الريــم
12-14-2023, 05:51 PM
Al igual que hizo en su d?a con los afectados por el 'procés' independentista en Catalu?a, el Supremo ha rechazado aplicar las ventajas de la reforma de la malversaci?n que entr? en vigor a principios de este a?o al caso de los ERE. En una resoluci?n dada a conocer este jueves, la Sala de lo Penal del alto tribunal considera que las pretensiones en este sentido por parte de dos de los condenados -la exconsejera de Econom?a de la Junta de Andaluc?a Carmen Mart?nez Aguayo y el exdirector general de la agencia IDEA Miguel ?ngel Serrano- no pueden prosperar (https://www.epe.es/es/investigacion/20231214/supremo-rechaza-aplicar-malversacion-reformada-caso-ere-andalucia-95835673), porque su actuaci?n "dif?cilmente" puede considerarse una "mera desviaci?n presupuestaria".
Los magistrados explican que "no puede reconducirse a una mera desviaci?n presupuestaria o entenderse la existencia de una aplicaci?n p?blica diferente de aquella a la que estuviere destinado", lo que se describe en la sentencia del 'caso ERE'.
Lo sucedido en este caso consisti?, seg?n recuerda el Supremo, en "el apoderamiento o sustracci?n perpetrada de ingentes cantidades del presupuesto p?blico, a quien su gesti?n correspond?a, para entregarlo en il?cito e indebido procedimiento a otro ente p?blico para que dispusiera como si fuera propio, sin necesidad siquiera de convocatoria publicada en el BOJA (Bolet?n Oficial de la Junta de Andaluc?a), repartiéndolo sin criterio presupuestario alguno, o (...) "al margen del presupuesto".
Tanto Mart?nez Aguayo como Serrano hicieron su petici?n con anterioridad ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que tampoco fue acogida. Ahora, el Supremo les dice adem?s que la reforma auspiciada por el Gobierno de Pedro S?nchez no les resulta favorables.
Ambos condenados en el caso ERE por delito de prevaricaci?n, en concurso medial con delito de malversaci?n agravado, a 6 a?os y 2 d?as de prisi?n, la primera, y 6 a?os y 6 meses, el segundo, penas establecidas por la Audiencia de Sevilla y confirmadas por el Supremo. Tras el portazo de la Audiencia de Sevilla, acudieron ante el Supremo, que ahora desestima sus pretensiones.
En su auto, la Sala expone que la reforma atiende a mantener la continuidad con el modelo anterior, y descansa en la distinci?n entre las conductas de apropiaci?n o distracci?n de los fondos p?blicos hacia beneficios directos o indirectos de car?cter privado, y de otra parte, los comportamientos que, sin comportar una apropiaci?n definitiva o el uso temporal para fines privados, suponen una desviaci?n de las finalidades legalmente establecidas. Es decir, a?ade el alto tribunal, la aplicaci?n del art?culo 433 se restringe a la mera desviaci?n presupuestaria.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/supremo-rechaza-aplicar-malversacion-reformada-95840378)
Los magistrados explican que "no puede reconducirse a una mera desviaci?n presupuestaria o entenderse la existencia de una aplicaci?n p?blica diferente de aquella a la que estuviere destinado", lo que se describe en la sentencia del 'caso ERE'.
Lo sucedido en este caso consisti?, seg?n recuerda el Supremo, en "el apoderamiento o sustracci?n perpetrada de ingentes cantidades del presupuesto p?blico, a quien su gesti?n correspond?a, para entregarlo en il?cito e indebido procedimiento a otro ente p?blico para que dispusiera como si fuera propio, sin necesidad siquiera de convocatoria publicada en el BOJA (Bolet?n Oficial de la Junta de Andaluc?a), repartiéndolo sin criterio presupuestario alguno, o (...) "al margen del presupuesto".
Tanto Mart?nez Aguayo como Serrano hicieron su petici?n con anterioridad ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que tampoco fue acogida. Ahora, el Supremo les dice adem?s que la reforma auspiciada por el Gobierno de Pedro S?nchez no les resulta favorables.
Ambos condenados en el caso ERE por delito de prevaricaci?n, en concurso medial con delito de malversaci?n agravado, a 6 a?os y 2 d?as de prisi?n, la primera, y 6 a?os y 6 meses, el segundo, penas establecidas por la Audiencia de Sevilla y confirmadas por el Supremo. Tras el portazo de la Audiencia de Sevilla, acudieron ante el Supremo, que ahora desestima sus pretensiones.
En su auto, la Sala expone que la reforma atiende a mantener la continuidad con el modelo anterior, y descansa en la distinci?n entre las conductas de apropiaci?n o distracci?n de los fondos p?blicos hacia beneficios directos o indirectos de car?cter privado, y de otra parte, los comportamientos que, sin comportar una apropiaci?n definitiva o el uso temporal para fines privados, suponen una desviaci?n de las finalidades legalmente establecidas. Es decir, a?ade el alto tribunal, la aplicaci?n del art?culo 433 se restringe a la mera desviaci?n presupuestaria.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/supremo-rechaza-aplicar-malversacion-reformada-95840378)