الريــم
07-20-2023, 10:54 PM
La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado abrir expediente sancionador a Vox por la contrataci?n de propaganda electoral antes del inicio de la campa?a para las elecciones generales del 23 de julio.
El organismo arbitral ha estimado parcialmente la denuncia que plante? el PSOE contra la formaci?n de Santiago Abascal por los anuncios con el lema 'S?nchez destruye Espa?a' que aparecieron publicados en el medio digital 'okdiario' antes del 7 de julio, cuando dio comienzo la campa?a para estos comicios.
El organismo arbitral ha adoptado este acuerdo por mayor?a pero ante su decisi?n se ha anunciado la presentaci?n de un voto particular.
Expediente a Aragonès
La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado adem?s abrir un expediente sancionador al presidente catal?n, Pere Aragonès, por las "connotaciones electoralistas" de un acto institucional celebrado cuando ya hab?an sido convocadas las elecciones generales del 23 de julio.
El PSC present? denuncia ante la JEC contra Aragonès y la consellera de Territorio, Ester Capella, por unas declaraciones que realizaron en la rueda de prensa del pasado 13 de julio, en la presentaci?n de mejoras de movilidad en la comarca barcelonesa del Maresme.
La JEC ha estimado parcialmente la denuncia, al considerar que aquella "presentaci?n de las mejoras de movilidad del Maresme, previstas con la aportaci?n de 384 millones de euros", del 13 de julio, "vulner? los apartados 2 y 3 del art?culo 50 de la Ley Org?nica de Régimen Electoral General (LOREG)".
En su resoluci?n, la JEC recuerda que la LOREG "proh?be, desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebraci?n, cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes p?blicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades p?blicas".
También proh?be, durante dicho periodo, "realizar cualquier acto de inauguraci?n de obras o servicios p?blicos o proyectos de estos".
En este caso, se?ala la JEC, en el acto en el que intervinieron Aragonès y Capella se quebrant? el "principio de neutralidad institucional".
Seg?n indica la JEC, en el acto "se utiliz? el emblema 'Generalitat de Catalunya', seguido de la consigna 'Siempre adelante', como encabezamiento de un texto en el que se pod?a leer: '384 M€ Mejora del Corredor N-II/C-32 en el Maresme', junto a otros textos relativos a las obras proyectadas".
Para la Junta Electoral, "todo ello constituye aparentemente una vulneraci?n de la prohibici?n de realizar actos de inauguraci?n de obras o servicios p?blicos o proyectos de éstos".
Adem?s, en el transcurso del acto, "se emitieron manifestaciones que quebrantaban el principio de neutralidad institucional", ya que Aragonès "reivindic? la gesti?n efectuada por el gobierno que él mismo preside" e "hizo elogio del nuevo proyecto".
También Capella "intervino para hacer elogio de la realizaci?n efectuada", a?ade la resoluci?n de la Junta Electoral Central.
La estimaci?n de la denuncia es parcial, porque la JEC considera que "algunas de las manifestaciones denunciadas, pero no todas, constituyen infracci?n" del art?culo 50.2 de la LOREG y porque "no se estima procedente la incoaci?n de expediente sancionador" a la consellera Capella.
"La realizaci?n de alusiones y apreciaciones valorativas con connotaci?n electoralista resulta leg?tima en el curso de un acto de campa?a o en el ordinario ejercicio de la libertad de expresi?n, pero no en el desempe?o de la actividad institucional propia de una autoridad p?blica", argumenta la JEC.
Adem?s, la JEC alerta de que "no ser?a ésta la primera vez" que Aragonès "estar?a quebrantando las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del art?culo 50 de la LOREG", puesto que ya fue requerido en dos ocasiones, el 19 de abril y el 28 de mayo de 2023, para que "extremase su diligencia con el fin de evitar vulnerar el deber de neutralidad en el curso de actos institucionales".
La JEC resuelve que las manifestaciones de Aragonès y Capella en el acto del 13 de julio "han vulnerado presuntamente la prohibici?n que dimana del art?culo 50.2 de la LOREG" y el propio acto de presentaci?n "infringe la prohibici?n de inauguraciones de proyectos de obras publicas" durante el periodo electoral, sin perjuicio de que dichas obras p?blicas puedan entrar en funcionamiento.
Por ello, considera que "procede la incoaci?n de expediente sancionador" a Aragonès "para dilucidar, en su caso, que la eventual infracci?n sea merecedora de sanci?n".
Asimismo, insta a Aragonès a que "dicte las instrucciones oportunas para que durante lo que resta de per?odo electoral sean retiradas de la web institucional las manifestaciones presuntamente valorativas anteriormente indicadas" y lo emplaza a él y a Capella a "extremar su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes p?blicos est?n obligados a respetar durante el proceso electoral".
