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مشاهدة النسخة كاملة : El Supremo descarta que el ponente del recurso contra la ley del aborto prevaricara e


الريــم
08-31-2022, 02:32 PM
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha descartado que el magistrado del Tribunal Constitucional Enrique Arnaldo Alcubilla cometiera los delitos de prevaricaci?n y tr?fico de influencias por las conversaciones que mantuvo con el expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio Gonz?lez, que fueron grabadas por los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil encargados del caso Lezo (https://www.epe.es/es/procesos-judiciales/20211022/candidato-tc-pp-ignacio-gonzalez-12347851), seg?n consta en un auto de 21 de junio de 2022, al que ha tenido acceso EL PERI?DICO DE ESPA?A (https://www.epe.es/es/), medio del grupo Presa Ibérica al que también pertenece este diario.

Arnaldo Alcubilla y el abogado Esteban Mestre Delgado fueron denunciados el 3 de mayo por el expresidente de la Real Federaci?n Espa?ola de Tenis (RFET) José Luis Esca?uela Romana como presuntos responsables de los delitos de tr?fico de influencias, prevaricaci?n continuada y malversaci?n de caudales p?blicos. Sin embargo, los magistrados del Supremo han inadmitido la denuncia, por defectos de forma, pues ten?a que haber sido una querella, pero también de fondo, pues consideran que en la actuaci?n del magistrado del Constitucional no hay indicios de delito.

"La imputaci?n parece basarse en las conversaciones telef?nicas o grabaciones policiales del caso Lezo, en las que se dice, sin que pueda adverarse su veracidad o realidad, que Ignacio Gonz?lez y Arnaldo Alcubilla, especularon con destituciones o nombramientos de altos cargos del Ministerio Fiscal", dice el auto, que rechaza que el magistrado del Constitucional hubiera cometido esos delitos al hablar con el expresidente madrile?o, en la que seg?n el denunciante trataban de influir en la pol?tica de nombramientos de la carrera fiscal, en concreto en el de Manuel Moix como fiscal jefe de Anticorrupci?n.

En concreto, Arnaldo Alcubilla prometi? al expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio Gonz?lez, considerado uno de los presuntos cabecillas de la trama Lezo, mantenerle informado sobre la renovaci?n de cargos en la Fiscal?a, seg?n consta en un informe de la UCO. En el momento de la conversaci?n, que tuvo lugar el 3 de noviembre de 2016, el que fuera n?mero dos de Esperanza Aguirre estaba muy preocupado por la investigaci?n sobre su ?tico de lujo en Estepona, por la que fue imputado, pero que acab? archivada en 2020.

http://uc-4u.com/clip/1433c924-7b93-4a51-a1e7-bc7f128fe3f1_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg Esperanza Aguirre, Ignacio Gonz?lez y Francisco Granados, en una imagen de 2008. | ?scar del Pozo
Arnaldo (https://www.epe.es/es/politica/20211109/arnaldo-cobro-television-pp-12788755)le anunciaba minutos después “movimientos” y “cambios en la Fiscal?a General". "Ahora se ponen en marcha las piezas. Desde luego s? que sé que es voluntad del ministro [Rafael Catal?] cambiar la pieza principal”, prosegu?a este catedr?tico de Derecho Constitucional, que se refer?a a la salida de Consuelo Madrigal: “Estoy moviéndome para que el nuevo que sustituya a esta se?ora sea bueno”, complet?.

"Hechos no probados"

Sin embargo, los hechos denunciados, que para los magistrados del Tribunal Supremo no est?n "en absoluto probados", no integran para la Sala un delito de prevaricaci?n administrativa: "Ni por asomo figura la inducci?n, colaboraci?n o ayuda a las autoridades que dictaron las resoluciones y, mucho menos, que estas fueran arbitrarias", contin?a el auto, que recuerda que los nombramientos en la carrera fiscal corresponden al fiscal general del Estado y al ministro de Justicia, cuando las hace suyas.

"Esas decisiones o acuerdos, adoptados por autoridades que no se corresponden con los denunciados, de naturaleza org?nica y de designaci?n discrecionalmente reglada, no recurridas ante los tribunales y eficaces desde su adopci?n y publicaci?n en el BOE, adem?s de ser expresi?n del ejercicio de facultades constitucionales, no fueron arbitrarias, ni constituyeron resoluciones injustas, por lo que la participaci?n del aforado como 'extraneus' [externo] no ser?a posible", destaca el auto, que recuerda que el magistrado solo podr?a ser implicado en la denuncia si los nombramientos hubieran sido ilegales. "Lo que no consta en modo alguno", concluye el auto.

