الريــم
11-28-2022, 06:20 PM
Los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid han acordado por unanimidad que con car?cter general se estime pertinente que se acuerde la medida cautelar de desalojo y restituci?n del inmueble okupado en aquellos supuestos en que se aprecien s?lidos indicios de la ejecuci?n del delito de allanamiento o usurpaci?n y se verifique la existencia de efectos perjudiciales para el leg?timo poseedor, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un comunicado.
El acuerdo se alcanz? en la Junta Sectorial celebrada el pasado viernes en cuyo orden del d?a hab?a varias cuestiones, entre ellas fijar un criterio respecto a la aplicaci?n de la ley de Garant?a Integral de la Libertad Sexual.
De este modo, los magistrados de las secciones penales estiman pertinente que se acuerde la medida cautelar de desalojo, en el caso de que sea solicitada, si se aprecian s?lidos indicios de la ejecuci?n del delito de allanamiento o usurpaci?n.
Los magistrados han adoptado este criterio tanto si el sujeto pasivo es una persona f?sica como si se trata de una persona jur?dica de naturaleza p?blica o privada.
Consideraci?n a v?ctimas y vecinos
Los magistrados han tenido en consideraci?n no s?lo a las v?ctimas o perjudicados por el delito, sino también a los vecinos a los que el delito pueda suponer un menoscabo directo en el pleno disfrute de sus derechos.
Y lo hace "sin perjuicio de que cuando se observe una situaci?n de especial vulnerabilidad en las personas que ocupan el inmueble (menores, personas con discapacidad, etc.) de forma simult?nea se dé traslado a los servicios sociales a fin de que adopten las medidas oportunas para su protecci?n, facilitando las soluciones que procedan".
En el acuerdo de unificaci?n de criterio, los magistrados de las secciones de Penal de la Audiencia Provincial recuerdan que el art?culo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal habilita a la autoridad judicial a adoptar todas aquellas medidas que resulten necesarias para preservar y tutelar los bienes jur?dicos ofendidos por la comisi?n del delito presuntamente cometido.
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/pisos-okupados-madrid-seran-desalojados-79239958)
El acuerdo se alcanz? en la Junta Sectorial celebrada el pasado viernes en cuyo orden del d?a hab?a varias cuestiones, entre ellas fijar un criterio respecto a la aplicaci?n de la ley de Garant?a Integral de la Libertad Sexual.
De este modo, los magistrados de las secciones penales estiman pertinente que se acuerde la medida cautelar de desalojo, en el caso de que sea solicitada, si se aprecian s?lidos indicios de la ejecuci?n del delito de allanamiento o usurpaci?n.
Los magistrados han adoptado este criterio tanto si el sujeto pasivo es una persona f?sica como si se trata de una persona jur?dica de naturaleza p?blica o privada.
Consideraci?n a v?ctimas y vecinos
Los magistrados han tenido en consideraci?n no s?lo a las v?ctimas o perjudicados por el delito, sino también a los vecinos a los que el delito pueda suponer un menoscabo directo en el pleno disfrute de sus derechos.
Y lo hace "sin perjuicio de que cuando se observe una situaci?n de especial vulnerabilidad en las personas que ocupan el inmueble (menores, personas con discapacidad, etc.) de forma simult?nea se dé traslado a los servicios sociales a fin de que adopten las medidas oportunas para su protecci?n, facilitando las soluciones que procedan".
En el acuerdo de unificaci?n de criterio, los magistrados de las secciones de Penal de la Audiencia Provincial recuerdan que el art?culo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal habilita a la autoridad judicial a adoptar todas aquellas medidas que resulten necesarias para preservar y tutelar los bienes jur?dicos ofendidos por la comisi?n del delito presuntamente cometido.
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