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/junta-electoral-central-abre-expediente-90135695)
El organismo arbitral ha estimado parcialmente la denuncia que plante? el PSOE contra la formaci?n de Santiago Abascal por los anuncios con el lema 'S?nchez destruye Espa?a' que aparecieron publicados en el medio digital 'okdiario' antes del 7 de julio, cuando dio comienzo la campa?a para estos comicios.
El organismo arbitral ha adoptado este acuerdo por mayor?a pero ante su decisi?n se ha anunciado la presentaci?n de un voto particular.
Expediente a Aragonès
La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado adem?s abrir un expediente sancionador al presidente catal?n, Pere Aragonès, por las "connotaciones electoralistas" de un acto institucional celebrado cuando ya hab?an sido convocadas las elecciones generales del 23 de julio.
El PSC present? denuncia ante la JEC contra Aragonès y la consellera de Territorio, Ester Capella, por unas declaraciones que realizaron en la rueda de prensa del pasado 13 de julio, en la presentaci?n de mejoras de movilidad en la comarca barcelonesa del Maresme.
La JEC ha estimado parcialmente la denuncia, al considerar que aquella "presentaci?n de las mejoras de movilidad del Maresme, previstas con la aportaci?n de 384 millones de euros", del 13 de julio, "vulner? los apartados 2 y 3 del art?culo 50 de la Ley Org?nica de Régimen Electoral General (LOREG)".
En su resoluci?n, la JEC recuerda que la LOREG "proh?be, desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebraci?n, cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes p?blicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades p?blicas".
También proh?be, durante dicho periodo, "realizar cualquier acto de inauguraci?n de obras o servicios p?blicos o proyectos de estos".
En este caso, se?ala la JEC, en el acto en el que intervinieron Aragonès y Capella se quebrant? el "principio de neutralidad institucional".
Seg?n indica la JEC, en el acto "se utiliz? el emblema 'Generalitat de Catalunya', seguido de la consigna 'Siempre adelante', como encabezamiento de un texto en el que se pod?a leer: '384 M€ Mejora del Corredor N-II/C-32 en el Maresme', junto a otros textos relativos a las obras proyectadas".
Para la Junta Electoral, "todo ello constituye aparentemente una vulneraci?n de la prohibici?n de realizar actos de inauguraci?n de obras o servicios p?blicos o proyectos de éstos".
Adem?s, en el transcurso del acto, "se emitieron manifestaciones que quebrantaban el principio de neutralidad institucional", ya que Aragonès "reivindic? la gesti?n efectuada por el gobierno que él mismo preside" e "hizo elogio del nuevo proyecto".
También Capella "intervino para hacer elogio de la realizaci?n efectuada", a?ade la resoluci?n de la Junta Electoral Central.
La estimaci?n de la denuncia es parcial, porque la JEC considera que "algunas de las manifestaciones denunciadas, pero no todas, constituyen infracci?n" del art?culo 50.2 de la LOREG y porque "no se estima procedente la incoaci?n de expediente sancionador" a la consellera Capella.
"La realizaci?n de alusiones y apreciaciones valorativas con connotaci?n electoralista resulta leg?tima en el curso de un acto de campa?a o en el ordinario ejercicio de la libertad de expresi?n, pero no en el desempe?o de la actividad institucional propia de una autoridad p?blica", argumenta la JEC.
Adem?s, la JEC alerta de que "no ser?a ésta la primera vez" que Aragonès "estar?a quebrantando las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del art?culo 50 de la LOREG", puesto que ya fue requerido en dos ocasiones, el 19 de abril y el 28 de mayo de 2023, para que "extremase su diligencia con el fin de evitar vulnerar el deber de neutralidad en el curso de actos institucionales".
La JEC resuelve que las manifestaciones de Aragonès y Capella en el acto del 13 de julio "han vulnerado presuntamente la prohibici?n que dimana del art?culo 50.2 de la LOREG" y el propio acto de presentaci?n "infringe la prohibici?n de inauguraciones de proyectos de obras publicas" durante el periodo electoral, sin perjuicio de que dichas obras p?blicas puedan entrar en funcionamiento.
Por ello, considera que "procede la incoaci?n de expediente sancionador" a Aragonès "para dilucidar, en su caso, que la eventual infracci?n sea merecedora de sanci?n".
Asimismo, insta a Aragonès a que "dicte las instrucciones oportunas para que durante lo que resta de per?odo electoral sean retiradas de la web institucional las manifestaciones presuntamente valorativas anteriormente indicadas" y lo emplaza a él y a Capella a "extremar su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes p?blicos est?n obligados a respetar durante el proceso electoral".
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