La Sala de lo Penal también rechaza que Arnaldo Alcubilla haya podido cometer un delito de tr?fico de influencias, pues esta imputaci?n exige que una autoridad o funcionario p?blico, prevaliéndose de las facultades de su cargo, influya en otro funcionario para que otorgue una resoluci?n que le pueda generar beneficio econ?mico directo o indirecto para s? o para tercero. Y seg?n los jueces del Supremo, "en absoluto consta ni el m?s m?nimo de esos requisitos: ni el contacto con las autoridades que realizaron las propuestas de nombramiento o el propio nombramiento, ni el prevalimiento del cargo, ni la influencia que pudiera haber movido la voluntad de quienes las adoptaron, ni la adopci?n por el fiscal general del Estado, ministro de Justicia, o autoridad colegiada del Consejo de Ministros de resoluciones que generasen a nadie un beneficio econ?mico directo indirecto a nadie".

"Estado de derecho"

Por eso, los acuerdos denunciados fueron, concluyen los magistrados, "expresi?n del Estado de Derecho". "Las conversaciones que pudieran haber existido entre protagonistas pol?ticos y autoridades administrativas sobre deseos de cambio en la carrera fiscal, desde el punto de vista jur?dico penal, no alcanzan relevancia t?pica [penal]", completa el auto.

Los magistrados también aprovechan la resoluci?n para dar un toque de atenci?n a Esca?uela, pues aseguran que a la denuncia "le falta de un hilo conductor", algo que dificulta de manera "extraordinaria" el conocimiento de qué hechos son denunciados, en qué consiste la prevaricaci?n o en qué haya consistido el delito de malversaci?n, que figura en el encabezamiento de la denuncia, pero que desaparece "llamativamente" de la calificaci?n jur?dica.

El relato de la denuncia remonta los hechos que considera delictivos a la elecci?n de Esca?uela como presidente de la Real Federaci?n Espa?ola de Tenis –en el a?o 2009-, tras lo que fue apartado de forma cautelar como presidente y fue objeto de "m?ltiples expedientes administrativos" por su gesti?n.

http://uc-4u.com/clip/93b09317-b55c-4395-b8df-a336afd4733e_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg Enrique Arnaldo, durante su comparecencia en el Congreso. | EFE
"Reproches hist?ricos"

Sin embargo, el Tribunal Supremo sostiene que en realidad la denuncia es una compilaci?n de "reproches hist?ricos". Y como ejemplo recuerda que Esca?uela incluy? en el relato que fue objeto de una sanci?n por parte del Consejo Superior de Deportes (CSD), cuyo expediente fue instruido por Enrique Arnaldo Alcubilla en calidad de presidente del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD). El denunciante también especifica que todas las sanciones que le impuso el ahora magistrado del Constitucional fueron corregidas y anuladas por la jurisdicci?n contencioso-administrativa.

Las resoluciones de Arnaldo Alcubilla en las que este incoaba expedientes, adoptaba medidas cautelares o sanciones disciplinarias, -prosiguen los magistrados del Supremo-, ya fueron analizadas en procesos penales anteriores, que fueron sobrese?dos y "no consta que sean arbitrarias". Por eso, consideran que no queda acreditado que el aforado, a sabiendas de su injusticia, hubiera dictado una resoluci?n arbitraria en un asunto administrativo, por lo que los hechos narrados en este apartado "no constituyen el delito simple o continuado de prevaricaci?n que se imputa".

El auto critica finalmente que la denuncia atribuya al abogado Esteban Mestre Delgado, que no es aforado, y por tanto no deb?a ser investigado por el Tribunal Supremo, un segundo delito: apropiaci?n indebida o malversaci?n de caudales p?blicos por haberse apropiado supuestamente de la provisi?n de fondos que le hiciera la Real Federaci?n Espa?ola de Tenis. "Ni esos delitos guardar?an conexidad con los imputados al magistrado del Tribunal Constitucional de prevaricaci?n administrativa y tr?fico de influencias", concluyen.



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/supremo-descarta-ponente-recurso-ley-14385523)

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