الريــم
11-29-2022, 06:37 PM
El anteproyecto de la ley integral contra la trata (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/consejo-ministros-tramita-anteproyecto-ley-79269718) plantea penas de prisi?n de seis meses a cuatro a?os para quien haga uso de servicios o prestaciones de las v?ctimas, entre las que destacan las mujeres forzadas a prostituirse, y garantiza a las v?ctimas una asistencia integral, con autorizaciones de residencia y trabajo provisionales.
El texto aprobado este martes por el Consejo de Ministros persigue todas las formas de explotaci?n vinculadas a la trata: la esclavitud, la servidumbre y los trabajos o servicios forzosos, la mendicidad, la realizaci?n de actividades delictivas, la prestaci?n de servicios sexuales o reproductivos, la extracci?n de ?rganos o tejidos y los matrimonios o las uniones de hecho forzadas.
Una Relator?a Nacional sobre Trata y Explotaci?n de Seres Humanos coordinar? todas las pol?ticas p?blicas.
Estos son varios de los ejes del anteproyecto:
Reformas penales
El anteproyecto reorganiza y precisa en el C?digo Penal la persecuci?n de la trata y la explotaci?n de seres humanos, tipificando los delitos de trabajos forzosos, servidumbre y esclavitud.
Para desincentivar la demanda, se tipifica también la utilizaci?n de servicios, prestaciones o actividades de las v?ctimas de trabajos o servicios forzosos, servidumbre o esclavitud.
As?, por ejemplo, quien haga uso de servicios sexuales prestados por una v?ctima de trata ser? castigado con pena de prisi?n de uno a cuatro a?os e inhabilitaci?n. Si se ha actuado "con imprudencia grave", la pena ser? de seis meses a dos a?os y medio. Solo quedar? exento de pena quien, habiendo utilizado "ocasionalmente" los servicios de esas v?ctimas, lo denuncie.
También se castigar? a quienes, sin ser autores de delitos de trata o explotaci?n, lo faciliten mediante el alquiler de locales o alojamientos.
Proceso de reconocimiento de las v?ctimas
El anteproyecto crea un Mecanismo Nacional de Derivaci?n para detectar, identificar y proteger a la v?ctimas, que en ning?n caso estar?n obligadas a denunciar o a participar en la investigaci?n penal para acceder a los derechos que les otorga la norma.
En cuanto se aprecien indicios razonables, la posible v?ctima ser? derivada a un centro de primera acogida y se iniciar? el procedimiento de identificaci?n formal con dos fases, una provisional y otra definitiva, en la que participar?n las Unidades de Violencia sobre la Mujer.
Reforma de la ley de extranjer?a
La norma retoca la ley de extranjer?a y permite a las v?ctimas sin papeles con una identificaci?n provisional solicitar autorizaci?n temporal de residencia y trabajo.
Cuando sea declarada de forma definitiva v?ctima, la autoridad competente "podr? facilitarle, a su elecci?n, el retorno asistido a su pa?s de procedencia una vez reconocida la identificaci?n provisional, o la autorizaci?n de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, en atenci?n a su situaci?n personal, o cuando lo considere necesario a causa de su cooperaci?n para los fines de investigaci?n o de las acciones penales, y facilidades para su integraci?n social".
En la actual ley de extranjer?a también se permit?a regularizar a la v?ctimas sin papeles en atenci?n a su situaci?n personal, pero se situaba en primer lugar la colaboraci?n con la polic?a.
El anteproyecto apuesta por el retorno asistido voluntario de las v?ctimas a sus pa?ses de origen, que recibir?n ayuda para que puedan proporcionar una asistencia adecuada y a largo plazo a quienes regresen.
Derechos de las v?ctimas e indemnizaciones
Desde el momento de la detecci?n, las presuntas v?ctimas tienen derecho a recibir informaci?n y asesoramiento y a ser derivadas de forma inmediata a los servicios especializados de asistencia y protecci?n.
Ese apoyo comprende alojamiento apropiado y seguro, recursos b?sicos de subsistencia, asistencia médica y psicol?gica, asistencia social y asesoramiento legal. Se proteger? su privacidad y su identidad y tendr?n derecho a asistencia jur?dica gratuita.
Tras su identificaci?n definitiva tendr?n derecho a la inserci?n social y laboral, a acceder al ingreso m?nimo vital y a recibir una indemnizaci?n econ?mica, que puede obtenerse de los tratantes o explotadores, en el marco del proceso penal, o cuando del Estado si no hay pronunciamiento judicial.
M?s sensibilizaci?n e inspectores especializados
Para fomentar la concienciaci?n social contra la trata se plantean medidas en el ?mbito educativo, en el sanitario y en el empresarial, con medidas espec?ficas de sensibilizaci?n en sectores que se consideran m?s precarizados o conectados con la econom?a sumergida: servicio doméstico, hosteler?a, agricultura, pesca, sector textil, construcci?n.
Se formar? a los inspectores de Trabajo y habr? funcionarios especializados en cada provincia, con modelos de denuncia y protocolos de actuaci?n.
