الريــم
09-21-2023, 03:10 PM
Las medidas aprobadas el pasado mes de junio que avanzan en conciliaci?n para los operadores jur?dicos -unos derechos que trabajadores de otros sectores tienen perfectamente consolidados desde hace a?os- han permitido que por primera vez una jueza pueda cogerse quince d?as de permiso tras inscribirse como pareja de hecho. El Consejo General del Poder Judicial ha concedido los d?as tras realizar una interpretaci?n favorable de la norma (https://www.epe.es/es/sociedad/20230921/juez-obtiene-primera-vez-permiso-15-dias-pareja-de-hecho-92377755), ya que la formalizaci?n de la pareja tuvo lugar unos d?as antes que la entrada en vigor de la reforma.
La decisi?n ha sido adoptada este jueves por Comisi?n Permanente del ?rgano de gobierno de los jueces, que también acuerda proponer al Pleno la adaptaci?n a la nueva norma de la regulaci?n de otros permisos para los miembros de la Carrera Judicial.
Desde el pasado 30 de junio, los operadores jur?dicos tales como jueces, abogados etc pueden acogerse a la reforma que recoge la suspensi?n de vistas y procedimientos por enfermedad de las personas profesionales de la abogac?a o de sus familiares cercanos, as? como por nacimiento y cuidado de menores. A juicio del Consejo, se incluyen supuestos como el aplicado en este caso.
Informe de la Comisi?n de Igualdad
El Consejo ha basado su decisi?n en un informe emitido por la Comisi?n de Igualdad, que consider? que en este caso concurren losbrequisitos y las condiciones legales para autorizar la dispensa al equiparar los efectos de la constituci?n de pareja estable a la generaci?n del v?nculo matrimonial. También se tiene en cuenta la proximidad de las fechas entre la inscripci?n en el registro -que se produjo el 5 de junio- y la entrada en vigor de la norma el d?a 30 de ese mismo mes.
En cuanto a las adaptaciones a realizar, se propone al Pleno que se pueda conceder un permiso de cinco d?as h?biles por accidente o enfermedad graves, hospitalizaci?n o intervenci?n quir?rgica sin hospitalizaci?n que precise de reposo en casa del c?nyuge, pareja de hecho o parientes hasta determinado grado ,"as? como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el miembro de la Carrera Judicial en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella".
También propone que se conceda a jueces y magistrados un permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un a?o, hasta el momento en que el menor cumpla ocho a?os. Este permiso constituye, a juicio del consejo "un derecho individual de las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio". Tendr? una duraci?n no superior a ocho semanas.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/sociedad/jueza-obtiene-primera-vez-permiso-92379901)
La decisi?n ha sido adoptada este jueves por Comisi?n Permanente del ?rgano de gobierno de los jueces, que también acuerda proponer al Pleno la adaptaci?n a la nueva norma de la regulaci?n de otros permisos para los miembros de la Carrera Judicial.
Desde el pasado 30 de junio, los operadores jur?dicos tales como jueces, abogados etc pueden acogerse a la reforma que recoge la suspensi?n de vistas y procedimientos por enfermedad de las personas profesionales de la abogac?a o de sus familiares cercanos, as? como por nacimiento y cuidado de menores. A juicio del Consejo, se incluyen supuestos como el aplicado en este caso.
Informe de la Comisi?n de Igualdad
El Consejo ha basado su decisi?n en un informe emitido por la Comisi?n de Igualdad, que consider? que en este caso concurren losbrequisitos y las condiciones legales para autorizar la dispensa al equiparar los efectos de la constituci?n de pareja estable a la generaci?n del v?nculo matrimonial. También se tiene en cuenta la proximidad de las fechas entre la inscripci?n en el registro -que se produjo el 5 de junio- y la entrada en vigor de la norma el d?a 30 de ese mismo mes.
En cuanto a las adaptaciones a realizar, se propone al Pleno que se pueda conceder un permiso de cinco d?as h?biles por accidente o enfermedad graves, hospitalizaci?n o intervenci?n quir?rgica sin hospitalizaci?n que precise de reposo en casa del c?nyuge, pareja de hecho o parientes hasta determinado grado ,"as? como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el miembro de la Carrera Judicial en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella".
También propone que se conceda a jueces y magistrados un permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un a?o, hasta el momento en que el menor cumpla ocho a?os. Este permiso constituye, a juicio del consejo "un derecho individual de las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio". Tendr? una duraci?n no superior a ocho semanas.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/sociedad/jueza-obtiene-primera-vez-permiso-92379901)