الريــم
04-24-2023, 03:00 PM
El Tribunal Supremo no abrir? causa al presidente de la Audiencia Nacional, José Ram?n Navarro, por el contenido de las conversaciones v?a WhatsApp que mantuvo con el que fuera n?mero dos del Ministerio del Interior, Francisco Mart?nez, en relaci?n con la investigaci?n que este ?rgano realizaba por su implicaci?n el el caso Kitchen.
La Sala de lo Penal ha inadmitido a tr?mite la querella interpuesta contra el magistrado por el que fuera ch?fer del extesorero del PP Luis B?rcenas, que encuentra que el contenido de dichas conversaciones podr?a constituir delito de revelaci?n de actuaciones declaradas secretas, con grave da?o para la causa que se instru?a contra el exsecretario de Estado de Seguridad, y que le sentar?n en el banquillo con una petici?n de c?rcel de 15 a?os por parte de la Fiscal?a Anticorrupci?n.
En su auto, cuya ponencia ha correspondido al magistrado Leopoldo Puente, el Supremo subraya que “ninguna concreta informaci?n reservada” es transmitida por Navarro a Mart?nez y que entre ellos exist?a una relaci?n de amistad.
Empat?a y amistad
En ese contexto, precisan los magistrados, “resulta plenamente comprensible la empat?a que el querellado muestra ante las tribulaciones de su amigo, tanto las de naturaleza pol?tica (indisociable en ese momento de su actividad profesional), relativas a si ser?a o no incluido en las listas electorales del partido popular, como las de car?cter jur?dico, con relaci?n a las imputaciones que frente al mismo se iban perfilando, de las que no se consideraba responsable”.
El tribunal considera que “no se advierte de la relaci?n circunstanciada de los hechos contenida en la querella, ni en el soporte documental que acompa?a a la misma, consistente en el resultado de las comunicaciones mantenidas a través de la aplicaci?n WhatsApp por los se?ores Mart?nez y Navarro, a lo largo, nada menos, de pr?cticamente un a?o, elemento ninguno que permita sustentar con un m?nimo rigor, ni siquiera en los términos indiciarios que resultan propios de la fase procesal en la que nos encontramos, las imputaciones que el querellante sostiene con relaci?n a la conducta del aforado”.
En su auto, concluye que se trata de un relato de hechos que “no permite identificar ninguno eventualmente constitutivo de delito” que pudiera vincularse, ni siquiera en los términos provisionales o prima facie que corresponden a este momento procesal al presidente de la Audiencia Nacional.
Mensajes de tranquilidad y afecto
Seg?n el Supremo, aunque Navarro env?a continuos mensajes de tranquilidad y afecto a su amigo y que es cierto que, en algunos de esos mensajes, se expresa en términos vagamente cooperativos, afirmando que “tratar? de enterarse”, que “est? intentado hablar, pero est? fuera de Madrid”, que “ma?ana le dice”, “que no le han comentado nada”, etc.
Para la Sala, sin embargo, ninguno de esos mensajes define o se refiere a ninguna clase de gesti?n concreta que pensara implementar con ese fin y, en ese sentido, afirma que comparte la valoraci?n del Ministerio Fiscal relativa a que sus respuestas son “meras evasivas” o “largas”.
Se?ala igualmente que el propio querellante reconoce la existencia de esa relaci?n de amistad entre ambos y que, en ese contexto, resulta insostenible que, a cambio de la informaci?n solicitada, como recoge la querella, el presidente de la Audiencia Nacional obten?a cenas y regalos del exn?mero dos de Interior.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/supremo-aprecia-presidente-audiencia-nacional-86425752)
La Sala de lo Penal ha inadmitido a tr?mite la querella interpuesta contra el magistrado por el que fuera ch?fer del extesorero del PP Luis B?rcenas, que encuentra que el contenido de dichas conversaciones podr?a constituir delito de revelaci?n de actuaciones declaradas secretas, con grave da?o para la causa que se instru?a contra el exsecretario de Estado de Seguridad, y que le sentar?n en el banquillo con una petici?n de c?rcel de 15 a?os por parte de la Fiscal?a Anticorrupci?n.
En su auto, cuya ponencia ha correspondido al magistrado Leopoldo Puente, el Supremo subraya que “ninguna concreta informaci?n reservada” es transmitida por Navarro a Mart?nez y que entre ellos exist?a una relaci?n de amistad.
Empat?a y amistad
En ese contexto, precisan los magistrados, “resulta plenamente comprensible la empat?a que el querellado muestra ante las tribulaciones de su amigo, tanto las de naturaleza pol?tica (indisociable en ese momento de su actividad profesional), relativas a si ser?a o no incluido en las listas electorales del partido popular, como las de car?cter jur?dico, con relaci?n a las imputaciones que frente al mismo se iban perfilando, de las que no se consideraba responsable”.
El tribunal considera que “no se advierte de la relaci?n circunstanciada de los hechos contenida en la querella, ni en el soporte documental que acompa?a a la misma, consistente en el resultado de las comunicaciones mantenidas a través de la aplicaci?n WhatsApp por los se?ores Mart?nez y Navarro, a lo largo, nada menos, de pr?cticamente un a?o, elemento ninguno que permita sustentar con un m?nimo rigor, ni siquiera en los términos indiciarios que resultan propios de la fase procesal en la que nos encontramos, las imputaciones que el querellante sostiene con relaci?n a la conducta del aforado”.
En su auto, concluye que se trata de un relato de hechos que “no permite identificar ninguno eventualmente constitutivo de delito” que pudiera vincularse, ni siquiera en los términos provisionales o prima facie que corresponden a este momento procesal al presidente de la Audiencia Nacional.
Mensajes de tranquilidad y afecto
Seg?n el Supremo, aunque Navarro env?a continuos mensajes de tranquilidad y afecto a su amigo y que es cierto que, en algunos de esos mensajes, se expresa en términos vagamente cooperativos, afirmando que “tratar? de enterarse”, que “est? intentado hablar, pero est? fuera de Madrid”, que “ma?ana le dice”, “que no le han comentado nada”, etc.
Para la Sala, sin embargo, ninguno de esos mensajes define o se refiere a ninguna clase de gesti?n concreta que pensara implementar con ese fin y, en ese sentido, afirma que comparte la valoraci?n del Ministerio Fiscal relativa a que sus respuestas son “meras evasivas” o “largas”.
Se?ala igualmente que el propio querellante reconoce la existencia de esa relaci?n de amistad entre ambos y que, en ese contexto, resulta insostenible que, a cambio de la informaci?n solicitada, como recoge la querella, el presidente de la Audiencia Nacional obten?a cenas y regalos del exn?mero dos de Interior.
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