El anteproyecto incorpora el deber de diligencia empresarial y en una futura ley se regular? obligaciones de las empresas, sanciones ye incentivos.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/calves-ley-trata-79292744)
El texto aprobado este martes por el Consejo de Ministros persigue todas las formas de explotaci?n vinculadas a la trata: la esclavitud, la servidumbre y los trabajos o servicios forzosos, la mendicidad, la realizaci?n de actividades delictivas, la prestaci?n de servicios sexuales o reproductivos, la extracci?n de ?rganos o tejidos y los matrimonios o las uniones de hecho forzadas.
Una Relator?a Nacional sobre Trata y Explotaci?n de Seres Humanos coordinar? todas las pol?ticas p?blicas.
Estos son varios de los ejes del anteproyecto:
Reformas penales
El anteproyecto reorganiza y precisa en el C?digo Penal la persecuci?n de la trata y la explotaci?n de seres humanos, tipificando los delitos de trabajos forzosos, servidumbre y esclavitud.
Para desincentivar la demanda, se tipifica también la utilizaci?n de servicios, prestaciones o actividades de las v?ctimas de trabajos o servicios forzosos, servidumbre o esclavitud.
As?, por ejemplo, quien haga uso de servicios sexuales prestados por una v?ctima de trata ser? castigado con pena de prisi?n de uno a cuatro a?os e inhabilitaci?n. Si se ha actuado "con imprudencia grave", la pena ser? de seis meses a dos a?os y medio. Solo quedar? exento de pena quien, habiendo utilizado "ocasionalmente" los servicios de esas v?ctimas, lo denuncie.
También se castigar? a quienes, sin ser autores de delitos de trata o explotaci?n, lo faciliten mediante el alquiler de locales o alojamientos.
Proceso de reconocimiento de las v?ctimas
El anteproyecto crea un Mecanismo Nacional de Derivaci?n para detectar, identificar y proteger a la v?ctimas, que en ning?n caso estar?n obligadas a denunciar o a participar en la investigaci?n penal para acceder a los derechos que les otorga la norma.
En cuanto se aprecien indicios razonables, la posible v?ctima ser? derivada a un centro de primera acogida y se iniciar? el procedimiento de identificaci?n formal con dos fases, una provisional y otra definitiva, en la que participar?n las Unidades de Violencia sobre la Mujer.
Reforma de la ley de extranjer?a
La norma retoca la ley de extranjer?a y permite a las v?ctimas sin papeles con una identificaci?n provisional solicitar autorizaci?n temporal de residencia y trabajo.
Cuando sea declarada de forma definitiva v?ctima, la autoridad competente "podr? facilitarle, a su elecci?n, el retorno asistido a su pa?s de procedencia una vez reconocida la identificaci?n provisional, o la autorizaci?n de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, en atenci?n a su situaci?n personal, o cuando lo considere necesario a causa de su cooperaci?n para los fines de investigaci?n o de las acciones penales, y facilidades para su integraci?n social".
En la actual ley de extranjer?a también se permit?a regularizar a la v?ctimas sin papeles en atenci?n a su situaci?n personal, pero se situaba en primer lugar la colaboraci?n con la polic?a.
El anteproyecto apuesta por el retorno asistido voluntario de las v?ctimas a sus pa?ses de origen, que recibir?n ayuda para que puedan proporcionar una asistencia adecuada y a largo plazo a quienes regresen.
Derechos de las v?ctimas e indemnizaciones
Desde el momento de la detecci?n, las presuntas v?ctimas tienen derecho a recibir informaci?n y asesoramiento y a ser derivadas de forma inmediata a los servicios especializados de asistencia y protecci?n.
Ese apoyo comprende alojamiento apropiado y seguro, recursos b?sicos de subsistencia, asistencia médica y psicol?gica, asistencia social y asesoramiento legal. Se proteger? su privacidad y su identidad y tendr?n derecho a asistencia jur?dica gratuita.
Tras su identificaci?n definitiva tendr?n derecho a la inserci?n social y laboral, a acceder al ingreso m?nimo vital y a recibir una indemnizaci?n econ?mica, que puede obtenerse de los tratantes o explotadores, en el marco del proceso penal, o cuando del Estado si no hay pronunciamiento judicial.
M?s sensibilizaci?n e inspectores especializados
Para fomentar la concienciaci?n social contra la trata se plantean medidas en el ?mbito educativo, en el sanitario y en el empresarial, con medidas espec?ficas de sensibilizaci?n en sectores que se consideran m?s precarizados o conectados con la econom?a sumergida: servicio doméstico, hosteler?a, agricultura, pesca, sector textil, construcci?n.
Se formar? a los inspectores de Trabajo y habr? funcionarios especializados en cada provincia, con modelos de denuncia y protocolos de actuaci?n.
El anteproyecto incorpora el deber de diligencia empresarial y en una futura ley se regular? obligaciones de las empresas, sanciones ye incentivos.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/calves-ley-trata-79292744)