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الريــم
11-03-2023, 07:20 PM
La Agencia Tributaria (https://www.sport.es/es/noticias/fuera-de-juego/urgente-aviso-hacienda-cheque-200-91303970) (AEAT) ha emitido un comunicado advirtiendo a los propietarios de viviendas sobre sus obligaciones tributarias al finalizar el proceso de venta de sus inmuebles. De acuerdo con la AEAT, existen tres impuestos que deben abonar los vendedores.

M?s informaci?n (Auto)


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El primero de ellos es el conocido Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el cual se divide proporcionalmente entre comprador y vendedor en funci?n del tiempo en que cada uno haya sido propietario del inmueble.

El segundo impuesto es la plusval?a municipal, que debe pagarse en un plazo de 30 d?as h?biles tras la venta de la vivienda. Por ?ltimo, los vendedores también deben tener en cuenta el Impuesto sobre la Renta de las Personas F?sicas (IRPF), en el cual deber?n informar sobre posibles ganancias patrimoniales en su pr?xima Declaraci?n de la Renta. (https://www.sport.es/es/noticias/sociedad/retiran-renta-inclusion-refugiados-cumplir-91256276)

Aviso a los propietarios de una vivienda

No obstante, existen situaciones en las que los contribuyentes pueden beneficiarse de la venta de su vivienda y quedar exentos del pago del IRPF. Entre ellos se encuentran aquellos mayores de 65 a?os y personas en situaci?n de dependencia, quienes no est?n obligados a declarar la ganancia patrimonial. También se incluyen aquellos que reinviertan el dinero de la venta en la compra de otra vivienda en un plazo de dos a?os antes o después de la operaci?n.

En cuanto a esta opci?n, tanto la vivienda adquirida como la vendida deben cumplir con la condici?n de ser vivienda habitual, y el vendedor debe haber residido en la vivienda vendida durante al menos tres a?os. En caso de que no se hayan obtenido ganancias patrimoniales por la venta del inmueble, no ser? necesario declararlo en el IRPF. Adem?s, existen otras v?as para obtener la exenci?n del pago del IRPF, como la daci?n en pago o la reinversi?n en vivienda habitual.

En el caso de la daci?n en pago, se debe demostrar tanto la situaci?n de insolvencia como la falta de otros bienes en la Declaraci?n. Por otro lado, si se produce la transmisi?n de la vivienda habitual con reinversi?n, es necesario manifestar la voluntad de acogerse a esta opci?n y asegurarse de que la vivienda transmitida y/o la rehabilitada cumplan con los requisitos para ser consideradas vivienda habitual.

La Agencia Tributaria también ha proporcionado una aclaraci?n en su p?gina web sobre la reinversi?n en vivienda habitual: "En caso de que el importe de la reinversi?n sea inferior al total obtenido en la enajenaci?n, solo se excluir? del gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad efectivamente reinvertida en las condiciones mencionadas anteriormente".

Adem?s, es importante tener en cuenta las casillas correspondientes en la Declaraci?n de la Renta. Seg?n la Organizaci?n de Consumidores y Usuarios (OCU), en 2022, la casilla 1626 es el lugar donde se debe incluir la referencia catastral en caso de que existan actividades econ?micas dependientes de los domicilios transmitidos y estos sean accesorios a la vivienda habitual.

Los contribuyentes deben estar al tanto de sus obligaciones tributarias al vender una vivienda, incluyendo el pago proporcional del IBI, la plusval?a municipal y la declaraci?n de posibles ganancias patrimoniales en el IRPF.

Sin embargo, existen casos espec?ficos en los que se puede obtener una exenci?n del pago del IRPF, como en el caso de mayores de 65 a?os, personas en situaci?n de dependencia o aquellos que reinviertan el dinero en la compra de otra vivienda habitual. Es fundamental informarse sobre los requisitos y cumplimentar correctamente las casillas correspondientes en la Declaraci?n de la Renta.



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/fuera-de-juego/agencia-tributaria-tengan-casa-propiedad-dv-91920469)

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