الريــم
10-20-2023, 03:22 PM
El Tribunal Constitucional ha entrado de forma oficial en la polémica suscitada a ra?z de la inclusi?n de una frase concreta en la sentencia que avala la limitaci?n de las funciones del Consejo General del Poder Judicial que, seg?n buena parte de la derecha judicial y pol?tica, supone la validaci?n a priori de una nueva reforma legal que cambie el actual sistema de mayor?as (https://www.epe.es/es/politica/20231020/constitucional-niega-sentencia-cgpj-suponga-abrir-la-puerta-cambios-designacion-vocales-93579819) y permita renovar a los vocales del ?rgano sin que sea necesario el apoyo del PP.
Seg?n un comunicado hecho p?blico este viernes, el ?rgano*presidido por C?ndido Conde-Pumpido*aclara que en la citada resoluci?n "el Tribunal Constitucional no ha dicho nada sobre la futura renovaci?n del Consejo", y que "solo una lectura fuera de contexto de la sentencia y su divulgaci?n han generado una*falsa polémica". Al mismo tiempo, sin embargo, confirman que el texto se limita a "describir el marco constitucional" y el*"campo de acci?n del legislador",*que pude optar por el sistema de nombramiento que considere oportuno.
Por otro lado, el ?rgano recuerda que los cuatro magistrados del sector conservador*que votaron en contra de la decisi?n adoptada por mayor?a, "nada dijeron en sus votos discrepantes*sobre la retirada de dicha frase o sobre su impertinencia".*
La frase de la polémica dice expresamente que: "no existe una definici?n constitucional excluyente del sistema de nombramiento que de los vocales del CGPJ, siendo posible, dentro del marco constitucional, que la propuesta para su nombramiento*proceda en todo o en parte del Congreso o del Senado”.
Estas palabras encendieron a algunos vocales del sector conservador del Consejo General del Poder Judicial, que advierten que su significado, como*precedente jurisprudencial,*valida que el PSOE y sus socios puedan emprender una nueva reforma dirigida a*hurtar*al Senado su capacidad para elegir seis de los vocales*de origen judicial, que podr?an pasar ahora a ser cosa del Congreso de los Diputados.*
De este modo, la mayor?a progresista en la c?mara baja lograr?a el control sobre la designaci?n un total de 16 vocales (los judiciales m?s los cuatro juristas de reconocido prestigio que le corresponde),*sorteando as? el bloqueo del PP*para el acuerdo de renovaci?n. A esta tesis se sumaron asociaciones de jueces como*Francisco de Vitoria o el Foro Judicial Independiente.
Lectura sesgada
En su nota, el Constitucional se?ala que varios medios de comunicaci?n hab?an interpretado que el sentido de que la sentencia hab?a abierto posibilidad de que el Gobierno renueve parcialmente el CGPJ sin el Partido Popular. "Se trata de una lectura sesgada y descontextualizada de la sentencia, que ha generado una polémica con descalificaciones hacia este ?rgano constitucional", lamentan.
Seg?n el Tribunal, al analizar los l?mites que la Constituci?n fija al legislador cuando regule el CGPJ, la sentencia rese?aba la doctrina del Tribunal sobre el sistema de nombramiento y renovaci?n de sus miembros y las funciones que le conf?a. Seg?n esta doctrina,*los integrantes del Consejo, ya sean de procedencia judicial o elegidos entre juristas, estos ?ltimos*"forzosamente han de ser propuestos por las C?maras", no se deben en ning?n caso a un mandato imperativo.
*Es decir, se insiste desde el ?rgano,*"la Constituci?n no establece l?mite al legislador en este punto -ya se dec?a en una sentencia anterior, de 1986-, por lo que la ley*"puede optar que todos los miembros del Consejo sean designados por las Cortes Generales,*el llamado modelo parlamentario, o porque*los doce de procedencia judicial sean propuestos por los propios jueces". Este ?ltimo sistema ser?a el*reclamado por el propio Partido Popular*desde los tiempos del liderazgo de Pablo Casado.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/constitucional-niega-sentencia-cgpj-suponga-93581741)
Seg?n un comunicado hecho p?blico este viernes, el ?rgano*presidido por C?ndido Conde-Pumpido*aclara que en la citada resoluci?n "el Tribunal Constitucional no ha dicho nada sobre la futura renovaci?n del Consejo", y que "solo una lectura fuera de contexto de la sentencia y su divulgaci?n han generado una*falsa polémica". Al mismo tiempo, sin embargo, confirman que el texto se limita a "describir el marco constitucional" y el*"campo de acci?n del legislador",*que pude optar por el sistema de nombramiento que considere oportuno.
Por otro lado, el ?rgano recuerda que los cuatro magistrados del sector conservador*que votaron en contra de la decisi?n adoptada por mayor?a, "nada dijeron en sus votos discrepantes*sobre la retirada de dicha frase o sobre su impertinencia".*
La frase de la polémica dice expresamente que: "no existe una definici?n constitucional excluyente del sistema de nombramiento que de los vocales del CGPJ, siendo posible, dentro del marco constitucional, que la propuesta para su nombramiento*proceda en todo o en parte del Congreso o del Senado”.
Estas palabras encendieron a algunos vocales del sector conservador del Consejo General del Poder Judicial, que advierten que su significado, como*precedente jurisprudencial,*valida que el PSOE y sus socios puedan emprender una nueva reforma dirigida a*hurtar*al Senado su capacidad para elegir seis de los vocales*de origen judicial, que podr?an pasar ahora a ser cosa del Congreso de los Diputados.*
De este modo, la mayor?a progresista en la c?mara baja lograr?a el control sobre la designaci?n un total de 16 vocales (los judiciales m?s los cuatro juristas de reconocido prestigio que le corresponde),*sorteando as? el bloqueo del PP*para el acuerdo de renovaci?n. A esta tesis se sumaron asociaciones de jueces como*Francisco de Vitoria o el Foro Judicial Independiente.
Lectura sesgada
En su nota, el Constitucional se?ala que varios medios de comunicaci?n hab?an interpretado que el sentido de que la sentencia hab?a abierto posibilidad de que el Gobierno renueve parcialmente el CGPJ sin el Partido Popular. "Se trata de una lectura sesgada y descontextualizada de la sentencia, que ha generado una polémica con descalificaciones hacia este ?rgano constitucional", lamentan.
Seg?n el Tribunal, al analizar los l?mites que la Constituci?n fija al legislador cuando regule el CGPJ, la sentencia rese?aba la doctrina del Tribunal sobre el sistema de nombramiento y renovaci?n de sus miembros y las funciones que le conf?a. Seg?n esta doctrina,*los integrantes del Consejo, ya sean de procedencia judicial o elegidos entre juristas, estos ?ltimos*"forzosamente han de ser propuestos por las C?maras", no se deben en ning?n caso a un mandato imperativo.
*Es decir, se insiste desde el ?rgano,*"la Constituci?n no establece l?mite al legislador en este punto -ya se dec?a en una sentencia anterior, de 1986-, por lo que la ley*"puede optar que todos los miembros del Consejo sean designados por las Cortes Generales,*el llamado modelo parlamentario, o porque*los doce de procedencia judicial sean propuestos por los propios jueces". Este ?ltimo sistema ser?a el*reclamado por el propio Partido Popular*desde los tiempos del liderazgo de Pablo Casado.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/constitucional-niega-sentencia-cgpj-suponga-93581741)