الريــم
12-22-2022, 04:48 PM
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha establecido como doctrina legal unificada en materia penitenciaria que cuando una progresi?n de grado suponga la excarcelaci?n de un preso, en delitos graves, el recurso del fiscal tendr? efecto suspensivo hasta que el tribunal que conden? revise la decisi?n. De esta forma se evita la diferencia situaci?n que se vivi? en el 'procés' con las mujeres y los hombres condenados, porque ellas esperaron el revocamiento del tercer grado en libertad y ellos presos por los mismos hechos.
En concreto, el alto tribunal en dos sentencias, en las que da la raz?n al ministerio p?blico, declara que “en el caso de delitos graves, la decisi?n de progresi?n a clasificaci?n que faculte la excarcelaci?n del interno, como sucede con el tercer grado, adoptada ya sea por el ?rgano administrativo ya sea por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, cuando sea recurrida por el fiscal, dicho recurso producir? efecto suspensivo, que se mantendr? hasta la resoluci?n del tribunal sentenciador, con car?cter preferente y urgente, bien del referido efecto o bien del fondo de la cuesti?n”.
Por asesinato
As? el Supremo procede a unificar doctrina en materia de vigilancia penitenciaria contra autos de la Audiencia Provincial de Barcelona, de enero de 2022, en los que, como hab?a hecho previamente el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n?mero 2 de Catalu?a, desestim? la petici?n de la fiscal?a de que suspendiese los efectos de la progresi?n a tercer grado penitenciario acordada por la Secretar?a de Medidas Penales, Reinserci?n y Atenci?n a la V?ctima de la Generalitat de Catalu?a.
El ministerio p?blico quer?a que los dos condenados a 20 a?os de prisi?n por un delito de asesinato siguiesen en prisi?n, mientras se resolv?a sus recursos contra la progresi?n de grado acordada, aunque a?n no hab?an cumplido la mitad de la pena impuesta. La sentencia del Tribunal Supremo cuenta con un voto particular discrepante de dos de los cinco magistrados que la firman.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/supremo-establece-recurso-fiscal-anula-80309973)
En concreto, el alto tribunal en dos sentencias, en las que da la raz?n al ministerio p?blico, declara que “en el caso de delitos graves, la decisi?n de progresi?n a clasificaci?n que faculte la excarcelaci?n del interno, como sucede con el tercer grado, adoptada ya sea por el ?rgano administrativo ya sea por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, cuando sea recurrida por el fiscal, dicho recurso producir? efecto suspensivo, que se mantendr? hasta la resoluci?n del tribunal sentenciador, con car?cter preferente y urgente, bien del referido efecto o bien del fondo de la cuesti?n”.
Por asesinato
As? el Supremo procede a unificar doctrina en materia de vigilancia penitenciaria contra autos de la Audiencia Provincial de Barcelona, de enero de 2022, en los que, como hab?a hecho previamente el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n?mero 2 de Catalu?a, desestim? la petici?n de la fiscal?a de que suspendiese los efectos de la progresi?n a tercer grado penitenciario acordada por la Secretar?a de Medidas Penales, Reinserci?n y Atenci?n a la V?ctima de la Generalitat de Catalu?a.
El ministerio p?blico quer?a que los dos condenados a 20 a?os de prisi?n por un delito de asesinato siguiesen en prisi?n, mientras se resolv?a sus recursos contra la progresi?n de grado acordada, aunque a?n no hab?an cumplido la mitad de la pena impuesta. La sentencia del Tribunal Supremo cuenta con un voto particular discrepante de dos de los cinco magistrados que la firman.
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