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منتديات فور يو القسم الرئيسي food and agriculture news Las 4 nuevas normas de la DGT que entrar?n en vigor en 2025
الريــم Senior Member

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La Direcci?n General de Tr?fico (DGT) Direcci?n General de Tr?fico (DGT)ha anunciado que el a?o que viene se modificar?n varios art?culos del Reglamento General de Circulaci?n (RGC) relativos al uso del carril y del arcén en v?as interurbanas para dar una mayor seguridad y fluidez a la circulaci?n. Tal como ha anunciado la DGT en su p?gina web, los cambios del RGC se har?n por Real Decreto, entrar?n en vigor en 2025 y afectar?n a todos los veh?culos que circulan en Espa?a, especialmente a las motos, a los veh?culos prioritarios y a las gr?as. A continuaci?n te detallamos todos los cambios que llegar?n el a?o que viene a nuestras carreteras.

La primera modificaci?n del Reglamento General de Circulaci?n la encontramos en el art?culo 31, que se ampliar? a partir de 2025 con un nuevo punto que establecer? la forma en la que se deber? circular por autopistas y autov?as con mal tiempo, es decir, cuando el hielo o la nieve compliquen la circulaci?n. Concretamente, la modificaci?n del art?culo establecer? la prohibici?n de adelantar para todos los veh?culos, que se ver?n obligados a mantenerse en el carril de la derecha y seguir las restricciones establecidas para los niveles de la nieve. De este modo, el carril izquierdo quedar? totalmente libre para la circulaci?n de veh?culos de emergencia y quitanieves.

Seg?n Ana Blanco, subdirectora adjunta de Circulaci?n de la DGT: “Cuando hay mal tiempo en las carreteras es previsible que se bloqueen todos los carriles, de forma que el recorrido de las m?quinas quitanieves en sus labores de limpieza de la v?a puede quedar interrumpido. Con esta modificaci?n pretendemos facilitar el trabajo de los servicios de mantenimiento de la v?a y que las condiciones para circular sigan siendo ?ptimas a pesar de las malas condiciones meteorol?gicas”.

El segundo cambio también se da en el art?culo 31 del Reglamento General de Circulaci?n. La modificaci?n afectar? a todos los conductores que circulen por autopistas o autov?as y se encuentren totalmente detenidos, o circulen muy despacio, por culpa de una retenci?n o un accidente de tr?fico.

La nueva normativa establecer? que los conductores deber?n abrirse hacia los lados (los del carril derecho a la derecha y los del carril izquierdo a la izquierda) de modo que dejen una especie de pasillo central libre entre carriles para que puedan pasar los veh?culos de polic?a o los servicios de emergencia. Cabe destacar que la normativa actual establece la prioridad de los veh?culos prioritarios en servicio de urgencia pero no concreta c?mo se deben de comportar el resto de conductores en v?as congestionadas.

“El objetivo de esta modificaci?n es precisamente explicar de una forma clara c?mo deben comportarse los conductores en estas circunstancias para facilitar el trabajo de los servicios de emergencias y agilizar su acceso a las v?ctimas de un siniestro”, explica Ana Blanco.

El tercer cambio que entrar? en vigor en 2025 modificar? el art?culo 36 del RGC para autorizar a las motocicletas a circular por el arcén de la derecha en todo tipo de v?as con retenciones circulatorias, aunque con dos condiciones: deber?n circular a una velocidad no superior a 30 km/h y respetando siempre la prioridad de los veh?culos obligados a circular por el arcén, como las bicicletas.

“Esta es una medida para dar fluidez a la circulaci?n de los motociclistas con unas condiciones determinadas de seguridad”, se?ala la subdirectora adjunta de Circulaci?n de la DGT.

La ?ltima modificaci?n del RGC autorizar? a los veh?culos prioritarios y de auxilio en v?as p?blicas, es decir, a las gr?as, a usar los arcenes para prestar servicios de urgencias. No obstante, al igual que las motos, estos veh?culos deber?n cumplir con algunas condiciones: utilizar se?ales luminosas y reflectantes y no superar los 30 km/h (excepto los veh?culos prioritarios).



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