الريــم
11-15-2022, 06:56 PM
La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a trece a?os de c?rcel a los padres que maltrataron de forma reiterada a su bebé, al que le causaron "grav?simas" secuelas para el resto de su vida como la pérdida de visi?n de un ojo.
El tribunal, que los ha considerado autores de un delito de lesiones y de otro de maltrato habitual en el ?mbito familiar, también les ha impuesto la inhabilitaci?n para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante 15 a?os, as? como la prohibici?n de acercarse a menos de 500 metros del menor y de relacionarse con él por cualquier medio durante doce a?os.
Los procesados también deber?n abonar a la v?ctima, a través de la persona o entidad que tenga asumida su tutela, 62.408 euros por el tiempo de curaci?n de sus lesiones y 900.000 euros por las secuelas sufridas.
El tribunal entiende probado que los acusados, desde que el menor ten?a un mes y hasta que casi ten?a tres meses, agredieron a su hijo "en reiteradas ocasiones, propin?ndole golpes y zarande?ndolo cuando se pon?a a llorar". En la sentencia, la sala afirma que "cuando el ni?o chillaba o lloraba, optaban por agredirlo".
Como consecuencia de las agresiones, el 16 de agosto de 2019 tuvo que ser ingresado en la UCI pedi?trica del Hospital Universitario Lucus Augusti (HULA) de Lugo y, dada la gravedad de su estado, fue derivado al hospital La Paz de Madrid.
Los magistrados explican en la sentencia que resulta imposible determinar el estado cl?nico definitivo del menor, puesto que por su corta edad no se produjo el total desarrollo de su motricidad y capacidades cognitivas, pero subrayan que "s? puede asegurarse que mostrar? una pérdida total de la visi?n del ojo izquierdo y alteraci?n de las funciones cerebrales superiores integradas, trastorno del lenguaje y epilepsia".
Adem?s, indican que, "casi con total seguridad, requerir? cuidados de terceras personas en mayor o menor medida durante el resto de su vida".
Los jueces consideran probada la existencia de una conducta dolosa, no imprudente, pues subrayan que los condenados "no solamente tuvieron en su mente la previsi?n del resultado, sino que también lo aceptaron como probable, continuando con su acci?n".
Los condenados, seg?n la sentencia, tampoco "atendieron debidamente las necesidades del menor, no lo mantuvieron en las condiciones higiénicas y sanitarias saludables ni cumplieron con algunas de las revisiones pedi?tricas correspondientes a su crecimiento".
Por todo ello, los magistrados consideran a los sospechosos autores de un delito de lesiones y concretan la pena en diez a?os de prisi?n, "dada la gravedad de la conducta desplegada y del resultado grav?simo padecido por la v?ctima, adem?s de la concurrencia de la agravante de parentesco".
En cuanto al delito de maltrato en el ?mbito familiar, el tribunal explica que opt? "por la concreci?n m?xima de la pena -tres a?os de c?rcel-, a la vista de la reiteraci?n en las conductas agresivas, en contraposici?n con la labor tuitiva que, por esencia, han de desarrollar los padres respecto de sus hijos".
أكثر... (https://www.sport.es/es/noticias/sucesos/condenados-13-anos-prision-padres-78600083)
El tribunal, que los ha considerado autores de un delito de lesiones y de otro de maltrato habitual en el ?mbito familiar, también les ha impuesto la inhabilitaci?n para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante 15 a?os, as? como la prohibici?n de acercarse a menos de 500 metros del menor y de relacionarse con él por cualquier medio durante doce a?os.
Los procesados también deber?n abonar a la v?ctima, a través de la persona o entidad que tenga asumida su tutela, 62.408 euros por el tiempo de curaci?n de sus lesiones y 900.000 euros por las secuelas sufridas.
El tribunal entiende probado que los acusados, desde que el menor ten?a un mes y hasta que casi ten?a tres meses, agredieron a su hijo "en reiteradas ocasiones, propin?ndole golpes y zarande?ndolo cuando se pon?a a llorar". En la sentencia, la sala afirma que "cuando el ni?o chillaba o lloraba, optaban por agredirlo".
Como consecuencia de las agresiones, el 16 de agosto de 2019 tuvo que ser ingresado en la UCI pedi?trica del Hospital Universitario Lucus Augusti (HULA) de Lugo y, dada la gravedad de su estado, fue derivado al hospital La Paz de Madrid.
Los magistrados explican en la sentencia que resulta imposible determinar el estado cl?nico definitivo del menor, puesto que por su corta edad no se produjo el total desarrollo de su motricidad y capacidades cognitivas, pero subrayan que "s? puede asegurarse que mostrar? una pérdida total de la visi?n del ojo izquierdo y alteraci?n de las funciones cerebrales superiores integradas, trastorno del lenguaje y epilepsia".
Adem?s, indican que, "casi con total seguridad, requerir? cuidados de terceras personas en mayor o menor medida durante el resto de su vida".
Los jueces consideran probada la existencia de una conducta dolosa, no imprudente, pues subrayan que los condenados "no solamente tuvieron en su mente la previsi?n del resultado, sino que también lo aceptaron como probable, continuando con su acci?n".
Los condenados, seg?n la sentencia, tampoco "atendieron debidamente las necesidades del menor, no lo mantuvieron en las condiciones higiénicas y sanitarias saludables ni cumplieron con algunas de las revisiones pedi?tricas correspondientes a su crecimiento".
Por todo ello, los magistrados consideran a los sospechosos autores de un delito de lesiones y concretan la pena en diez a?os de prisi?n, "dada la gravedad de la conducta desplegada y del resultado grav?simo padecido por la v?ctima, adem?s de la concurrencia de la agravante de parentesco".
En cuanto al delito de maltrato en el ?mbito familiar, el tribunal explica que opt? "por la concreci?n m?xima de la pena -tres a?os de c?rcel-, a la vista de la reiteraci?n en las conductas agresivas, en contraposici?n con la labor tuitiva que, por esencia, han de desarrollar los padres respecto de sus hijos".
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