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مشاهدة النسخة كاملة : La justicia europea retira la inmunidad a Carles Puigdemont y da v?a libre a nuevas e


الريــم
07-05-2023, 11:45 AM
El Tribunal General de la Uni?n Europea (TGUE) ya se ha pronunciado y sus sentencias han supuesto un duro revés a las pretensiones del expresident Carles Puigdemont para acelerar su vuelta a Espa?a, al avalar la actuaci?n del Parlamento Europeo en la tramitaci?n de un suplicatorio para poder actuar penalmente contra él y, por tanto, retirarle la inmunidad parlamentaria, lo que abre la puerta a que el instructor del procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, vuelva a cursar nuevas euro?rdenes para tratar de nuevo conseguir su entrega.

El fallo del TGUE, que Puigdemont ya ha anunciado en Twitter que recurrir? ante el Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea (TJUE), ten?a que resolver las demandas presentadas por el exjefe de la Generalitat contra dos decisiones del Parlamento Europeo. En primer lugar, la decisi?n de su presidente fallecido David Sassoli de dar tr?mite al suplicatorio cursado en su contra por el instructor del procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, y luego de su misma concesi?n por la C?mara, seg?n su defensa, ejercida por el abogado Gonzalo Boye, en contra de medio centenar de precedentes.

Res no s’acaba, ben al contrari. Tot continua. Presentarem recurs al TJUE, i defensarem fins al final els nostres drets fonamentals, que s?n també els drets fonamentals dels catalans i els europeus. Amb el mateix esperit del primer dia, treballant per guanyar la llibertat.…

— krls.eth / Carles Puigdemont (@KRLS) 5 de julio de 2023 (https://twitter.com/KRLS/status/1676495710261329921?ref_src=twsrc%5Etfw)En sendas resoluciones, el Tribunal General ha rechazado la demanda interpuesta contra el escrito del presidente del Parlamento que en su respuesta a la solicitud de amparo de la inmunidad de Puigdemont y el exconseller que le acompa?? en su huida Toni Com?n, "llamando la atenci?n sobre el hecho de que el Parlamento no pod?a considerarlos miembros a falta de que las autoridades espa?olas notificaran oficialmente su elecci?n", lo que no se produjo por no presentarse en el Congreso para acatar la Constituci?n.

Fue tras la sentencia del Tribunal de Justicia del 19 de diciembre de 2019 que declar? que el presidente de ERC, Oriol Junqueras, adquiri? la condici?n de eurodiputado al resultar elegido, cuando Puigdemont y Com?n también la lograron con efectos desde el 2 de julio de 2019. El mismo d?a en que el Parlamento Euoropeo acataba la sentencia del TJUE, el Supremo present? un suplicatorio para que se les suspendiera la inmunidad parlamentaria. El de Clara Ponsat? se formul? en febrero de 2020, una vez que adquiri? la condici?n de europarlamentaria tras el Brexit. El Parlamento Europeo levant? al inmunidad de los tres en marzo de 2021.

El Tribunal General considera que, mediante la decisi?n contenida en su escrito de 10 de diciembre de 2019, el presidente del Parlamento, en esencia, rehus? impl?citamente comunicar al Pleno la solicitud de amparo de la inmunidad de Puigdemont y Com?n, pero considera que, en cualquier caso, esa decisi?n de amparo no pod?a producir efectos jur?dicos obligatorios, de modo que esa negativa impl?cita (al igual que habr?a ocurrido con una hipotética decisi?n de amparar la inmunidad que se hubiera adoptado) no constituye un acto recurrible.

El Parlamento Europeo, explica la resoluci?n, no puede adoptar decisiones de amparo de la inmunidad que surtan efectos jur?dicos vinculantes para las autoridades judiciales espa?olas, ni sobre la base de la competencia exclusiva que tiene para suspender esa inmunidad, ni sobre la base del Derecho nacional al que remite el Derecho de la Uni?n.

Hechos anteriores

En una segunda sentencia, el Tribunal General rechaza la demanda de Puigdemont, Com?n y Ponsat? contra las decisiones del Parlamentoque condujeron a admitir los suplicatorios y, por tanto, suspender su inmunidad. Rechaza todos los motivos formulados por los tres diputados, en particular, las relativas a que el Parlamento incurri? en error al concluir que el referido proceso judicial no se inco? con la intenci?n de da?ar la actividad pol?tica de los diputados, que se presentan como v?ctimas de una persecuci?n ideol?gica.

Para llegar a esa conclusi?n, el Parlamento se bas? en diversos elementos, conjuntamente considerados, a saber, que los hechos imputados se hab?an cometido en 2017, mientras que los diputados adquirieron la condici?n de miembros del Parlamento el 13 de junio de 2019, as? como que, por un lado, fueron procesados el 21 de marzo de 2018, es decir, en un momento en que la adquisici?n de la condici?n de diputado europeo era hipotética, y, por otro lado, ese procesamiento afectaba también a otras personas que no eran miembros del Parlamento. Seg?n el Tribunal General, al examinar un suplicatorio de suspensi?n de la inmunidad, no corresponde al Parlamento analizar la legalidad de los actos judiciales espa?oles, pues esta cuesti?n es competencia exclusiva de las autoridades nacionales.

El Tribunal General niega que el Parlamento haya violado el principio de imparcialidad en la comisi?n de Asuntos Jur?dicos (Iuri), como alegaban los eurodiputados catalanes. Se?ala que la rotaci?n en igualdad de condiciones de la funci?n de ponente no impide que se designe solo a uno para examinar varios expedientes de inmunidad conexos cuando, como en el presente caso, los suplicatorios de suspensi?n de la inmunidad se refieren al mismo proceso penal.

A?ade que la funci?n de ponente se encomienda a un diputado, que, por definici?n, no es pol?ticamente neutro, porque siempre forma parte de un grupo pol?tico determinado, aunque act?a en el marco de una comisi?n parlamentaria, cuya composici?n refleja el equilibrio de los grupos pol?ticos en el Parlamento.

El Tribunal General indica que el ponente encargado del suplicatorio de suspensi?n de la inmunidad de Puigdemont fue designado por la comisi?n de Asuntos Jur?dicos conforme al turno en igualdad de condiciones establecido entre los grupos pol?ticos. Y subraya que la pertenencia del ponente al grupo pol?tico europeo de los conservadores y reformistas europeos es en principio irrelevante para la apreciaci?n de su imparcialidad, incluso aunque formen parte de él diputados de Vox, que ejerci? la acci?n penal contra los tres diputados, porque esa situaci?n particular solo afecta a los diputados miembros de dicho partido, pero no puede ampliarse al conjunto de los miembros del grupo pol?tico solo porque compartan afinidades pol?ticas.



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