الريــم
01-18-2023, 10:01 PM
La Secci?n de apelaci?n del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha rebajado de nueve a?os y medio a cuatro a?os y medio la condena a un joven condenado por violar a una amiga que se qued? a dormir en su casa en Sant Feliu de Gu?xols (Girona), en 2019, al aplicar laley del solo s? es s?.
El TSJC ha estimado parcialmente el recurso de la defensa presentado a mediados del pasado octubre contra la sentencia del 21 de mayo de la Audiencia Provincial de Girona y aplica esta reducci?n en base a la ley conocida como del solo s? es s?.
El pasado 17 de mayo, la pena que se estableci? para el agresor, que en el momento de los hechos ten?a diecinueve a?os, fue la de nueve a?os y medio de prisi?n, seis y medio por un delito de violaci?n y tres por el intento.
La defensa recurri? la sentencia y, ahora, el TSJC le absuelve del intento de agresi?n sexual y s?lo le condena por el delito consumado.
Adem?s, rebaja la pena por esa violaci?n en aplicaci?n de la Ley Org?nica de Garant?a Integral de la Libertad Sexual, la del solo s? es s?, porque resulta "m?s beneficiosa" para el acusado al situar la horquilla a entre cuatro y doce a?os.
El TSJC argumenta que la Audiencia de Girona, cuando la condena m?nima era de seis a?os, impuso seis y medio y, por ello, la modifica a la m?nima actual m?s seis meses.
Adem?s, se proh?be al violador que se acerque durante cuatro a?os a la v?ctima y se le castiga también con cinco a?os de libertad vigilada.
La sentencia de la Audiencia de Girona recog?a que el procesado, vecino de Sant Feliu de Gu?xols, y la agredida, una veraneante de Barcelona de dieciocho a?os, ten?an una relaci?n de amistad y de estrecha confianza desde hac?a a?os en el momento de los hechos.
La madrugada del 20 de abril del 2019, ambos fueron a una discoteca de Platja d'Aro y, después, se desplazaron a casa del ahora condenado para dormir como hab?an hecho en otras ocasiones.
Ya en el piso, la joven se fue a la habitaci?n de invitados y el procesado a la suya, pero éste fue después a la de la v?ctima, a la que le realiz? tocamientos mientras ésta le manifestaba "repetidamente" que la dejase y que no quer?a tener relaciones sexuales.
El hombre obvi? el mensaje, inmoviliz? a la mujer, la intent? violar sin éxito y se durmi? con ella hasta que, por la ma?ana, consum? la agresi?n.
Para condenarle, la Audiencia tuvo en cuenta la declaraci?n del amigo al que llam? la joven para que la pasase a buscar después de los hechos y también una conversaci?n de mensajer?a m?vil entre éste y el procesado en la que este ?ltimo reconoc?a lo sucedido y se disculpaba.
A falta de una explicaci?n congruente al respecto, la Audiencia concluy? que corroboraba “de forma di?fana el relato de la v?ctima” y descart? la versi?n del agresor de que la relaci?n hab?a sido consentida.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/sociedad/tsjc-rebaja-mitad-condena-violacion-81363383)
El TSJC ha estimado parcialmente el recurso de la defensa presentado a mediados del pasado octubre contra la sentencia del 21 de mayo de la Audiencia Provincial de Girona y aplica esta reducci?n en base a la ley conocida como del solo s? es s?.
El pasado 17 de mayo, la pena que se estableci? para el agresor, que en el momento de los hechos ten?a diecinueve a?os, fue la de nueve a?os y medio de prisi?n, seis y medio por un delito de violaci?n y tres por el intento.
La defensa recurri? la sentencia y, ahora, el TSJC le absuelve del intento de agresi?n sexual y s?lo le condena por el delito consumado.
Adem?s, rebaja la pena por esa violaci?n en aplicaci?n de la Ley Org?nica de Garant?a Integral de la Libertad Sexual, la del solo s? es s?, porque resulta "m?s beneficiosa" para el acusado al situar la horquilla a entre cuatro y doce a?os.
El TSJC argumenta que la Audiencia de Girona, cuando la condena m?nima era de seis a?os, impuso seis y medio y, por ello, la modifica a la m?nima actual m?s seis meses.
Adem?s, se proh?be al violador que se acerque durante cuatro a?os a la v?ctima y se le castiga también con cinco a?os de libertad vigilada.
La sentencia de la Audiencia de Girona recog?a que el procesado, vecino de Sant Feliu de Gu?xols, y la agredida, una veraneante de Barcelona de dieciocho a?os, ten?an una relaci?n de amistad y de estrecha confianza desde hac?a a?os en el momento de los hechos.
La madrugada del 20 de abril del 2019, ambos fueron a una discoteca de Platja d'Aro y, después, se desplazaron a casa del ahora condenado para dormir como hab?an hecho en otras ocasiones.
Ya en el piso, la joven se fue a la habitaci?n de invitados y el procesado a la suya, pero éste fue después a la de la v?ctima, a la que le realiz? tocamientos mientras ésta le manifestaba "repetidamente" que la dejase y que no quer?a tener relaciones sexuales.
El hombre obvi? el mensaje, inmoviliz? a la mujer, la intent? violar sin éxito y se durmi? con ella hasta que, por la ma?ana, consum? la agresi?n.
Para condenarle, la Audiencia tuvo en cuenta la declaraci?n del amigo al que llam? la joven para que la pasase a buscar después de los hechos y también una conversaci?n de mensajer?a m?vil entre éste y el procesado en la que este ?ltimo reconoc?a lo sucedido y se disculpaba.
A falta de una explicaci?n congruente al respecto, la Audiencia concluy? que corroboraba “de forma di?fana el relato de la v?ctima” y descart? la versi?n del agresor de que la relaci?n hab?a sido consentida.
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