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مشاهدة النسخة كاملة : El Supremo y otros tribunales reducen penas por corrupci?n y a abusadores sexuales po


الريــم
01-05-2023, 10:11 AM
La reciente aprobaci?n de la ley del 'solo s? es s?' por parte del Gobierno de coalici?n ha provocado, en las ?ltimas semanas, gran polémica social y cr?ticas de la oposici?n por los efectos colaterales que ha tenido y tiene, provocando reducci?n de penas y hasta excarcelaciones de algunos condenados por graves delitos sexuales.

Sin embargo esto no es la primera que ocurre dado que, seg?n sentencias de 2022 a las que ha tenido acceso EL PERI?DICO DE ESPA?A (https://www.epe.es/es/), del grupo Prensa Ibérica, la aplicaci?n de la reforma del C?digo Penal aprobado en 2015 por el Partido Popular ha provocado también la reducci?n de penas a condenados por delitos de abusos sexuales, pero también por apropiaci?n indebida y delitos de corrupci?n.

As? se desprende de al menos cuatro sentencias que han sido analizadas por este diario y que evidencian que, en virtud de la modificaci?n Penal que impuls? el PP desde el Ejecutivo, el Tribunal Supremo y otros ?rganos judiciales se han visto obligados a reducir los a?os de c?rcel de varias personas, que hab?an sido objeto de una condena firme.

De 16 a menos de 4 a?os por abusos sexuales y corrupci?n de menores

Uno de los fallos, rubricado el 14 de enero del pasado a?o por los magistrados del Tribunal Supremo Manuel Marchena (presidente), Ana Mar?a Ferrer Garc?a, Vicente Magro Servet, ?ngel Luis Hurtado Adri?n y Juan Ram?n Berdugo G?mez de la Torre, este ?ltimo en calidad de ponente, redujo la pena a tres a?os y once meses de prisi?n de un hombre que hab?a sido condenado a 16 a?os de c?rcel.

Previamente, la Secci?n Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz le consider? culpable de los delitos de abusos sexuales, corrupci?n de menores de 16 a?os y contra la salud p?blica, y por eso la pena era tan elevada. "La apreciaci?n de un concurso medial entre el delito de prostituci?n de menores y el delito contra la salud p?blica hace necesario una nueva individualizaci?n penol?gica, teniendo en cuenta la doctrina de esta Sala interpretativa del nuevo apartado 3 del art?culo 77 del C?digo Penal", alertaron los magistrados del Supremo en su sentencia, que también ten?a en cuenta el retraso judicial para bajar la pena. El condenado, de 26 a?os, hab?a obligado a una ni?a de 14 a?os a mantener relaciones sexuales a cambio de droga.

Tres a?os y 6 meses por robar 30 millones

En otra sentencia, de 17 de febrero de 2020 -pero que fue confirmada el 19 de enero de 2022 por el Tribunal Supremo-, la Audiencia Provincial de Madrid condenaba a un m?ximo de tres a?os y seis meses de c?rcel a tres empresarios que hab?an esquilmado una empresa, a la que sustrajeron casi 30 millones de euros.

Una pena tan baja para un montante tan elevado se adoptaba por el retraso en la instrucci?n, pero también en virtud de la reforma introducida en el art?culo 77 del C?digo Penal por la Ley Org?nica 1/2015 en cuanto a la penalidad a imponer para los supuestos de concursos mediales: "Puede ser objeto de aplicaci?n retroactiva puesto que contiene un regla penol?gica m?s favorable para los acusados", reconoc?a el fallo, que consideraba probado que los condenados hab?an cometido un delito continuado de apropiaci?n indebida en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

Cinco a?os menos para un caso de violencia de género

Una tercera sentencia, esta de octubre de 2020, muestra otra reducci?n de la pena en un caso de violencia contra la mujer. En concreto, un delito de asesinato en grado de tentativa en concurso medial con otro de allanamiento de morada de la pareja del reo, a quien asest? dos pu?aladas. Sin embargo, no acab? con la vida de la mujer, seg?n explica el fallo de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Este condenado, tras la modificaci?n penal del PP, se ha visto beneficiado de una reducci?n de cinco a?os de prisi?n, pues pasa de los 16 a 11 a?os de c?rcel, seg?n consta en la sentencia dictada por los magistrados del Tribunal Supremo Manuel Marchena G?mez, (presidente), Juli?n S?nchez Melgar, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, Vicente Magro Servet y Andrés Palomo Del Arco, este ?ltimo como ponente, que de forma literal indica su conclusi?n: "Concretar la pena de prisi?n impuesta en once a?os y un d?a, en vez de los dieciséis impuestos. Dejar sin efecto la pena de multa".

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dict? una cuarta sentencia cuyo contenido también evidencia una rebaja de una condena, aunque solo de un mes, pues pasa de dos a?os y siete meses a dos a?os y seis meses de c?rcel por un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con un delito continuado de estafa agravada.

