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مشاهدة النسخة كاملة : Cuatro a?os de c?rcel para un fisioterapeuta del Barça por abusar sexualmente de otra


الريــم
08-03-2023, 05:26 PM
Un hombre que trabajaba como fisioterapeuta en el F.C. Barcelona en 2016 ha sido condenado a cuatro a?os de c?rcel por realizar tocamientos a una empleada del club (https://www.epe.es/es/politica/20230803/cuatro-anos-carcel-fisioterapeuta-barcelona-abusos-sexuales-empleada-90621308) sin su consentimiento durante una sesi?n de fisioterapia que le hab?an prescrito para tratarla de una dolencia en las cervicales.

La Sala de lo Penal del Supremo otorga firmeza a esta condena, que hab?a sido previamente impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona, que juzg? el asunto, y validada por el Tribunal Superior de Catalu?a en apelaci?n.

El condenado trabajaba como fisioterapeuta y oste?pata en el club desde hac?a 30 a?os, primero, como coordinador y en el equipo de primera divisi?n, y en 2016, cuando ocurrieron los hechos, como fisioterapeuta de los empleados del club. La trabajadora sufr?a un bloqueo en la cabeza y el cuello derivado de la patolog?a que sufr?a y el médico del club le recomend? un tratamiento de fisioterapia.

Lleg? al pubis

Seg?n los hechos probados, en la tercera sesi?n, intent? masajear por la zona del abdomen bajando hasta la zona del pubis de la paciente, que le advirti? que ten?a la regla, instante en el que este par? el masaje. En la cuarta sesi?n realiz? tocamientos en los pechos y en el cl?toris a la paciente sin contar con su consentimiento. El condenado le pregunt? si se encontraba bien y ella contest? que s? para acabar con la situaci?n y salir de all?. Tras lo ocurrido, la mujer sufri? un trastorno adaptativo con ansiedad reactiva y estuvo dos meses de baja.

Adem?s de la citada pena de prisi?n de 4 a?os, la sentencia de primera instancia le impuso una pena accesoria de inhabilitaci?n especial para el ejercicio de la profesi?n de oste?pata o fisioterapeuta por un plazo de dos a?os y el pago de una indemnizaci?n de 10.000 euros por los da?os y perjuicios causados a la mujer. El FC Barcelona fue declarado responsable civil subsidiario de esa cantidad.

El tribunal en su sentencia, ponencia del magistrado Antonio del Moral, rechaza la hip?tesis del recurrente de que su actuaci?n estaba justificada sanitariamente y se?ala que las manifestaciones de la v?ctima sobre tocamientos en pechos y estiramientos en los pezones, con movimientos que de ninguna forma pueden justificarse desde una perspectiva terape?tica, privan en buena medida de crédito a los restantes alegatos del acusado.

A?ade que “si no se hubiesen producido esos masajes en los pechos, podr?a gozar de alguna -escasa, en todo caso- chance el argumentario encaminado a, al menos, generar dudas sobre los movimientos circulares con un dedo en el cl?toris; pero si se dan por veraces esos otros frotamientos, pierde verosimilitud la hip?tesis de que la introducci?n de dedos, de forma poco compatible con la praxis sanitaria (sin guantes), en la cavidad vaginal con los movimientos circulares que describe la v?ctima, formasen parte del tratamiento aplicado”. Asimismo, rechaza que la v?ctima haya fabulado con inexistentes tocamientos en los pezones; o que adornase su relato.

La sentencia explica que la argumentaci?n de la Audiencia al tratar la idoneidad terapéutica de los masajes intracavitarios “no puede considerarse como una aceptaci?n inmatizada de que, en efecto, el acusado, al hacer esas maniobras, se ajustaba estrictamente a exigencias profesionales, sino sencillamente como la indicaci?n de que, aunque se acepte (como acepta) que ese tipo de masajes pudieran estar indicados en algunos casos e incluso pudieran estarlo en el caso concreto, no se desvanecer?a el car?cter delictivo de los hechos, al sobrepasar el consentimiento prestado por la v?ctima”.

Agrega que “son actos de contenido sexual no legitimados por un inexistente consentimiento. Supone un salto en el vac?o decir que al no haber hecho protesta expresa -salvo las molestias por la menstruaci?n- en la sesi?n anterior y acudir a la siguiente cita, hab?a que dar por supuesto el consentimiento para esos peculiares masajes intravaginales. Tampoco puede tildarse de consentimiento el silencio ante una ambigua menci?n "ahora, el interior"; "ahora trabajaremos lo interno".

El tribunal considera “alambicadas e insostenibles” las especulaciones sobre una conspiraci?n de la empresa o algunos de sus empleados valiéndose de la v?ctima para lograr su cese. En este sentido, indica que “la v?ctima fuese alentada a denunciar por personal del Club, ni merma credibilidad a su relato ni, desde luego, priva de eficacia a la denuncia como condici?n requerida para la perseguibilidad”.



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/sucesos/cuatro-anos-carcel-fisioterapeuta-barca-90623507)

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