الريــم
12-29-2022, 03:41 PM
El Tribunal Supremo ha anulado una condena a 9 a?os de prisi?n por varios delitos de robo y lesiones por falta de pruebas, al considerar probado que la Guardia Civil accedi?, sin su consentimiento y sin autorizaci?n judicial, a datos médicos, de los que obtuvo la identidad y el n?mero de teléfono que permiti? la condena.
La Sala de lo Penal estima parcialmente el recurso de casaci?n y anula la condena que impuso a un hombre la Audiencia Provincial de Alicante, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, por un delito de robo con violencia en casa habitada, con uso de arma y las agravantes de disfraz y reincidencia, as? como otro de robo con fuerza en casa habitada, dos delitos de lesiones y un delito leve de lesiones. Junto a él fueron también condenadas otras tres personas por robos en diversas localidades de la Comunidad Valenciana desde finales del 2019 a principios de 2020.
En su recurso el hombre denunciaba que una parte esencial de la prueba en su contra deb?a ser inv?lida, porque su responsabilidad en los hechos se le atribuy? con un informe médico que la Guardia Civil obtuvo en el hospital donde fue atendido de sus lesiones sin autorizaci?n judicial. Su argumento, que también esgrimi? sin éxito en las instancias inferiores, consist?a en que si los agentes no hubieran accedido a esos datos, que afectaban intensamente a su privacidad, no le hubieran identificado.
Sin anonimizar
El Supremo en su sentencia proclama la necesidad de contar con autorizaci?n del paciente o con autorizaci?n judicial para recabar datos médicos no anonimizados que pretendan ser utilizados en una investigaci?n delictiva. A?ade que, desde un plano de legalidad ordinaria, no se pone objeci?n a que datos personales, incluso los médicos cuando estén anonimizados, puedan ser cedidos por los centros sanitarios para una investigaci?n policial, incluso m?s all? de una investigaci?n concreta y espec?fica.
Pero la ley interna espa?ola, de conformidad con el ordenamiento europeo, impone que exista una autorizaci?n judicial y que esté espec?ficamente dirigida a un procedimiento de investigaci?n concreto, cuando se pretendan los datos cl?nico asistenciales correspondientes a un determinado e identificado individuo. De ah? que anule la actuaci?n policial de investigaci?n que llev? a la condena, porque en ellos constaban las lesiones sufridas poco d?as después del asalto.
Adem?s de las lesiones objetivas que observ? el médico, el parte recog?a la manifestaci?n del paciente sobre c?mo se hab?an causado, en concreto, que sufri? las lesiones como consecuencia de haber sido golpeado en el hombro con una maza y por haber sufrido después un accidente de tr?fico, hechos que coincid?an con la descripci?n del enfrentamiento mantenido con una de sus v?ctimas y con la localizaci?n del coche accidentado en el que hab?an huido.
La sentencia, en cambio, rechaza el recurso de otro de los condenados y confirma su condena a 25 a?os de prisi?n por cuatro delitos de robo con violencia en casa habitada, con uso de arma y agravante de disfraz, un delito continuado de robo en casa habitada, delito de integraci?n en grupo criminal y dos delitos de lesiones.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/supremo-anula-condena-9-anos-80489015)
La Sala de lo Penal estima parcialmente el recurso de casaci?n y anula la condena que impuso a un hombre la Audiencia Provincial de Alicante, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, por un delito de robo con violencia en casa habitada, con uso de arma y las agravantes de disfraz y reincidencia, as? como otro de robo con fuerza en casa habitada, dos delitos de lesiones y un delito leve de lesiones. Junto a él fueron también condenadas otras tres personas por robos en diversas localidades de la Comunidad Valenciana desde finales del 2019 a principios de 2020.
En su recurso el hombre denunciaba que una parte esencial de la prueba en su contra deb?a ser inv?lida, porque su responsabilidad en los hechos se le atribuy? con un informe médico que la Guardia Civil obtuvo en el hospital donde fue atendido de sus lesiones sin autorizaci?n judicial. Su argumento, que también esgrimi? sin éxito en las instancias inferiores, consist?a en que si los agentes no hubieran accedido a esos datos, que afectaban intensamente a su privacidad, no le hubieran identificado.
Sin anonimizar
El Supremo en su sentencia proclama la necesidad de contar con autorizaci?n del paciente o con autorizaci?n judicial para recabar datos médicos no anonimizados que pretendan ser utilizados en una investigaci?n delictiva. A?ade que, desde un plano de legalidad ordinaria, no se pone objeci?n a que datos personales, incluso los médicos cuando estén anonimizados, puedan ser cedidos por los centros sanitarios para una investigaci?n policial, incluso m?s all? de una investigaci?n concreta y espec?fica.
Pero la ley interna espa?ola, de conformidad con el ordenamiento europeo, impone que exista una autorizaci?n judicial y que esté espec?ficamente dirigida a un procedimiento de investigaci?n concreto, cuando se pretendan los datos cl?nico asistenciales correspondientes a un determinado e identificado individuo. De ah? que anule la actuaci?n policial de investigaci?n que llev? a la condena, porque en ellos constaban las lesiones sufridas poco d?as después del asalto.
Adem?s de las lesiones objetivas que observ? el médico, el parte recog?a la manifestaci?n del paciente sobre c?mo se hab?an causado, en concreto, que sufri? las lesiones como consecuencia de haber sido golpeado en el hombro con una maza y por haber sufrido después un accidente de tr?fico, hechos que coincid?an con la descripci?n del enfrentamiento mantenido con una de sus v?ctimas y con la localizaci?n del coche accidentado en el que hab?an huido.
La sentencia, en cambio, rechaza el recurso de otro de los condenados y confirma su condena a 25 a?os de prisi?n por cuatro delitos de robo con violencia en casa habitada, con uso de arma y agravante de disfraz, un delito continuado de robo en casa habitada, delito de integraci?n en grupo criminal y dos delitos de lesiones.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/supremo-anula-condena-9-anos-80489015)