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مشاهدة النسخة كاملة : El TC ampara a un presunto narcotraficante extraditado desde Colombia al vulnerarse l


الريــم
11-28-2022, 09:50 AM
El Tribunal Constitucional ha amparado a un presunto narcotraficante extraditado desde Colombia en mayo de 2021 al estimar que el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, que le investiga por simulaci?n de operaciones de comercio internacional vinculadas con el tr?fico de estupefacientes, no debi? prolongar su estancia en prisi?n al haberse superado, sin dictarse la obligada pr?rroga, el m?ximo de dos a?os desde que fue detenido y encarcelado en el pa?s andino.

La decisi?n anula varias resoluciones del juez central de instrucci?n y de la Sala de lo Penal de la Audiencia, y deber?a haber tenido como consecuencia su inmediata puesta en libertad, seg?n fuentes jur?dicas consultadas por EL PERI?DICO DE ESPA?A. Sin embargo, esta decisi?n ha llegado alto tarde a efectos pr?cticos, pues el investigado se encuentra en libertad bajo fianza desde hace ya varios meses.

La resoluci?n, adoptada por la Sala Primera del ?rgano de garant?as el pasado 14 de noviembre, fija en todo caso doctrina constitucional sobre c?mo debe computarse el tiempo en prisi?n provisional en los casos en los que esta etapa coincide con un tr?mite de extradici?n.

As?, se reconoce que la decisi?n del juez instructor vulner? el derecho a la libertad del recurrente en amparo (art?culo 17 de la Constituci?n) porque, aunque la Ley de Enjuiciamiento Criminal no establece de forma precisa a partir de qué d?a se cuenta la privaci?n de libertad, corresponde a los ?rganos judiciales determinar ese momento atendiendo a la interpretaci?n m?s favorable al respeto al derecho a la libertad, lo que se denomina 'favor libertatis'. Por esta raz?n, el Constitucional obliga a la Audiencia Nacional a retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al de dictarse la primera de las resoluciones anuladas, en marzo de 2021, para que el ?rgano judicial pronuncie un nuevo auto que sea respetuoso con el derecho fundamental reconocido.

M?s informaci?n (Auto)


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El investigado en cuesti?n es Gregorio S.H., investigado por el Juzgado Central de Instrucci?n n?mero 2 de la Audiencia Nacional en unas diligencias abiertas en 2019 por tr?fico de drogas, organizaci?n criminal y simulaci?n de operaciones de comercio internacional entre empresas para cometer este delito. El 12 de marzo de 2020, el juez emiti? una orden internacional y europea de detenci?n contra esta persona para su ingreso en prisi?n preventiva.

Detenido cuatro d?as después de la orden

Tan solo cuatro d?as después, Gregorio fue detenido en Bogot? (Colombia), decret?ndose el 24 de marzo su prisi?n provisional con la finalidad de evitar su huida mientras se tramitaba su entrega a Espa?a, algo que ocurri? el 26 de mayo de 2021. La medida de prisi?n fue ratificada por el juez un d?a después.

El pasado mes de marzo, el extraditado solicit? su inmediata puesta en libertad alegando que ya se hab?a cumplido un total de dos a?os en situaci?n provisional -desde el 16 de mazo de 2020 al 16 de marzo de 2022- sin que le hubieran llevado a juicio y sin que dicha medida cautelar fuera prorrogada, al contrario de lo que hab?a ocurrido respecto al resto de los investigados en la misma trama.

Tener en cuenta o no el tiempo en Colombia

Alegaba que el tiempo deber?a contarse desde que fue detenido en su domicilio en Colombia, y no a partir de su entrega a las autoridades espa?olas, algo que rechazaron tanto el juez Moreno como la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en sendas resoluciones que ahora han sido anuladas por el Tribunal Constitucional. Por otro lado, su defensa razonaba que habiéndose superado el plazo m?ximo de prisi?n provisional inicialmente acordado, ya no ser?a posible la pr?rroga con arreglo a la doctrina del propio ?rgano de garant?as.

El juez Moreno rechaz? la puesta en libertad de esta persona bas?ndose en dos argumentos, se?alando en primer lugar que el per?odo de tiempo en el que estuvo privado de libertad en Colombia mientras se tramitaba la extradici?n no deb?a tenerse en cuenta a los efectos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Acogi? también los argumentos de la Fiscal?a Antidroga espa?ola en el sentido de que el tiempo que tardaron las autoridades colombianas en tramitar el proceso de extradici?n era cuesti?n ajena a los tribunales espa?oles y a la causa seguida en territorio espa?ol

A?ad?a también el juez que la prisi?n provisional era necesaria habida cuenta que “la gravedad del delito y de la pena que pudiera imponerse, as? como las circunstancias personales del investigado", apreciando que el peligro de fuga era "particularmente importante", una decisi?n que fue confirmado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el pasado mes de abril. La defensa del investigado considera, sin embargo, que la medida cautelar deb?a haber sido prorrogada con anterioridad al 16 de marzo de 2022 y que, como esto no se produjo, se vulneraron los derechos fundamentales de su cliente. La sentencia del TC de la que ha sido ponente la magistrada Mar?a Luisa Balaguer, corrige el automatismo aplicado a este caso por la Audiencia Nacional

As?, considera que es preciso, en cada supuesto, analizar todas las circunstancias personales y procesales puestas de relieve en sus escritos por la persona privada de libertad. Agrega la senencia que no siempre la extradici?n presupone la huida previa del detenido, o la voluntad de escapar de la acci?n de la justicia espa?ola. En este caso, los hechos ponen de manifiesto que el recurrente en amparo hab?a desarrollado una actuaci?n proactiva dirigida a acelerar el proceso de extradici?n, por lo que el tiempo de privaci?n de libertad en Colombia, antes de ser extraditado, debi? computarse a los efectos legales oportunos.



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