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منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news La Fiscal?a defiende haber informado sobre el novio de Ayuso tras las "dudas" vertida
الريــم Senior Member

El escrito resultante de la Junta de Fiscales de Sala celebrada para fijar postura sobre la querella presentada por la pareja de Isabel D?az Ayuso contra dos fiscales de Madrid, como responsables de la nota de prensa que inform? del pacto que su defensa hab?a ofrecido para evitar llegar a juicio por fraude Hacienda, se?ala expresamente que las "dudas" vertidas por la presidenta madrile?a y su director de gabinete, Miguel ?ngel Rodr?guez, sobre la actuaci?n del Ministerio P?blico, aconsejaron la emisi?n de la citada nota.

A lo largo de 18 p?ginas de informe, al que ha tenido acceso El Peri?dico de Espa?a, del grupo Prensa Ibérica, la fiscal Mar?a de la O Silva defiende que no se puede hablar de revelaci?n de secretos porque la informaci?n incluida en la nota ya era conocida por haber sido publicada con anterioridad por varios medios de comunicaci?n y por ello es "notorio" que no pudo cometerse este delito ni hubo conducta sancionable alguna.

El escrito cita en dos ocasiones a la presidenta madrile?a, la primera en relaci?n con hechos que a juicio de la Fiscal?a son relevantes para analizar la querella, al apuntar que previamente a la emisi?n de la nota "la Presidenta de la Comunidad de Madrid hab?a puesto en duda la imparcialidad y objetividad de la Fiscal?a, pues, adem?s de poner en tela de juicio el recto proceder de la Fiscal Jefa de la Fiscal?a Provincial de Madrid, lleg? a deslizar que se trataba de un caso turbio de los poderes del Estado, as? como que se estaban usando los poderes del Estado contra su pareja".

A la hora de analizar los hechos destacados, Silva a?ade en su escrito que, "es obvio" que la investigaci?n seguida contra el empresario Alberto Gonz?lez Amador "hab?a adquirido dimensi?n p?blica, a la vista del tratamiento ofrecido por los medios de comunicaci?n". Agrega que "lo m?s importante" es que las dudas "acerca del recto proceder del Ministerio Fiscal deslizadas, adem?s de por distintos medios de comunicaci?n, por la propia presidenta de la Comunidad de Madrid y su director de gabinete, aconsejaban trasladar a la opini?n p?blica la realidad de lo acontecido".

La nota cuestionada, por lo tanto, iba dirigida a "ofrecer datos objetivos que despejaran cualquier sombra de duda a prop?sito de la actuaci?n desarrollada por el Ministerio Fiscal" sobre este caso concreto.

Informaci?n ya publicada

El escrito que se ha remitido al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que pese a la postura de la fiscal?a es muy previsible que termine admitiendo la querella, incide en que "ninguna duda existe" de que al momento de publicarse la nota "las informaciones que en la misma se conten?an ya no pod?an ser consideradas secretas o reservadas, pues hab?an sido publicadas por diferentes medios de comunicaci?n".

As?, concluye que "desaparecido el car?cter secreto o reservado de los correos electr?nicos objeto de autos, fruto de la publicaci?n de su ?ntegro contenido en diferentes medios de comunicaci?n, es notorio que los hechos no resultan t?picos" y, por tanto, no deben dar lugar a investigaci?n penal alguna contra los fiscales.

La Fiscal?a también defiende en su escrito que el "ejercicio leg?timo del derecho de informar verazmente a la ciudadan?a" sobre un hecho noticiable previamente aparecido en los medios "no puede considerarse determinante de il?cito penal alguno".

Hechos fuera de la querella

Por otra parte, el escrito carga contra la pareja de Ayuso por haber omitido en su querella el relato de "diversos acontecimientos de gran trascendencia para dar respuesta al presente caso". Entre ellos, adem?s de las intervenciones de la presidenta, el mensaje en la red X en la que Rodr?guez hablaba de que hab?a sido la Fiscal?a quien ofreci? un acuerdo al empresario, que fue retirado por "?rdenes de arriba".
Silva también alude a la jurisprudencia del Supremo en la que se apoya su postura, en concreto una sentencia de 2008 que establece que "cuando se revela un secreto, y m?s a?n si el destinatario de lo revelado es un profesional de la informaci?n, el secreto o la informaci?n revelada ha dejado ya de serlo. Y, por consiguiente, salvo que en sucesivos actos de revelaci?n se fueran incorporando nuevos datos reservados, lo cierto es que a partir del primero de ellos ha de entenderse que el secreto ya no es propiamente un secreto, la reserva respecto de la informaci?n ya ha desaparecido y, por ende que el delito no puede reiterarse".

Por todo ello consideran que la conducta del fiscal Juli?n Salto, adscrito al caso de Gonz?lez Amador frente Hacienda, y de su superior, la jefa provincial de Madrid Pilar Rodr?guez, fue "inocua y carente de antijuridicidad material, dada su escasa lesividad".

En esta misma l?nea, afirma que el Supremo estableci? en 2022 que "por lo que se refiere a la relevancia normativa del incumplimiento del deber como elemento de distinci?n entre el il?cito penal y administrativo, la cuesti?n debe abordarse tomando en cuenta un doble par?metro: el contenido divulgado y las consecuencias que se proyectan sobre el funcionamiento del servicio p?blico o la obtenci?n de los fines de interés general".

Respuesta a la exposici?n del juez 28

El informe también responde al contenido de la exposici?n razonada elevada por el titular del Juzgado de Instrucci?n n?mero 28 de Madrid, Jaime Serret, a quien correspondi? inicialmente una querella similar, presentada por el Colegio de la Abogac?a de Madrid, en la que dice que ve delito en la actuaci?n de los fiscales.

"No es cierto que la meritada nota informativa revelase datos ignorados hasta la fecha susceptibles de incardinar la tipicidad del art. 417 CP (delito de revelaci?n de secretos por funcionario p?blico) afirma, para a?adir que ni la fecha de incoaci?n de las diligencias de investigaci?n del Ministerio Fiscal ni la de su conclusi?n, interposici?n, remisi?n o registro pueden ser consideradas informaciones novedosas susceptibles de justificar la subsunci?n en esa figura delictiva.



En cuanto a los periodistas que informaron sobre el pacto ofrecido, la Fiscal?a defiende que se hicieron eco de un hecho que re?ne las condiciones constitucionales de "noticiable" no solo en funci?n de la condici?n p?blica de la pareja sentimental del querellante, "sino que las caracter?sticas noticiables dimanan del propio hecho sometido a indagaci?n penal.



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