الريــم
12-14-2022, 01:36 PM
El Tribunal Supremo ha fijado que la aplicaci?n de la Ley Org?nica de Garant?a Integral de Libertad Sexual, la llamada 'ley del solo s? es s?', es "obligatoria" por ser "m?s favorable" al reo, en la sentencia dictada al resolver los recursos de casaci?n del 'caso Arandina', cuyo fallo se adelant? el pasado 29 de noviembre pero se ha conocido ?ntegramente este miércoles.
La decisi?n del Supremo de condenar a dos exjugadores de la Arandina a 9 a?os de prisi?n supone elevar las penas de ambos condenados --desde los 4 y 3 a?os que hab?a fijado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le?n (TSJCyL)-- tras eliminar la atenuante que se hab?a apreciado por la cercan?a de edad y madurez entre condenados y v?ctima. La Fiscal?a ped?a 10 a?os de c?rcel para los dos, pero el tribunal lo ha dejado en un a?o menos por la aplicaci?n de la 'ley del solo s? es s?'.
El Supremo ha explicado que "la acomodaci?n de la pena al nuevo texto penal tras la LO 10/2022 es obligatoria por aplicarse la retroactividad de la ley penal m?s favorable al reo en virtud de ley posterior m?s beneficiosa, como en este caso ha ocurrido".
En este sentido, los magistrados han apuntado también que el proceso de revisi?n de penas alcanza "no solo a las que se encuentren en fase de ejecuci?n, sino, también, a las que se encuentren en fase de dictado de sentencia, bien en plena terminaci?n de juicio oral, bien en virtud de resoluci?n de recurso de apelaci?n o de recurso de casaci?n, valorando si la pena a imponer puede ser m?s beneficiosa".
La decisi?n de la Sala de lo Penal ha contado con el voto particular del magistrado ?ngel Luis Hurtado, quien ha entendido que se debi? mantener la atenuante anal?gica que ya aplic? el TSJ castellano-leonés, con una leve reducci?n de penas al considerar también m?s beneficiosa la nueva ley.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/ts-fija-aplique-ley-caso-79945791)
La decisi?n del Supremo de condenar a dos exjugadores de la Arandina a 9 a?os de prisi?n supone elevar las penas de ambos condenados --desde los 4 y 3 a?os que hab?a fijado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le?n (TSJCyL)-- tras eliminar la atenuante que se hab?a apreciado por la cercan?a de edad y madurez entre condenados y v?ctima. La Fiscal?a ped?a 10 a?os de c?rcel para los dos, pero el tribunal lo ha dejado en un a?o menos por la aplicaci?n de la 'ley del solo s? es s?'.
El Supremo ha explicado que "la acomodaci?n de la pena al nuevo texto penal tras la LO 10/2022 es obligatoria por aplicarse la retroactividad de la ley penal m?s favorable al reo en virtud de ley posterior m?s beneficiosa, como en este caso ha ocurrido".
En este sentido, los magistrados han apuntado también que el proceso de revisi?n de penas alcanza "no solo a las que se encuentren en fase de ejecuci?n, sino, también, a las que se encuentren en fase de dictado de sentencia, bien en plena terminaci?n de juicio oral, bien en virtud de resoluci?n de recurso de apelaci?n o de recurso de casaci?n, valorando si la pena a imponer puede ser m?s beneficiosa".
La decisi?n de la Sala de lo Penal ha contado con el voto particular del magistrado ?ngel Luis Hurtado, quien ha entendido que se debi? mantener la atenuante anal?gica que ya aplic? el TSJ castellano-leonés, con una leve reducci?n de penas al considerar también m?s beneficiosa la nueva ley.
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