الريــم
01-02-2024, 04:50 PM
Este 1 de enero las pr?cticas de los becarios no remunerados ya han empezado a cotizar en la Seguridad Social (https://www.sport.es/es/noticias/fuera-de-juego/seguridad-social-novedades-96239968). La medida se aplica a todos aquellos estudiantes universitarios y de formaci?n profesional que hagan pr?cticas formativas o académicas externas, en la mayor?a de los casos no remuneradas. Ya sean con sueldo o sin, o dentro de programas de formaci?n o desempleo, las pr?cticas pasar?n a formar parte de la bolsa de horas cotizadas en la vida laboral.
La medida tiene como objetivo garantizar una mayor protecci?n, porque hasta ahora solo exist?a la obligaci?n de dar de alta a aquellos alumnos que realizaban pr?cticas remuneradas.
M?s informaci?n (Auto)
http://placehold.it/175x100 T?tulo noticia (Auto)
13661029
Esta extensi?n garantiza mayor protecci?n para los becarios que podr?n empezar a cotizar desde sus primeras experiencias laborales, algo que les permitir? generar derechos para sus futuras pensiones. La nueva disposici?n busca ofrecer derechos y protecci?n adicionales para los j?venes durante el desempe?o de sus pr?cticas, por ejemplo, en situaciones de accidente o enfermedad.
Los becarios tendr?n que ser dados de alta como 'trabajadores por cuenta ajena' en el Régimen General de la Seguridad Social, con algunas excepciones, como aquellas pr?cticas realizadas a bordo de embarcaciones, que estar?n sujetas al Régimen Especial de la Seguridad Social (https://www.sport.es/es/noticias/economia/requisitos-cobrar-ayuda-1000-euros-95691316)de los Trabajadores del Mar. Los becarios deber?n acreditar su condici?n mediante*certificaci?n expedida*por los organismos o empresas, p?blicos o privados, que los financien.
El alta se dar? desde el*comienzo hasta la finalizaci?n*de la actividad en el programa de formaci?n. El plazo para*comunicar a la Tesorer?a General de la Seguridad Social (TGSS)*el alta y baja ser? de*10 d?as naturales*a contar desde el inicio o finalizaci?n de las pr?cticas. Y, tal como avisaron desde el Gobierno, la Inspecci?n de Trabajo implantar? planes espec?ficos para evitar el fraude.
La cotizaci?n se llevar? a cabo con las mismas pautas establecidas para los contratos de formaci?n y aprendizaje.Se trata de una cuota empresarial por cada d?a de pr?cticas, por contingencias comunes (bonificada al 95%) y por contingencias profesionales conforme a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Esto les beneficia de cara a la pensi?n, porque tendr?n m?s tiempo cotizado pero tiene su letra peque?a no cotizar?n por desempleo.
Los antiguos becarios también podr?n beneficiarse
La medida también beneficia a*antiguos becarios, permitiéndoles suscribir un convenio especial, por una ?nica vez, en el plazo, términos y condiciones que determine el Ministerio de Inclusi?n, Seguridad Social y Migraciones, que*contabilice la cotizaci?n durante per?odos de formaci?n o pr?cticas no laborales y académicas*realizadas (tanto en Espa?a como en el extranjero).
Todo ello antes de la entrada en vigor de esta normativa, con un l?mite de hasta cinco a?os.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/actualidad/buenas-noticias-becarios-practicas-remuneradas-96465320)
La medida tiene como objetivo garantizar una mayor protecci?n, porque hasta ahora solo exist?a la obligaci?n de dar de alta a aquellos alumnos que realizaban pr?cticas remuneradas.
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13661029
Esta extensi?n garantiza mayor protecci?n para los becarios que podr?n empezar a cotizar desde sus primeras experiencias laborales, algo que les permitir? generar derechos para sus futuras pensiones. La nueva disposici?n busca ofrecer derechos y protecci?n adicionales para los j?venes durante el desempe?o de sus pr?cticas, por ejemplo, en situaciones de accidente o enfermedad.
Los becarios tendr?n que ser dados de alta como 'trabajadores por cuenta ajena' en el Régimen General de la Seguridad Social, con algunas excepciones, como aquellas pr?cticas realizadas a bordo de embarcaciones, que estar?n sujetas al Régimen Especial de la Seguridad Social (https://www.sport.es/es/noticias/economia/requisitos-cobrar-ayuda-1000-euros-95691316)de los Trabajadores del Mar. Los becarios deber?n acreditar su condici?n mediante*certificaci?n expedida*por los organismos o empresas, p?blicos o privados, que los financien.
El alta se dar? desde el*comienzo hasta la finalizaci?n*de la actividad en el programa de formaci?n. El plazo para*comunicar a la Tesorer?a General de la Seguridad Social (TGSS)*el alta y baja ser? de*10 d?as naturales*a contar desde el inicio o finalizaci?n de las pr?cticas. Y, tal como avisaron desde el Gobierno, la Inspecci?n de Trabajo implantar? planes espec?ficos para evitar el fraude.
La cotizaci?n se llevar? a cabo con las mismas pautas establecidas para los contratos de formaci?n y aprendizaje.Se trata de una cuota empresarial por cada d?a de pr?cticas, por contingencias comunes (bonificada al 95%) y por contingencias profesionales conforme a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Esto les beneficia de cara a la pensi?n, porque tendr?n m?s tiempo cotizado pero tiene su letra peque?a no cotizar?n por desempleo.
Los antiguos becarios también podr?n beneficiarse
La medida también beneficia a*antiguos becarios, permitiéndoles suscribir un convenio especial, por una ?nica vez, en el plazo, términos y condiciones que determine el Ministerio de Inclusi?n, Seguridad Social y Migraciones, que*contabilice la cotizaci?n durante per?odos de formaci?n o pr?cticas no laborales y académicas*realizadas (tanto en Espa?a como en el extranjero).
Todo ello antes de la entrada en vigor de esta normativa, con un l?mite de hasta cinco a?os.
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