente se reduce a 32.000 euros.
También pidi? un total de 10.765 euros por las costas y gastos incurridos ante los tribunales. Sin embargo, el tribunal ha considerado que "la demandante no ha probado suficientemente el pago efectivo de las costas del procedimiento para justificar su reembolso".
Con todo, ha conseguido que le dieran la raz?n, ya que la sentencia dictamina que "las autoridades judiciales nunca ampliaron el alcance de las investigaciones", y es m?s: "No buscaron investigar cu?l fue la falla real en el sistema de ventilaci?n o la supuesta negligencia que caus? la muerte". Por tanto, "el hecho de que ni siquiera se haya establecido con certeza la causa de la muerte demuestra una deficiencia en la forma en que el tribunal investig? el caso".
Adem?s, incide en que "los tribunales concluyeron que el testimonio de la demandante y el de los testigos eran contradictorios sin haber escuchado a ning?n experto". As?, determina que "los tribunales, en lugar de realizar una valoraci?n global, abordaron los hechos de manera m?s bien pasiva, simplemente admitiendo algunas de las pruebas solicitadas por la demandante para averiguar quién hab?a instalado el ventilador, sin esforzarse por establecer la causa de la muerte".
Incluso, subraya que "el juzgado de instrucci?n sobresey? las actuaciones en tres ocasiones, y durante los cinco a?os de investigaci?n hubo una demora importante en el examen de las pruebas". Asimismo, "las pruebas pertinentes requeridas para establecer si hubo negligencia médica nunca fueron examinadas ante el tribunal de instrucci?n".
Por todo ello la Corte concluye que "el sistema interno en su conjunto, cuando se enfrent? a un caso discutible de negligencia médica que result? en la muerte de la hija de la demandante, no brind? una respuesta adecuada, efectiva y oportuna de conformidad con la obligaci?n del Estado".
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