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مشاهدة النسخة كاملة : La ley del 's?lo s? es s?' en los menores: algunas condenas m?s altas que adultos y s


الريــم
11-24-2022, 10:21 AM
La aplicaci?n de la Ley de Garant?a Integral de la Libertad Sexual est? provocando efectos "indeseados" no s?lo por la rebaja de algunas condenas firmes a violadores, sino por su especial incidencia en los menores, tanto cuando cometen agresiones sexuales como cuando son v?ctimas. Por una parte, jueces de menores avisan de que la denominada 'ley del solo s? es s?' permitir? castigar m?s a los menores que a los adultos en algunos supuestos, mientras que en casos de menores v?ctimas de entre 16 y 18 a?os algunas conductas han dejado de ser delito.

Los tribunales, por su parte, han empezado a actuar con respecto a los nuevos cambios y se dan resoluciones novedosas, como la dictada por un juzgado andaluz que aplica la Ley del Responsabilidad Penal del menor anterior a la reforma -que modific? también esta norma-, al ser m?s beneficiosa para el acusado que la impulsada por el Ministerio de Igualdad, en vigor el pasado 7 de octubre.

En este caso concreto, el Juzgado de Menores de Jaén ha condenado a un chico a dos a?os de libertad vigilada y otros dos a?os de prohibici?n de aproximarse o comunicarse con la v?ctima por la comisi?n de un delito de abuso sexual con penetraci?n sobre otra menor de edad. Las medidas aplicadas son m?s beneficiosas para el acusado, pues seg?n la ley instada por el Ministerio de Irene Montero le corresponder?a una pena de internamiento cerrado.

Optar por la finalidad socioeducativa

Esta decisi?n, que puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Jaén, opta por la medida de libertad vigilada en atenci?n a la situaci?n normalizada del menor. Se pretende, seg?n explica el juez, evidenciar el reproche penal por la comisi?n de los hechos que atentan contra la libertad sexual de la v?ctima y asimismo conseguir la finalidad socioeducativa que le es propia, motivo por el cual la sentencia impone al menor, como es ahora obligatorio en la actual legislaci?n, la obligaci?n de que se someta también a programas de educaci?n sexual y en materia de igualdad de género.

Los efectos en materia de responsabilidad de los menores, seg?n vienen advirtiendo en los ?ltimos d?as jueces especializados en este ?mbito, afectan sobre todo a j?venes de entre 16 y 17 a?os que antes eran condenados por abusos sexuales de menor entidad y que ahora tendr?n que atenerse al nuevo delito ampliado de agresi?n sexual, que obliga a mantenerles al menos un a?o en un centro de internamiento.

As? lo explica la titular del Juzgado de Menores N?mero 2 de Madrid, Eva Saavedra, en declaraciones recogidas por Europa Press en relaci?n un caso real que lleg? a sus manos el pasado verano, el de un menor en esa franja de edad que toc? los gl?teos a una chica, una conducta entonces subsumible en el delito de abuso sexual por el que se le impuso una medida de régimen abierto -"tareas socieducativas"-.

Saavedra expone que ese mismo caso ahora, tras la entrada en vigor de la ley el pasado 7 de octubre, tendr?a un resultado distinto porque los mismos hechos ser?an calificados de agresi?n sexual y el castigo m?nimo ser?a estar recluido un a?o en un centro de internamiento. Y, si hubiera actuado de la misma manera teniendo ya 18 a?os, se le podr?a penar solamente con una multa, advierte la juez de menores.

La raz?n técnica es que el antiguo C?digo Penal (CP) exclu?a de ese elenco de "delitos de especial gravedad" el de abuso sexual, pero las conductas que antes se castigaban con ese delito han sido absorbidas por el de agresi?n sexual -que s? se encuentra en ese grupo de il?citos del art?culo 10.2.b del C?digo- debido a la 'ley del solo s? es s?'. Por esas mismas conductas ahora incluidas en la agresi?n sexual, el art?culo 178.3 -directamente aplicable a adultos- se?ala que se "podr? imponer la pena de prisi?n en su mitad inferior o multa de 18 a 24 meses, en atenci?n a la menor entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable".

Despenalizaci?n

Por otro lado, determinadas conductas por las que antes se dictaban condenas contra abusadores de menores han quedado despenalizadas. As? ocurri? con el caso en el que la Audiencia Provincial de Madrid rebaj? en m?s de cinco a?os la pena de c?rcel inicialmente impuesta a un profesor, abusador m?ltiple de menores. De 6 a?os y 9 meses de c?rcel pasa a tener que cumplir tan s?lo un 1 a?o y 3 meses, por lo que ya ha sido excarcelado.

En este caso, y seg?n demostr? la justicia, el condenado satisfac?a sus instintos sexuales ofreciendo a varios chicos menores de edad peque?as cantidades de dinero a cambio de que los mismos accedieran a dejarse chupar las axilas, los pies, los pezones o el pubis, a lo que llamaba "negocios", y fijando una lista de precios -en torno a los cien euros- seg?n las partes del cuerpo.

Hasta el pasado mes de octubre, el art?culo 182 del C?digo Penal condenaba a quien "interviniendo enga?o o abusando de una posici?n reconocida de confianza, autoridad o influencia sobre la v?ctima, realice actos de car?cter sexual con personas mayores 16 y menores de 18". Este inciso ha sido destipificado con la reforma efectuada, recordaba la Sala en su resoluci?n, de forma que el consentimiento prestado por personas mayores de dieciséis a?os no es constitutivo de delitoexcepto que se preste empleando violencia o intimidaci?n. En el caso del profesor se daban varios de estos supuestos, y las condenas de dos a?os y seis meses impuestas en cada uno de ellos fueron dejadas sin efecto.

Casos de menores en el Supremo

Por otra parte, la mayor?a de los asuntos que tiene sobre la mesa el Tribunal Supremo respecto de los efectos de la ley del "solo s? es s?" tienen que ver con agresiones sufridas por menores que est?n pendientes de revisi?n, tras ser recurridas en casaci?n ante el alto tribunal. De hecho, la Fiscal?a del Tribunal Supremo ya ha informado en contra de rebajar las condenas (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/fiscalia-cree-ley-permite-elevar-78966408) en cuatro casos concretos porque aunque la horquilla de las penas se ha visto rebajada con la reforma, las peticiones de c?rcel se encuentran dentro de las previsiones de la ley impulsada por Irene Montero y, por lo tanto, siguen siendo aplicables.

Uno de estos asuntos pendientes del criterio del Supremo es el que conden? a dos jugadores del Arandina y absolvi? a un tercero por la violaci?n de una menor en noviembre de 2017. También se ha posicionado la Fiscal?a en contra de rebajar penas en otros casos procedentes de la Audiencia Provincial de Sevilla, la Audiencia de Tenerife y el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc?a, en los que las menores fueron agredidas sexualmente por la pareja de sus madres.



أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/nacional/ley-menores-condenas-altas-adultos-79022773)

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