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مشاهدة النسخة كاملة : Un TC un?nime da la raz?n al Gobierno de S?nchez frente a la ley de apoyo a personas


الريــم
10-26-2023, 04:12 PM
No suele ser habitual que el pleno delTribunal Constitucionalresuelva asuntos por unanimidad, pero este jueves ha estimado con el apoyo de todos sus miembros el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno contra una disposici?n de la Ley de la Comunidad de Madrid 1/2023, de 15 de febrero, de creaci?n de la Agencia Madrile?a para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad.

En esa disposici?n adicional se establec?a, bajo la r?brica “en favor del derecho reconocido de la vida de las personas con discapacidad”, que “en todo caso, cuando se pretenda llevar a cabo cualquier actuaci?n que afecte al derecho a la vida de la persona con discapacidad a la que se haya provisto de un apoyo de car?cter representativo para el ejercicio de la capacidad jur?dica o se determine de manera expresa en la resoluci?n que estableci? el apoyo, se tramitar? un procedimiento de jurisdicci?n voluntaria para la solicitud de autorizaci?n judicial”.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Concepci?n Espejel, ha considerado que la disposici?n adicional impugnada establece regulaci?n procesal, dado que exige recabar en todo caso autorizaci?n judicial por medio de un expediente de jurisdicci?n voluntaria, cuando se pretenda llevar a cabo cualquier actuaci?n que afecte al derecho a la vida de la persona con discapacidad a la que se haya provisto de un apoyo de car?cter representativo para el ejercicio de la capacidad jur?dica o se determine de manera expresa en la resoluci?n que estableci? el apoyo.

El recurso, fundado en motivos competenciales, afirmaba que la disposici?n adicional controvertida vulneraba las competencias del Estado sobre legislaci?n procesal (art?culo 149.1.6 CE) y legislaci?n civil (art?culo 149.1.8 CE), as? como la reserva de ley org?nica por regular requisitos adicionales y distintos a los previstos en el art?culo 5.2 de la Ley Org?nica 3/2021, de 24 de marzo, de regulaci?n de la eutanasia, el principio de seguridad jur?dica (art?culo 9.3 CE), y el art?culo 9 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, b?sica reguladora de la autonom?a del paciente y de derechos y obligaciones en materia de informaci?n y documentaci?n cl?nica.

La sentencia explica que la regulaci?n impugnada, como también dice el letrado de la Comunidad de Madrid, no responde a una peculiaridad del derecho sustantivo auton?mico, e invade la competencia en materia procesal que corresponde al Estado (art. 149.1.6 CE) al regular cuestiones que le est?n vedadas.



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