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مشاهدة النسخة كاملة : Cinco a?os de desconexi?n digital: la justicia dice que no es derecho fundamental y s


الريــم
01-28-2024, 10:51 AM
Desde la entrada en vigor de la ley de protecci?n de datos personales (https://www.epe.es/es/investigacion/20240128/cinco-anos-desconexion-digital-tribunales-derecho-fundamental-abuso-empresarial-97395956) y garant?as de los derechos digitales de diciembre 2018, los trabajadores espa?oles tienen derecho a una desconexi?n que garantice que fuera de jornada se respeta su descanso y su intimidad personal y familiar. No obstante, la justicia viene validando pr?cticas empresariales que parecen poner l?mite a esta prerrogativa.

En los ?ltimos meses, varias sentencias de diferentes tribunales superiores de justicia vienen incidiendo en que el derecho a la desconexi?n digital no es un derecho fundamental, y requieren que se demuestre un abuso por parte del empresario.

Los expertos destacan que el tipo de comunicaci?n digital y su grado no se indican expl?citamente en la normativa vigente. Es decir, no se incorpora ning?n requisito de reiteraci?n y car?cter abusivo de la misma. Ante esta falta de concreci?n, la justicia establece que la comunicaci?n debe ser ponderada y no basta para sancionar un simple correo o llamada, sino que es necesaria una reiteraci?n en el tiempo que pueda ser tildada de abuso.

Sobre este asunto a?n no se ha pronunciado el Supremo, y se est? a la espera también de respuesta por parte de la Justicia Europea. Los recursos ante dichas instancias buscan dotar a la desconexi?n digital del m?s alto nivel de protecci?n jur?dica para asegurar su efectividad, como ser?a el considerar que es un derecho fundamental de los trabajadores europeos.

En el sentido contrario a estas tesis se pronunci? el Tribunal Superior de Castilla y Le?n el pasado 18 de diciembre, en una sentencia que confirmaba el despido de una trabajadora inmersa en un litigio con su empresa tras presentar una solicitud de excedencia por cuidado de familiar. Fue despedida por no justificar adecuadamente sus ausencias.



Contestaci?n a correos

En el recurso, la defensa también se alegaba una vulneraci?n del derecho a la desconexi?n familiar y personal, pues se le exig?a a la empleada "contestar a correos en sus periodos de descanso y vacaciones (https://www.sport.es/es/temas/vacaciones-1853042), tanto para justificar sus ausencias como aportar la prueba o justificaci?n".

En este punto, la Sala respondi? que "el derecho a la desconexi?n digital no est? categorizado como derecho fundamental", por lo que no se pod?a apelar a su incumplimiento por los procedimientos reservados a su protecci?n. Adem?s, en este caso concreto no constaba que tales correos ni requerimientos se efectuaran en periodos de descansos, permisos o vacaciones.

Seg?n apunta a El Peri?dico de Espa?a, del Grupo Prensa Ibérica, Francisco Trujillo, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universitat Jaume I, como consecuencia de lo dicho hasta el momento por el Tribunal Superior de Castilla y Le?n y de otros que se han pronunciado en el mismo sentido recientemente, como el de Catalu?a y el de Canarias, la vulneraci?n del derecho a la desconexi?n digital no conlleva una compensaci?n econ?mica autom?tica. Adem?s, para que esta prerrogativa del trabajador se tenga por incumplida se requiere una reiteraci?n y un car?cter abusivo en el uso de los medios tecnol?gicos.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a de unos meses antes, de mayo de 2023, apuntaba igualmente que la desconexi?n digital no es un derecho fundamental de la Constituci?n. En esta resoluci?n se absolv?a a una empresa de tener que indemnizar con 120.000 euros a un trabajador por haberlo sometido a largas jornadas y a una desmesurada carga de trabajo. Se establec?a igualmente que una cosa es que el trabajador acuse a la empresa de ocasionar sus problemas de salud y otra que haya realizado conductas tendentes a perjudicar su integridad f?sica o moral o su derecho a la intimidad.



En este caso se trataba de un empleo de una empresa de auditor?a que como consecuencia del estado de alarma por covid prestaba sus servicios on line. Mientras que su horario presencial era de 08:30 a 17:30 horas, con una hora para comer, el horario de los mails enviado en la modalidad de teletrabajo (https://www.sport.es/es/temas/teletrabajo-1867808) revel? que trabajaba fuera de su jornada. Posteriormente, se le diagnostic? estrés laboral y caus? baja, coincidiendo con el reinicio del trabajo presencial.

La Inspecci?n de Trabajo calific? de insuficientes las medidas adoptadas por la empresa en orden al registro de jornada y la evaluaci?n de riesgos psicosociales espec?fica de los que carec?a, y por ello fue sancionada. Lo ocurrido, no obstante, no dio pie a la indemnizaci?n al no ser fundamental el derecho alegado.

Trabajo puntual durante una baja

En otra resoluci?n reciente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias se se?ala sobre este asunto que no se vulnera la desconexi?n digital cuando lo que hay es una labor puntual en periodos de incapacidad temporal y se tiene interés econ?mico en mantenerse conectado con la empresa.

En este caso concreto, la Sala recuerda que la trabajadora fue baja médica por c?ncer por poco m?s de un mes. Se trataba de la esposa de uno de los propietarios de la empresa (https://www.sport.es/es/temas/empresas-1836079) y antes de su enfermedad ya ten?a instalada la oficina en casa, con acceso remoto a su ordenador. Para los jueces la intrusi?n no fue tan grave, pues se limitaba a que su jefe "le pidiera que atendiera determinados pagos o gestiones durante aquel mes". Por otro lado, conforme a la testifical, la actora no parec?a contraria a colaborar, siendo de su "interés en seguir conectada" para que el trabajo se retrasara.

En otra resoluci?n de la que ya inform? este diario el pasado mes de julio, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid aval? la limitaci?n de la desconexi?n para los trabajadores de una empresa de producci?n audiovisual cuyo contrato inclu?a el cobro de un plus de disponibilidad vinculado a que sus jornadas alcancen las 40 horas semanales.



Lo hizo en respuesta a un recurso del sindicato CSI-CSIF, que reclam? sin éxito el derecho a la desconexi?n de los trabajadores "salvo circunstancias de fuerza mayor o excepcionales". En concreto, que no se les contactara sobre cambios de jornada -a veces incluso a través de sus teléfonos personales- con menos de 12 horas de antelaci?n, algo que se estaba convirtiendo en habitual por parte de los responsables del servicio



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/desconexion-digital-justicia-derecho-fundamental-abuso-empresario-97444064)

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