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مشاهدة النسخة كاملة : Reconocen el permiso de paternidad a un padre tras morir su bebé antes del parto


الريــم
10-02-2022, 10:05 PM
Un juzgado de Palma ha reconocido el derecho al permiso de paternidad a un padre mallorqu?n cuya hija muri? antes del parto. Es una sentencia pionera en las islas, aunque en otras comunidades aut?nomas s? que ya hay dict?menes en esta l?nea.

Este derecho se viene reconociendo sin problemas a las madres cuyos hijos fallecen tras m?s de 180 d?as de gestaci?n, pero en el caso de los padres la Seguridad Social les deniega la prestaci?n que va ligada a este permiso aduciendo que su finalidad es "procurar la corresponsabilidad entre los progenitores y la recuperaci?n f?sica de la madre biol?gica tras el parto", algo que en el caso del padre y tras el fallecimiento del menor el organismo p?blico entiende que no es necesario.

El juzgado de lo social n?mero 3 de Palma sin embargo s? ha reconocido a este mallorqu?n su derecho a la prestaci?n apoy?ndose en la ley para la Igualdad efectiva entre hombres y mujeres de 2019 y razonando que "la finalidad del permiso y prestaci?n (...) no s?lo es la del cuidado del menor, en este caso, y desgraciadamente, imposible, sino también la de proteger la situaci?n familiar en unas circunstancias de duelo y sufrimiento".

La hija de esta pareja de mallorquines falleci? en la semana n?mero 32 de gestaci?n. Tras el parto, los padres solicitaron las pertinentes prestaciones y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se la concedi? a la madre, pero se la deneg? al padre apoy?ndose en varias normativas, "siendo que no se hab?a producido un nacimiento con vida" con lo que no "concurr?a la finalidad de la prestaci?n solicitada, esto es, la de procurar la corresponsabilidad entre los progenitores y la recuperaci?n f?sica tras el parte".

Eso replic? la Seguridad Social a la reclamaci?n administrativa que present? este mallorqu?n, que por ello acab? finalmente acudiendo a los tribunales, donde fue representado pro bono por José Villalonga con la asistencia de la profesora de la Universitat Maria del Mar Cresp?.

La sentencia del juzgado de lo social subraya que el art?culo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores (modificado tras la aprobaci?n de la ley de Igualdad de 2019) fija que "en el supuesto de fallecimiento del hijo o hija, el periodo de suspensi?n no se ver? reducido".

Desde enero de 2021 y en aplicaci?n de la ley de Igualdad el permiso de paternidad es de 16 semanas (cuatro meses, el mismo periodo fijado para la madre) y, para garantizar la corresponsabilidad en el cuidado del recién nacido, es obligatorio disfrutar las primeras seis semanas justo tras el nacimiento del bebé. Adem?s los permisos son intransferibles (el padre no puede ‘ceder’ su tiempo de permiso a la madre).

La jueza recuerda en su sentencia que el pre?mbulo de esta ley de 2019 se?ala que su objetivo es "favorecer la corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, quedando prohibido cualquier trato discriminatorio directo o indirecto por raz?n de sexo".

Para negar la prestaci?n el INSS se apoya especialmente en una normativa (un real decreto de 2009), un argumento que la jueza rechaza ya que por un tema de jerarqu?a normativa debe prevalecer el art?culo 48.4 del Estatuto de Trabajadores.

Con todo, aunque le reconozca el derecho al permiso, el juzgado no cree que la Seguridad Social haya vulnerado el derecho fundamental de este progenitor a no ser discriminado por raz?n de sexo ya que, se?ala la sentencia, la denegaci?n se fundament? en un art?culo de una norma que est? vigente y cuya interpretaci?n efectivamente permit?a denegar la concesi?n de la prestaci?n por paternidad. Eso s?, debido a «los antecedentes legislativos, al esp?ritu de las normas y a la jerarqu?a normativa», concluye la jueza, ese art?culo "debe ceder ante otros".

Es la primera sentencia en esta l?nea que se consigue en Baleares, aunque Asturias, Pa?s Vasco, Catalu?a y La Rioja ya se han dado casos de padres que se han encontrado en esta situaci?n tras el fallecimiento de su bebé (cada a?o hay un millar de casos as? en Espa?a) y han conseguido que los tribunales les reconozcan el derecho a la prestaci?n por paternidad.

Sin embargo, el caso de una familia de Arag?n ha acabado llegando hasta el Tribunal Supremo, que el pasado julio emiti? sentencia y deneg? el permiso al entender que tiene distintas finalidades para el padre que para la madre: "En el caso de la suspensi?n y prestaci?n por maternidad se trata de recuperar y proteger la salud de la madre biol?gica, mientras que en el caso del otro progenitor se trata de fomentar su corresponsabilidad en el cuidado del hijo", explica, algo que en estos casos, por desgracia, no es necesario.

La decisi?n del Supremo no fue un?nime ni es firme, ya que el afectado ha acudido al Tribunal Constitucional.



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