الريــم
01-11-2023, 10:03 PM
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ultima la resoluci?n en la que plasmar? c?mo afecta la reforma del C?digo Penal que deroga la sedici?n y modifica la malversaci?n de caudales p?blicos, que entra en vigor este jueves, al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el resto de huidos. Dictado ese auto, la Sala que juzg? a los condenados por el 'procés' se dirigir? a las partes para recabar su parecer sobre c?mo debe ser aplicado el cambio legislativo a los que a?n tienen por cumplir pena de inhabilitaci?n.
Fuentes del alto tribunal se?alaron a EL PERI?DICO DE CATALUNYA, del grupo Prensa Ibérica, que la solicitud de informes se realizar? de forma "inminente" y primero se dirigir? a la fiscal?a y a la acusaci?n popular que ejerci? Vox; después, a las defensas, que ya han anunciado que solicitar?n la absoluci?n de los condenados o, en su caso, la rebaja de la inhabilitaci?n que a?n tengan pendientes.
La clave del auto que dictar? Llarena consistir? en determinar si la conducta de los huidos con Puigdemont a la cabeza, hasta ahora procesados por sedici?n, se puede enmarcar en el nuevo delito de des?rdenes p?blicos agravados o ser?a simplemente una mera desobediencia a las resoluciones del Constitucional.
En el caso de los pr?fugos de la justicia, al no haber sido juzgados y no contarse con una sentencia que deja negro sobre blanco el delito por el que se les conden? a partir de su conducta, es m?s sencillo determinar si esta puede ajustarse al nuevo delito o queda ahora fuera del C?digo Penal, teniendo en cuenta que el propio Puigdemont esgrimi? su derogaci?n ante la justicia europea frente a la reclamaci?n de entrega espa?ola.
En cuanto a la malversaci?n también es m?s sencillo que siga adelante sin problema en su caso puesto que la sentencia ya estableci? que el gasto superar?a los 250.000 euros, lo que mantendr?a el delito dentro de los tipos agravados. La f?rmula que prevé una rebaja de las penas y las sit?a hasta los cuatro a?os de prisi?n no parece que sea aplicable a su caso, ya que un referéndum ilegal es dif?cil que se pueda entender como un fin p?blico distinto a aquel para el que el dinero estaba presupuestado.
Vuelta a Espa?a
En cualquier caso la que puede tenerlo todo m?s f?cil es la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que solo estaba acusada de sedici?n, por lo que derogado el delito, si el juez Llarena entiende que su conducta no puede trasladarse al de des?rdenes p?blicos agravados, quedar?a exonerada de cualquier responsabilidad penal, lo que la permitir?a volver a Espa?a sin problema.
Cuando se conocieron las enmiendas con las que se reformaba el C?digo Penal, los magistrados del Supremo manifestaron distintos puntos de vista respecto a c?mo afectar?a el cambio legislativo a los condenados. Hab?a incluso quien sosten?a que desaparecida la sedici?n también lo har?a la malversaci?n, al haberse impuesto la condena por este segundo delito como medio para cometer el primero. Otros, en cambio, sosten?an que no porque la distracci?n de fondos p?blicos para fines ajenos siempre debe ser castigada.
En el caso de los condenados el quiz de la cuesti?n est? en la inhabilitaci?n que a?n les queda por cumplir, ya que todos ellos fueron indultados por el Gobierno de Pedro S?nchez.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/juez-llarena-ultima-revision-delitos-81060630)
Fuentes del alto tribunal se?alaron a EL PERI?DICO DE CATALUNYA, del grupo Prensa Ibérica, que la solicitud de informes se realizar? de forma "inminente" y primero se dirigir? a la fiscal?a y a la acusaci?n popular que ejerci? Vox; después, a las defensas, que ya han anunciado que solicitar?n la absoluci?n de los condenados o, en su caso, la rebaja de la inhabilitaci?n que a?n tengan pendientes.
La clave del auto que dictar? Llarena consistir? en determinar si la conducta de los huidos con Puigdemont a la cabeza, hasta ahora procesados por sedici?n, se puede enmarcar en el nuevo delito de des?rdenes p?blicos agravados o ser?a simplemente una mera desobediencia a las resoluciones del Constitucional.
En el caso de los pr?fugos de la justicia, al no haber sido juzgados y no contarse con una sentencia que deja negro sobre blanco el delito por el que se les conden? a partir de su conducta, es m?s sencillo determinar si esta puede ajustarse al nuevo delito o queda ahora fuera del C?digo Penal, teniendo en cuenta que el propio Puigdemont esgrimi? su derogaci?n ante la justicia europea frente a la reclamaci?n de entrega espa?ola.
En cuanto a la malversaci?n también es m?s sencillo que siga adelante sin problema en su caso puesto que la sentencia ya estableci? que el gasto superar?a los 250.000 euros, lo que mantendr?a el delito dentro de los tipos agravados. La f?rmula que prevé una rebaja de las penas y las sit?a hasta los cuatro a?os de prisi?n no parece que sea aplicable a su caso, ya que un referéndum ilegal es dif?cil que se pueda entender como un fin p?blico distinto a aquel para el que el dinero estaba presupuestado.
Vuelta a Espa?a
En cualquier caso la que puede tenerlo todo m?s f?cil es la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que solo estaba acusada de sedici?n, por lo que derogado el delito, si el juez Llarena entiende que su conducta no puede trasladarse al de des?rdenes p?blicos agravados, quedar?a exonerada de cualquier responsabilidad penal, lo que la permitir?a volver a Espa?a sin problema.
Cuando se conocieron las enmiendas con las que se reformaba el C?digo Penal, los magistrados del Supremo manifestaron distintos puntos de vista respecto a c?mo afectar?a el cambio legislativo a los condenados. Hab?a incluso quien sosten?a que desaparecida la sedici?n también lo har?a la malversaci?n, al haberse impuesto la condena por este segundo delito como medio para cometer el primero. Otros, en cambio, sosten?an que no porque la distracci?n de fondos p?blicos para fines ajenos siempre debe ser castigada.
En el caso de los condenados el quiz de la cuesti?n est? en la inhabilitaci?n que a?n les queda por cumplir, ya que todos ellos fueron indultados por el Gobierno de Pedro S?nchez.
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