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مشاهدة النسخة كاملة : El Supremo rechaza el derecho al olvido pedido por el hijo del secretario del tribuna


الريــم
03-19-2024, 03:00 PM
El Tribunal Supremo ha confirmado el rechazo del derecho al olvido del secretario judicial del juzgado que instruy? la causa en la que se conden? a pena de muerte al poeta Miguel Hern?ndez (https://www.sport.es/es/temas/miguel-hernandez-1839716). El alto tribunal ha desestimado el recurso presentado por el hijo del secretario judicial, fallecido en 1998, contra la sentencia de la Audiencia Nacional que aval? la negativa de Google y de la Agencia Espa?ola de Protecci?n de Datos de suprimir 18 informaciones en las que se vinculaba el nombre del secretario judicial con el proceso que culmin? con la condena al poeta Miguel Hern?ndez en 1940.

En su sentencia el alto tribunal establece la posibilidad de extender la regulaci?n de la protecci?n de datos también a las personas fallecidas y de reconocerles el derecho al olvido que se contempla para las personas vivas, siendo de aplicaci?n los mismos l?mites y la ponderaci?n de intereses en conflicto con las inevitables adaptaciones propias de este tipo de protecci?n. En este caso, la Sala ha ponderado los derechos en conflicto y concluye que debe primar el derecho a la libertad de informaci?n, expresi?n e investigaci?n hist?rica frente al derecho al olvido (https://www.sport.es/es/temas/derecho-al-olvido-1973761).

El tribunal indica que la sentencia recurrida analiza las noticias cuyo enlace se pretende suprimir desde diferentes perspectivas como su veracidad, el hecho de que se trate de una investigaci?n hist?rica y cient?fica y el interés p?blico de la informaci?n.

El recurrente alegaba entre otras razones que las referencias cuestionadas conten?an datos inexactos. El tribunal concluye que las inexactitudes aducidas por los recurrentes no afectaban a la esencia de lo informado ni a la exactitud del conjunto de la informaci?n tratada.

La sentencia recoge la doctrina del Supremo que posibilita solicitar del motor de b?squeda la retirada de una informaci?n cuando el que lo solicita acredite que es inexacta, aunque a?ade que deben tomarse en consideraci?n otros elementos relevantes: en primer lugar si la informaci?n contribuye a un debate de interés general, atendiendo a las circunstancias del caso, y, en segundo lugar, si la inexactitud afecta a toda la informaci?n o a una parte que puede considerarse sustancial de la misma o, por el contrario, tan solo incide sobre aspectos accesorios y de menor importancia en el conjunto de la informaci?n.

Interés p?blico incuestionable

Para la Sala, la sentencia de la Audiencia Nacional (https://www.sport.es/es/temas/audiencia-nacional-1836104) acierta al considerar como elementos relevantes para negar el derecho al olvido, “que las informaciones revistiesen un interés p?blico incuestionable al versar sobre la intervenci?n del padre del recurrente, como secretario judicial del Juzgado Especial de Prensa que instruy? la causa penal contra el poeta Miguel Hern?ndez; que la informaci?n aparecida formara parte de una investigaci?n hist?rica y cient?fica, contenida en publicaciones de la Universidad, y que el transcurso del tiempo no hubiese hecho decaer el interés que suscita todo lo que rodea a la muerte del famoso poeta”.

Por eso, el Supremo declara que la Audiencia Nacional aplic? correctamente tanto la legislaci?n como la jurisprudencia existente cuando frente al ejercicio del derecho de supresi?n ejercido por los familiares del difunto se ponderaron otros derechos e intereses concurrentes y se valor?, acertadamente, el alcance de la inexactitud en relaci?n con el conjunto y contexto de la informaci?n tratada.

Como cuesti?n de interés casacional la Sala establece que “el derecho de supresi?n (derecho al olvido) de los datos de una persona fallecida est? reconocido en nuestro ordenamiento. Pero, la singularidad que implica que el derecho de supresi?n se ejercite respecto de datos personales correspondientes a una persona fallecida no suprime la necesidad de ponderar la protecci?n de datos del difunto con otros derechos y libertades en conflicto a la luz de nuestras normas y de la jurisprudencia existente”.

Respecto a la inexactitud parcial de una informaci?n que afecta a una persona fallecida, y que aparece incorporada a una investigaci?n hist?rica y cient?fica, la sentencia explica que debe ponderarse su trascendencia en el conjunto de toda la informaci?n aparecida.



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/sociedad/supremo-rechaza-derecho-olvido-pedido-99678728)

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