الريــم
08-30-2023, 04:47 PM
"A ti te chupaba yo la almeja: para una vez que iba a acostarme con una, que tenga el co?o limpio"; "todo el mundo dice que soy un pervertido y todo eso, pero nadie puede denunciarme porque me masturbe pensando en ti"; "no seas como otras que me quieren denunciar". Son algunos de los mensajes que, mediante la aplicaci?n WhatsApp, mand? a una compa?era un funcionario del Ayuntamiento de la localidad murciana de Abar?n que acab?, cuando se destap? lo sucedido, condenado por acoso sexual. No son los ?nicos: "Solo t? me la pones veintea?era", rezaba otro.
"Nadie puede denunciarme porque me masturbe pensando en ti", escribi? el sujeto
Aunque la sentencia del Juzgado de lo Penal N? 2 de Murcia se dict? en noviembre de 2022, el individuo recurri? y ahora la Audiencia Provincial ha desestimado su recurso y confirmado la resoluci?n: cinco meses de c?rcel e inhabilitaci?n especial para empleo o cargo p?blico. Esto es, deja de ser funcionario. Durante tres a?os no podr? acercarse a menos de cien metros de la mujer a la que acos? y que lo llev? a los tribunales. Tampoco comunicarse con ella por medio alguno.
Los hechos que se consideran probados acontecieron durante varios a?os y estallaron hace un lustro, cuando una de las v?ctimas denunci? el caso. El individuo, que ahora tiene 51 a?os, era funcionario de carrera en el Consistorio, ubicado en la Plaza Vieja de este municipio, y desde su puesto se dedicaba a "humillar y mancillar a sus compa?eras de la funci?n p?blica, aprovechando su cargo".
"Esas expresiones, en un contexto laboral y no de ocio, son m?s que frases grotescas, por m?s que provocasen risas de otros", entiende el tribunal
Es m?s, «ocasionalmente, al comenzar la jornada laboral, besaba a sus compa?eras de manera sorpresiva al entrar al centro de trabajo", detalla el relato de hechos probados. La compa?era que decidi? poner en conocimiento de la Justicia lo que pasaba recibi? en una ocasi?n por WhatsApp una foto del sujeto «con el torso desnudo y gesto insinuante". También mensajes de texto como: «No te imaginas la de gente que me tilda de pervertido y luego quiere algo conmigo".
"Solicitud expresa"
En su recurso, la defensa del individuo aleg? que "a lo sumo" lo que hizo podr?a tipificarse como "una falta de vejaciones injustas". "No concurren los requisitos consistente en la solicitud de favores de naturaleza sexual, no se ha colocado a la v?ctima en una situaci?n objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, no existe una relaci?n laboral habitual o continuada entre v?ctima y autor", sostuvo.
El tribunal, al rechazar el recurso, manifiesta que 2respecto de la solicitud de favores sexuales, es evidente que en los comportamientos desarrollados por el acusado frente a la perjudicada no existe una solicitud expresa, pero s? t?cita".
En este sentido, subraya la Audiencia que "el hecho de mandar un mensaje con una foto con el torso desnudo, la proliferaci?n de comentarios como ‘solo t? me la pones veintea?era’ o ‘a ti te chupaba yo la almeja, para una vez que iba a acostarme con una que tenga el co?o limpio’, desarrollado a lo largo del tiempo, implica indirectamente, dicha solicitud, sin que sea necesario, como se ha indicado, que la petici?n sea expresa". "Y esas expresiones, en el contexto en el que se produjeron, que no era de ocio, sino, al contrario, en un contexto laboral, desarrolladas a lo largo del tiempo, exceden de frases malsonantes o grotescas que podr?an dar lugar a la antigua y ya derogada falta de vejaciones injustas, por m?s que pudiesen provocar las risas de otras personas que estaban presentes cuando se profirieron, mas no de la que las recibi?», hace hincapié la sentencia.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/sucesos/acoso-ayuntamiento-murcia-chupaba-almeja-91500320)
"Nadie puede denunciarme porque me masturbe pensando en ti", escribi? el sujeto
Aunque la sentencia del Juzgado de lo Penal N? 2 de Murcia se dict? en noviembre de 2022, el individuo recurri? y ahora la Audiencia Provincial ha desestimado su recurso y confirmado la resoluci?n: cinco meses de c?rcel e inhabilitaci?n especial para empleo o cargo p?blico. Esto es, deja de ser funcionario. Durante tres a?os no podr? acercarse a menos de cien metros de la mujer a la que acos? y que lo llev? a los tribunales. Tampoco comunicarse con ella por medio alguno.
Los hechos que se consideran probados acontecieron durante varios a?os y estallaron hace un lustro, cuando una de las v?ctimas denunci? el caso. El individuo, que ahora tiene 51 a?os, era funcionario de carrera en el Consistorio, ubicado en la Plaza Vieja de este municipio, y desde su puesto se dedicaba a "humillar y mancillar a sus compa?eras de la funci?n p?blica, aprovechando su cargo".
"Esas expresiones, en un contexto laboral y no de ocio, son m?s que frases grotescas, por m?s que provocasen risas de otros", entiende el tribunal
Es m?s, «ocasionalmente, al comenzar la jornada laboral, besaba a sus compa?eras de manera sorpresiva al entrar al centro de trabajo", detalla el relato de hechos probados. La compa?era que decidi? poner en conocimiento de la Justicia lo que pasaba recibi? en una ocasi?n por WhatsApp una foto del sujeto «con el torso desnudo y gesto insinuante". También mensajes de texto como: «No te imaginas la de gente que me tilda de pervertido y luego quiere algo conmigo".
"Solicitud expresa"
En su recurso, la defensa del individuo aleg? que "a lo sumo" lo que hizo podr?a tipificarse como "una falta de vejaciones injustas". "No concurren los requisitos consistente en la solicitud de favores de naturaleza sexual, no se ha colocado a la v?ctima en una situaci?n objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, no existe una relaci?n laboral habitual o continuada entre v?ctima y autor", sostuvo.
El tribunal, al rechazar el recurso, manifiesta que 2respecto de la solicitud de favores sexuales, es evidente que en los comportamientos desarrollados por el acusado frente a la perjudicada no existe una solicitud expresa, pero s? t?cita".
En este sentido, subraya la Audiencia que "el hecho de mandar un mensaje con una foto con el torso desnudo, la proliferaci?n de comentarios como ‘solo t? me la pones veintea?era’ o ‘a ti te chupaba yo la almeja, para una vez que iba a acostarme con una que tenga el co?o limpio’, desarrollado a lo largo del tiempo, implica indirectamente, dicha solicitud, sin que sea necesario, como se ha indicado, que la petici?n sea expresa". "Y esas expresiones, en el contexto en el que se produjeron, que no era de ocio, sino, al contrario, en un contexto laboral, desarrolladas a lo largo del tiempo, exceden de frases malsonantes o grotescas que podr?an dar lugar a la antigua y ya derogada falta de vejaciones injustas, por m?s que pudiesen provocar las risas de otras personas que estaban presentes cuando se profirieron, mas no de la que las recibi?», hace hincapié la sentencia.
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