Buscaba elevar las penas

Todas estas rebajas se producen después de que el 31 de marzo de 2015 el Bolet?n Oficial del Estado (https://www.boe.es/boe/dias/2015/03/31/pdfs/BOE-A-2015-3439.pdf) (BOE) publicara la reforma del C?digo Penal promovida por el PP que buscaba, seg?n explicaba esta formaci?n pol?tica, elevar las penas de diferentes delitos, llegando incluso a instaurar la prisi?n permanente revisable.

El pre?mbulo de la norma especificaba, de forma literal: "Se refuerza la punici?n de los llamados delitos de corrupci?n en el ?mbito de la Administraci?n p?blica. Con car?cter general, se elevan las penas de inhabilitaci?n previstas para este tipo de delitos, y se a?ade la imposici?n de penas de inhabilitaci?n especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo. Adem?s, se introducen nuevas figuras delictivas relacionadas con la financiaci?n ilegal de partidos pol?ticos".

Sin embargo, desde la entrada en vigor de la nueva normativa para los delitos mediales, tanto el Tribunal Supremo como el resto de ?rganos jurisdiccionales de toda Espa?a se han visto obligados a calcular penas m?s bajas, pero también a reducir varias de las que se hab?an impuesto, a semejanza de lo que ha ocurrido tras la aprobaci?n de la ley del 'S?lo s? es s?" del Ministerio de Igualdad de Irene Montero.

Advertencia de Madrigal

Poco después de aprobarse la modificaci?n del C?digo Penal en tiempos de Mariano Rajoy, la propia Fiscal?a General del Estado, entonces encabezada por Consuelo Madrigal (https://www.fiscal.es/-/excma-sra-d-consuelo-madrigal-martinez-pereda), advirti? en una circular firmada el 15 de julio de 2015 que pese a que la voluntad expresada por la mayor?a del PP en las Cortes Generales, lo cierto era que con este nuevo sistema para calcular las penas en los casos en los que hubiera varios delitos (mediales) "en ocasiones los hechos pueden ser sancionados con una pena inferior a la que corresponder?a conforme a la regla penol?gica prevista para el concurso ideal".

Adem?s, la Fiscal?a General explicaba que el nuevo sistema vendr?a a otorgar mayores m?rgenes de discrecionalidad al juez a la hora de concretar la pena imponible en supuestos de concurso medial, es decir, cuando se considera que un delito es consecuencia de otro.

El escrito del Ministerio P?blico iba m?s all? en sus cr?ticas contra la reforma del C?digo Penal del PP de Rajoy de 2015 y lamentaba que el Pre?mbulo de la LO 1/2015 no aclarara las reglas de determinaci?n de la pena en los supuestos de concurso medial.

Endurecer el régimen jur?dico

Asimismo, la Fiscal?a recordaba que el PP no hab?a aclarado su supuesta intenci?n de agravar las penas, pese a que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le hab?a advertido de forma literal en su informe al anteproyecto de ley de 2012: "Si lo que realmente se quiere es endurecer el régimen jur?dico del concurso medial se estima necesario instituir, para este supuesto, la imposici?n de la pena superior en grado, con el l?mite de la suma de las penas correspondiente a cada una de las infracciones”.

En el mismo sentido, el informe del Consejo de Estado al Anteproyecto de 2012, consider? que si el objetivo del Anteproyecto en este punto era, como parec?a deducirse del apartado IV de la exposici?n de motivos, "evitar las consecuencias arbitrarias que se plantean en la actualidad", el apartado 3 del art?culo 77 deber?a prever la imposici?n de la pena "superior en grado" a la que habr?a correspondido, en el caso concreto, por la infracci?n m?s grave, y no simplemente "una pena superior".

No siguieron las recomendaciones

"El hecho de que, pese a la doble advertencia, no se siguieran tales recomendaciones refuerza la tesis de que -m?s all? de la inicial voluntad del prelegislador- no se ha querido establecer tal regla penol?gica. Si lo que se pretend?a era establecer un tratamiento m?s severo para los casos de pluralidad delictiva deb?a haber seguido las recomendaciones del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado", completaba la circular de la Fiscal?a General del Estado de Consuelo Madrigal.

Las cr?ticas contra la modificaci?n de la Fiscal?a también tuvieron reflejo en una sentencia del Tribunal Supremo, firmada por el magistrado C?ndido Conde-Pumpido, quien en el recurso de casaci?n 863/2015 record? que el nuevo régimen del concurso medial establec?a "un marco punitivo complejo" que pod?a "generar dudas relevantes en su aplicaci?n". Adem?s, criticaba que en la exposici?n de motivos no se explicara el fundamento de esta reforma.

En el caso de la ley del 'solo s? es s?' del Gobierno de Pedro S?nchez el ?ltimo recuento de Europa Press eleva a m?s de 130 los condenados por delitos sexuales que se habr?an beneficiado de la aplicaci?n de la nueva normativa promovida por el Ministerio de Igualdad.



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/supremo-tribunales-reducen-penas-corrupcion-80707238)

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